Las cesantías son una de las prestaciones sociales más importantes en Colombia y Chile. Este beneficio está diseñado para garantizar la estabilidad económica de los trabajadores en situaciones como la terminación del contrato, además de servir como apoyo para mejorar vivienda, financiar estudios o simplemente como un ahorro estratégico.

¿Qué son las Cesantías?

Las cesantías son una prestación social obligatoria para todos los trabajadores con contrato laboral en Colombia. Consisten en un ahorro anual que el empleador debe consignar en un fondo elegido por el empleado antes del 14 de febrero del año siguiente.

Además del valor principal de las cesantías, los empleadores están obligados a pagar un 1% anual de intereses sobre cesantías, calculado sobre el saldo acumulado en el año anterior. Por ejemplo, si un empleado gana un salario mensual de $1.423.500 pesos (salario mínimo para 2025), los intereses de cesantías que deberá recibir son $16.235 pesos.

El cálculo de cesantías se realiza tomando como base el salario mensual del trabajador, incluyendo el auxilio de transporte cuando aplica. Por ejemplo, un trabajador que gane el salario mínimo en 2025, con un auxilio de transporte de $200.000 pesos, recibirá $1.623.500 pesos si trabaja durante todo el año.

El Seguro de Cesantía en Chile

El Seguro de Cesantía es un beneficio que protege a todos los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) en caso de quedar cesantes, ya sea por causas voluntarias como renuncia, o por causas involuntarias, como despido o fin de contrato. Todos los empleados y empleadas que se encuentren afiliadas a la AFC poseen una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) donde reúnen todos los meses un monto de dinero y, en caso de quedar cesantes, pueden optar por retirar ese dinero y así solventar sus gastos durante el período de búsqueda de un nuevo empleo.

Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales. Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.

Estás afiliado automáticamente si tu contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Debes estar afiliado a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

La cotización que su empleador paga mes a mes corresponde al 3% de la remuneración imponible mensual del trabajador. Si usted tiene contrato indefinido o de trabajador/a de casa particular, en su Cuenta Individual de Cesantía se acumularán los recursos correspondientes al 2,2% de su renta imponible. De esto, 0,6% se descuenta mensualmente de su sueldo y el 1,6% lo paga su empleador.

¿Cómo Consultar el Saldo de tu Seguro de Cesantía en Chile?

Para conocer el saldo de tu Seguro de Cesantía, debes ingresar a la sucursal virtual de la AFC e iniciar sesión con tu Clave Única o Clave AFC. Una vez dentro del sitio, tendrás la posibilidad de poder revisar la cantidad de dinero acumulado que posea el trabajador o trabajadora cesante. En esta misma página del sitio web oficial además podrás ver tu última cotización acreditada, las cotizaciones no pagadas y los rezagos por devolver.

Mediante la Sucursal Virtual de afiliados: Usted puede ingresar a la Sucursal Virtual de afiliados con su Rut y clave de acceso o ClaveÚnica y revisar el saldo disponible al día, además de todos los movimientos y pago de cotizaciones.

  • Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela.
  • Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.

¿Cómo Retirar el Monto del Seguro de Cesantía?

Existen ciertos requisitos para cobrar el dinero, pese a que cubre a los cesantes voluntarios, es decir, que hayan renunciado a su empresa; y también a aquellos que fueron despedidos. Las condiciones son las siguientes:

  • Estén cesante y cumplan con cualquiera de las causales de término de relación laboral contempladas en el Código del Trabajo.
  • Cuenten con un mínimo de cotizaciones pagadas (al menos 12 mensuales en caso de haber tenido contrato indefinido; o al menos 6 mensuales si tenía contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio)

Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.

Información Adicional Importante

  • Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.
  • Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.
  • Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.
  • Importante: las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro.
  • Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La AFC calendariza el número de pagos que corresponda de manera mensual.
  • Importante: si la causal de término es el artículo 171 (autodespido) del Código del Trabajo, el primer pago se realizará al menos después de cumplir 60 días corridos desde la fecha de término de la relación laboral.

