En los últimos años, hemos sido testigos de los avances que se han presentado en la garantía y respeto de los derechos de las mujeres.
Si hace 100 años las mujeres chilenas no podían votar, administrar libremente su patrimonio o acceder en igualdad de condiciones a la educación, hoy vivimos en un mundo donde nuestro país ha reelecto a una mujer como Presidenta.
No obstante, subsisten importantes brechas en el pleno goce de los derechos de las mujeres que hacen indispensable contar con una institucionalidad idónea para liderar los cambios normativos, políticos, culturales y económicos que demanda la equidad de género.
El Estado tiene el desafío de estar a la altura de esos cambios y avanzar en la erradicación de las desigualdades.
La institucionalidad vinculada a la promoción de los derechos de las mujeres en Chile ha tenido una larga trayectoria.
Así, destaca que en el año 1969, durante el gobierno del Presidente Frei Montalva, se creó la Oficina Nacional de la Mujer de la Presidencia de la República, dependiente de la Secretaría General de Gobierno.
Posteriormente, bajo el mandato del presidente Salvador Allende se creó la Secretaría Nacional de la Mujer (Decreto 1.322 de 1972).
Posterior a dicho período, la referida Secretaría se mantuvo, con el carácter de unidad dependiente de la División de Organizaciones Civiles de la Secretaría General de Gobierno.
Es con el SERNAM, sin embargo, a partir de la década de los ’90, que se le da c... RDFCitarSaber desde cuándo y en qué áreas las mujeres han desarrollado actividades laborales también fueron preocupaciones de los primeros estudios históricos sobre las mujeres en Chile en la década de 1980 como, por ejemplo, lo evidencia otro texto fundacional La mujer proletaria: una historia para contar.
Los estudios que exploran la relación histórica entre mujeres y trabajo dan cuenta de que se trata de un fenómeno que no sólo se explica a partir de la creciente incorporación femenina al mercado del trabajo de los últimos treinta años.
Más bien se trata de un proceso de larga duración en nuestra historia que encuentra sus raíces, al menos para el caso del Chile republicano, en los profundos cambios que experimentó la economía nacional a fines del siglo XIX.
Dicho hallazgo está respaldado por estudios que se han interesado en la medición de la participación de las mujeres en el mercado laboral y en organizaciones laborales.
Un aspecto social importante del inicio de la industria en Chile, fue el aumento de la participación de las mujeres en este sector económico desde fines del siglo XIX.
El trabajo femenino, realizado tanto en establecimientos fabriles como en domicilio, empleó entre uno y dos tercios de las mujeres activas mayores de 12 años.
Según datos estadísticos, hacia 1907 las mujeres constituían casi un tercio de la población económicamente activa, conformando la mayor parte de la fuerza de trabajo de esas ramas económicas.
La clásica identificación del trabajo remunerado con los hombres y el cuidado del hogar con las mujeres, se vio desafiada por la creciente participación femenina en el mercado laboral urbano.
Desde el ámbito privado, una de las iniciativas que promovió tempranamente la incorporación de las mujeres a la actividad industrial, fue la organización de la Escuela Profesional de Niñas propuesta por la Sociedad de Fomento Fabril (SOFOFA), en 1887.
En ese marco, las instituciones del Estado deben tener un rol significativo porque requieren satisfacer las necesidades de los y las ciudadanas y, especialmente, porque a la base de su misión está el reconocimiento de la diversidad que caracteriza a nuestra sociedad como un eje propio de su acción.
Para eso necesitamos una institucionalidad nueva en materia de género que esté a la altura del desafío que debemos llevar a cabo.
El proyecto que sometemos a vuestra consideración, contiene un rediseño institucional en el que se crea el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, manteniendo el Servicio Nacional de la Mujer, pero modificando sus funciones y su nombre.
En su artículo primero, el proyecto fija la ley del Ministerio de la Mujer.
A su vez, los artículos de este estatuto orgánico crean el Ministerio, establecen su objeto y fijan sus atribuciones y funciones.
El Ministerio, agrega el proyecto, podrá proponer medidas, planes y programas de carácter permanente.

