El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) y el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) son iniciativas importantes para fomentar el empleo. Sin embargo, existen diversas razones por las cuales un beneficiario podría querer renunciar a estos subsidios o enfrentar la suspensión de los mismos. A continuación, se detallan los procedimientos y consideraciones importantes relacionados con estos programas.
Renuncia al Subsidio al Empleo Joven (SEJ)
En caso de ser trabajador/a y desear renunciar al SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando esta intención. Una vez que la renuncia se hace efectiva, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.
Si eres empleador y deseas renunciar al SEJ y/o BTM por tus trabajadores/as, también debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que deseas renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
Solicitud de Montos de un Beneficiario Fallecido del SEJ o BTM
Para solicitar montos de un familiar fallecido que fue beneficiario/a del SEJ o BTM, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio.
En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido).
Interacción con el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) y el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas
Si eres beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ) o del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), puedes postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ o BTM quedará suspendido.
De manera similar, si eres beneficiario del SEJ o BTM y tu empleador te postula al Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas, recibirás el pago por este último y el pago por SEJ o BTM quedará suspendido.
Reincorporación al Subsidio al Empleo Joven
Se puede solicitar la reincorporación durante todo el año a través del Buzón Ciudadano y oficinas de Sence. Escribe tu RUN y ClaveÚnica, y haz clic en “Continuar”. Como resultado del trámite, habrás solicitado la reincorporación al Subsidio al Empleo Joven.
Tendrás respuesta a tu requerimiento en un plazo máximo de 120 días. La respuesta a tu reclamo llegará directamente al correo electrónico ingresado en la solicitud.
Pagos y Devoluciones
Los pagos mensuales del subsidio son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.
En caso de que se te haya notificado que debes devolver dineros pagados en exceso, la Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
Solicitud de Pagos Caducados
Para solicitar un pago caducado hace 5 años o menos, debes realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
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