Cartola del Seguro de Cesantía

La cartola del Seguro de Cesantía informa los aportes de tu cuenta individual y se envía tres veces al año. La primera se manda en febrero y corresponde a una cartola anual, que informa los movimientos de tu cuenta durante el año anterior (solo se envía si hubo movimientos durante ese período). Los dos envíos siguientes se realizan en junio y octubre, y corresponden a cartolas cuatrimestrales, que informan los movimientos de tu cuenta de enero a abril y de mayo a agosto, respectivamente. Todas tus cartolas cuatrimestrales y anuales están disponibles en tu Sucursal Virtual, donde también podrás ver el detalle de los movimientos históricos de tu cuenta.

Cuentas Individuales de Cesantía (CIC)

Cuenta Individual de Cesantía (CIC): es la cuenta que la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) le entrega a cada trabajador afiliado y donde se registran los fondos provenientes de las cotizaciones obligatorias mensuales, las que son aportadas por el trabajador y empleador, cuando se trata de un contrato indefinido, o solo por el empleador(es) en caso de contrato a plazo fijo por obra o servicio. Si no ha sido cerrada por las causas anteriores, una CIC con saldo igual a cero mantiene su vigencia.

A partir del 1 de octubre de 2020, las trabajadoras y trabajadores de casa particular también son parte del Seguro de Cesantía.

Saldos No Retirados

A un total de $ 156.051 millones llegaba hasta enero de este año el saldo acumulado en fondos de cesantía de afiliadas y afiliados pensionados o fallecidos que permanecen sin ser retirados de sus respectivas cuentas individuales de cesantía (CIC).

Para Afiliadas y Afiliados Pensionados:

En el sitio web www.afc.cl se encuentra disponible una herramienta de consulta mediante la cual una persona afiliada pensionada debe ingresar previamente su ClaveÚnica o su clave de seguridad de AFC, para consultar si tiene saldos disponibles para ser retirados y, si los tiene, puede solicitar directamente el retiro de esos fondos.

Respecto de Afiliadas y Afiliados Fallecidos:

En el sitio web www.afc.cl se encuentra disponible una herramienta de consulta mediante la cual cualquier persona puede ingresar el RUT de una persona afiliada fallecida y el sistema le informará si para ese RUT existen saldos disponibles para ser retirados, de forma que pueda iniciar los trámites correspondientes para solicitar la entrega de esos dineros.

Cabe tener presente que la regulación asociada a retiros de fondos desde las cuentas individuales de cesantía se encuentra establecida en el Compendio de Normas del Seguro de Cesantía. Este se encuentra disponible en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones, www.spensiones.cl, en la sección Fiscalización y Regulación. El procedimiento en que se deben efectuar los giros de los dineros existentes para los casos de afiliados pensionados o fallecidos está detallado en el Libro III.

La Nómina Electrónica y las Cesantías en Colombia

La implementación de la nómina electrónica en Colombia ha transformado la gestión de las prestaciones sociales, incluyendo las cesantías. El uso de software de nómina electrónica garantiza que los cálculos y pagos sean precisos, además de actuar como un documento soporte de pago para deducciones en el impuesto sobre la renta y otros costos relacionados con la seguridad social.

Con la reforma laboral impulsada por el Gobierno Petro, a partir de julio de 2025, las empresas estarán obligadas a asumir directamente los aportes a la seguridad social para todos los trabajadores, incluyendo aquellos contratados como independientes.

Las cesantías son una de las prestaciones más importantes para los trabajadores colombianos, no solo por su carácter obligatorio, sino por el impacto positivo que tienen en la estabilidad económica de las familias. En 2025, con el aumento del salario mínimo y las nuevas disposiciones legales, las cesantías cobran mayor relevancia.

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