El Convenio n煤m. 111 de la OIT sobre la discriminaci贸n en el empleo y la ocupaci贸n, de 25 de junio de 1958, es un tratado internacional que busca eliminar cualquier forma de discriminaci贸n en el 谩mbito laboral. Este convenio es fundamental para garantizar la igualdad de oportunidades y trato en el empleo y la ocupaci贸n.
Principios Fundamentales
Las relaciones laborales deben fundarse en un trato libre de violencia, compatible con la dignidad de la persona y con perspectiva de g茅nero. Esto implica la adopci贸n de medidas para promover la igualdad y erradicar la discriminaci贸n.
Son contrarios a los principios de las leyes laborales los actos de discriminaci贸n, exclusiones o preferencias basadas en motivos de raza, color, sexo, sindicaci贸n, religi贸n, opini贸n pol铆tica, nacionalidad u origen social.
El art铆culo 1 del Convenio 111 define la discriminaci贸n como:
- Cualquier distinci贸n, exclusi贸n o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religi贸n, opini贸n pol铆tica, ascendencia nacional u origen social que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupaci贸n.
- Cualquier otra distinci贸n, exclusi贸n o preferencia que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo u ocupaci贸n, que podr谩 ser especificada por el miembro interesado previa consulta con las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, cuando dichas organizaciones existan, y con otros organismos apropiados.
Legislaci贸n y Jurisprudencia en Chile
En Chile, la legislaci贸n laboral se alinea con los principios del Convenio 111, prohibiendo la discriminaci贸n en el trabajo que no se base en la capacidad o idoneidad personal, protegiendo as铆 la libertad de trabajo, seg煤n el art铆culo 19 N潞 16 de la Constituci贸n.
La Ley N潞 19.759, en su art铆culo 5潞, reconoce la funci贸n limitadora de los derechos fundamentales respecto de los poderes empresariales, garantizando un "status jur铆dico" irrenunciable e irreductible para los trabajadores.
La Ley 20.575 proh铆be solicitar antecedentes comerciales en ofertas de trabajo y procesos de selecci贸n, reiterando la normativa del art铆culo 2潞, inciso 7潞 del C贸digo del Trabajo.
La norma antidiscriminatoria no solo busca reprimir conductas discriminatorias, sino tambi茅n fomentar la integraci贸n de colectivos marginados.
El derecho a la no discriminaci贸n ejerce su virtualidad protectora en el conjunto y en la totalidad de la relaci贸n laboral, all铆 donde se ejerzan los poderes empresariales siempre estar谩 presente esta perspectiva. Tanto al inicio de la relaci贸n laboral o, incluso antes, en los procesos de selecci贸n de personal, como durante su desarrollo y en su conclusi贸n el derecho a la no discriminaci贸n emerge como l铆mite a los poderes empresariales.
Ejemplos de Discriminaci贸n Laboral
- Ofertas de trabajo que se帽alen como requisito condiciones referidas en el inciso cuarto del art铆culo 2 del C贸digo del Trabajo.
- Condicionar la contrataci贸n a la ausencia de obligaciones de car谩cter econ贸mico, financiero, bancario o comercial.
- No contratar a una persona por tener un hijo de un a帽o, lo cual constituye discriminaci贸n por raz贸n de sexo.
Acoso Laboral
El legislador busca sancionar el acoso laboral por ser contrario a la dignidad de la persona, afectando la integridad f铆sica y ps铆quica, as铆 como la igualdad de oportunidades de los trabajadores. Las conductas de acoso laboral pueden ser ejercidas por empleadores o trabajadores contra otros trabajadores, especificando los sujetos activos y pasivos en estas acciones.
La ley incorpora las conductas de acoso laboral como una nueva causal de t茅rmino del contrato de trabajo en el art铆culo 160 del C贸digo del Trabajo, permitiendo al empleador despedir sin indemnizaci贸n al trabajador que incurra en estas conductas. El trabajador puede poner t茅rmino al contrato si el empleador incurre en conductas de acoso laboral, reclamando indemnizaciones por despido indirecto seg煤n el art铆culo 171 del C贸digo del Trabajo.
Dict谩menes y Jurisprudencia
La Direcci贸n del Trabajo ha emitido varios dict谩menes que refuerzan la prohibici贸n de discriminaci贸n y protegen los derechos fundamentales de los trabajadores:
- Dictamen ORD que se帽ala que cualquier empleador que formule una oferta de trabajo con una condici贸n discriminatoria puede ser sancionado.
- Dictamen que proh铆be solicitar antecedentes comerciales en ofertas de trabajo.
- Dictamen que considera ilegal la cl谩usula que proh铆be a los trabajadores mantener deudas durante el contrato, ya que vulnera derechos constitucionales.
- Dictamen que establece que no resulta jur铆dicamente procedente que en el proceso de contrataci贸n laboral se efect煤en consultas al postulante acerca de su estado de salud.
Derechos Fundamentales y L铆mites
Los derechos fundamentales no son absolutos y pueden entrar en conflicto con otros derechos o bienes constitucionales, requiriendo mecanismos de ponderaci贸n y el principio de proporcionalidad para resolver dichos conflictos. El contenido esencial de los derechos fundamentales debe ser respetado, y cualquier limitaci贸n que los haga impracticables o los despoje de su necesaria protecci贸n es inadmisible.
En cuanto al 谩mbito material en que puede ejercerse el derecho a la no discriminaci贸n, 茅ste no s贸lo se refiere a las conductas ligadas al acceso al empleo (ofertas de trabajo y selecci贸n de personal) sino tambi茅n a aquellas referidas al desarrollo de la relaci贸n laboral propiamente tal, es decir, a las condiciones de trabajo y a la causa de t茅rmino de la misma.
El sistema jur铆dico chileno establece un modelo antidiscriminatorio de sospecha abierta: los 煤nicos motivos l铆citos de distinci贸n de trato son la capacidad o la idoneidad personal, cualquier otro es prohibido. De este modo, el trabajador tiene derecho a que no se le discrimine por causas ajenas a su capacidad o idoneidad para el cargo o funci贸n.
Tabla Resumen de Leyes y Dict谩menes Clave
| Ley/Dictamen | Descripci贸n |
|---|---|
| Ley n煤m. 20.005 | Tipifica y sanciona el acoso sexual. |
| Ley n煤m. 20.940 | Moderniza el sistema de relaciones laborales. |
| Ley 20.575 | Proh铆be solicitar antecedentes comerciales en ofertas de trabajo. |
| Dictamen ORD Direcci贸n del Trabajo | Establece que cualquier empleador que formule una oferta de trabajo con una condici贸n discriminatoria puede ser sancionado. |
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