El sueldo de los conductores de vehículos especializados para trabajos agrícolas supera considerablemente el salario mínimo en España, lo cual es un tema de interés para muchos.

Salario de Conductores de Vehículos Agrícolas

Dependiendo del nivel de experiencia del conductor, el sueldo puede oscilar entre los 1.200 y 1.500 € (EUR), arrojando en promedio unos 1.325 € al mes. Considerando que el salario mínimo en España es de unos 1.000 €, resulta llamativo para muchos optar por un cargo laboral en el cual se ganen desde 300 hasta 500 euros más. Todo, sin necesidad de cumplir con mayores requisitos que el de un permiso para conducir tractor.

Permisos de Conducción para Tractores Agrícolas

En España, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido una serie de normativas que todo ciudadano debe cumplir para poder conducir. De acuerdo a estas normas, sin un carnet, licencia o permiso, nadie se puede desplazar como conductor en el territorio. De lo contrario, se expone a ser multado y/o detenido por las autoridades pertinentes.

Permiso B: ¿Es Suficiente?

La respuesta es SÍ: un tractor agrícola de más de 3.500 kg de MMA se puede conducir con Permiso B. Si lo que quieres es conducir un tractor de más de 3.500 kilogramos de Masa Máxima Autorizada, debes obtener un Permiso B. Este será el que te facultará para sentarte tras el volante de un tractor de esas características.

Aunque la mayor parte del tiempo los tractores circulan en zonas dedicadas a la agricultura, lejos de las calles y la ciudad, en otras tantas ocasiones deben hacer uso de las vías comunes. En estas hacen vida demás vehículos como coches, camiones, buses, motocicletas, bicicletas, entre otros. Así que sí, es necesario sacar el carnet y con él se puede conducir un tractor agrícola con Permiso B.

Clasificación de Permisos de Conducir

Los permisos para conducir se dividen o clasifican según el tipo de vehículo:

  • Tipo AM: Para ciclomotores de dos y tres ruedas y cuadriciclos ligeros.
  • A1: Permite conducir motocicletas de no más de 125 cm⊃3; como cilindrada máxima y una potencia de 11 kW.
  • A2: Para motocicletas con potencia máxima de 35 kW.
  • A: Para conducir motocicletas y triciclos a motor, y cualquiera de los anteriores (AM, A1, y A2).
  • Permiso B: Certifica al conductor para operar aquellos que no sobrepasen los 3.500 Kg y que tengan una capacidad de no más de ocho pasajeros. A su vez, aprueba la conducción de tractores de más de 3.500 Kg de MMA, pero que no excedan los 4.250 Kg, incluyendo un remolque.

Para conocer más detalles acerca de los permisos B+E, C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, D+E, puedes visitar la página oficial de la DGT.

Otros Tipos de Permisos

Si bien el permiso tipo B es el ideal para poder conducir un tractor agrícola, no es la única licencia que se otorga para tales fines. Ya que se pueden conducir otros tipos de vehículos especiales agrícolas con una Licencia de Vehículo Autopropulsado (o LVA por sus siglas). Este permiso funciona para desplazarse como chofer en tractores con las siguientes características:

  • Que no excedan los 45 Km/h
  • Que tanto su masa como sus dimensiones máximas no sean mayores a las establecidas para los vehículos ordinarios

Tipos de Tractores que se Pueden Conducir con el Permiso B

El Permiso B de conducción en España te permitirá llevar todos los tipos de vehículos especiales agrícolas autopropulsados. Hablamos de tractores agrícolas con remolques que no sobrepasen los 4.250 Kg, tal y como habíamos adelantado, así como cosechadoras y otros. Para tener una información más especifica sobre qué tractor se puede conducir con un permiso B, sigue leyendo:

  • El tractor general: Son los que se ven con mayor frecuencia en los distintos campos agrícolas. Son fáciles de distinguir porque sus neumáticos delanteros son pequeños. Se utilizan para trabajos de arrastre, siembra o labrado. Existen dos categorías: Tracción simple y tracción doble.
  • El tractor articulado: Estos tractores poseen todas las ruedas del mismo tamaño. Cuentan con mayor potencia para poder realizar labores de mayor exigencia. Además, su tren es articulado, como su nombre lo indica, lo que le permite una mejor maniobrabilidad.
  • Tractor oruga: Es difícil de ver, ya que su uso no suele ser común debido a su alto precio. Sin embargo, podrás identificarlos porque son aquellos que se usan para remover y desplazar escombros, troncos u otros obstáculos en el campo. También se pueden distinguir por el tipo de ruedas, a las cuales se les debe su nombre. Estas son capaces de desplazarse sin problemas sobre diferentes terrenos, sin importar sus irregularidades.

El Tacógrafo: Obligaciones y Excepciones

La convicción popular dicta que todos los vehículos pesados deben llevar tacógrafo, ya sea digital o analógico. Si bien esto es bastante acertado, existen excepciones establecidas por la propia legislación. Los vehículos o servicios que estén incluidos en estas excepciones no necesitarán cumplir los tiempos de conducción y descanso. El objetivo del tacógrafo es mantener la seguridad en la carretera.

La legislación aplicable al tacógrafo (el Reglamento CE 561/2006 y el CEE 3821/85) establece dos requisitos generales para que un vehículo deba equipar tacógrafo. Sin embargo, el cuerpo de estas dos leyes establece una serie de excepciones. Estas tienen que ver sobre todo con las industrias que usan el transporte de forma secundaria.

La normativa más actual indica que, en caso de contar con tacógrafo instalado en el vehículo, este deberá usarse incluso cuando sea posible acogerse a una exención. Para indicar que se están realizando trabajos exentos de tacógrafo, habrá que emplear la condición especial OUT o fuera de ámbito. Sólo estará permitido no registrar las actividades en el tacógrafo cuando todas las actividades realizadas estén exentas y el aparato pueda desinstalarse del vehículo.

Excepciones al Uso del Tacógrafo

Si la obligación de llevar tacógrafo se establece en la legislación europea, también aquí surgen las principales excepciones:

  • Vehículos de transporte de mercancías con una masa máxima autorizada de menos de 3,5 toneladas.
  • Fuerzas responsables del mantenimiento del orden público, que incluye fuerzas armadas, defensa civil y cuerpos de bomberos, entre otros.
  • Vehículos de pruebas en carretera, cuando el vehículo no haya sido puesto en circulación.
  • Vehículos pesados históricos.

A su vez, la legislación europea abre la puerta a que los estados miembros establezcan las exenciones al uso del tacógrafo. De acuerdo al artículo 13.1 del Reglamento CE 561/2006, la ampliación de las excepciones está subordinada a “condiciones individuales en lo que se refiere a su territorio”.

Algunas de las excepciones más comunes incluyen:

  • Transportes oficiales de los órganos gubernamentales.
  • Recogida y entrega de envíos postales (servicios de Correos).
  • Transporte privado de mercancías hecho por empresas del sector primario y necesario para su actividad: agrícolas, forestales, hortícolas, ganaderas o pescaderas.
  • Traslado de animales vivos entre granjas, a mercados locales o a mataderos.
  • El combustible usado por el vehículo sea electricidad o gas.
  • Cuando el conductor no se dedica en exclusiva a conducir, el traslado de carácter privado de material que posteriormente utilizará el conductor en el ejercicio de su profesión.

Como vemos, las exenciones al tacógrafo que acepta la legislación española y europea son para supuestos muy concretos. Así, por mucho que haya casos en los que no sea obligatorio, sigue siendo una herramienta para mantener la seguridad en la carretera.

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