Una de las preguntas más frecuentes de los afiliados al Seguro de Cesantía es cuánto dinero tienen ahorrado. A continuación, te explicamos cómo puedes consultar tu saldo y obtener información relevante sobre tu cuenta.

¿Qué es la Cuenta Individual de Cesantía (CIC)?

La Cuenta Individual de Cesantía (CIC) es la cuenta que la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) le entrega a cada trabajador afiliado. En esta cuenta se registran los fondos provenientes de las cotizaciones obligatorias mensuales. Estas cotizaciones son aportadas por el trabajador y el empleador, cuando se trata de un contrato indefinido, o solo por el empleador en caso de contrato a plazo fijo por obra o servicio.

Si no ha sido cerrada por las causas anteriores, una CIC con saldo igual a cero mantiene su vigencia.

A partir del 1 de octubre de 2020, las trabajadoras y trabajadores de casa particular también son parte del Seguro de Cesantía.

¿Cómo se financia el Seguro de Cesantía?

Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. La cotización que el empleador paga mes a mes, corresponde al 3% de la remuneración imponible mensual del trabajador.

Si usted tiene contrato indefinido o de trabajador/a de casa particular, en su Cuenta Individual de Cesantía se acumularán los recursos correspondientes al 2,2% de su renta imponible. De esto, 0,6% se descuenta mensualmente de su sueldo y el 1,6% lo paga su empleador.

¿Cómo Consultar tu Saldo del Seguro de Cesantía?

Puedes consultar tu saldo del Seguro de Cesantía a través de la Sucursal Virtual de afiliados:

  1. Acceder a la Sucursal Virtual: Ingrese a la Sucursal Virtual de afiliados con su Rut y clave de acceso o ClaveÚnica.
  2. Revisar el Saldo: Una vez dentro, podrá revisar el saldo disponible al día, además de todos los movimientos y pago de cotizaciones. Para esos casos, la plataforma online de afiliados le mostrará su saldo al día en la portada principal, además de su rentabilidad acumulada en el tiempo.

Cartola del Seguro de Cesantía

La cartola del Seguro de Cesantía informa los aportes de tu cuenta individual y se envía tres veces al año. Existen dos tipos de cartolas:

  • Cartola Anual: Se envía en el mes de febrero e informa los movimientos de su cuenta durante el año anterior (solo se envía si hubo movimientos durante ese período).
  • Cartolas Cuatrimestrales: Se envían en junio y octubre e informan los movimientos de su cuenta de enero a abril y de mayo a agosto, respectivamente.

Todas tus cartolas cuatrimestrales y anuales están disponibles en tu Sucursal Virtual, donde también podrás ver el detalle de los movimientos históricos de tu cuenta.

Para acceder a ella, y de manera de resguardar su información, se abre con una contraseña que corresponde a su rut completo, sin guion ni puntos. Si finaliza en k, debe usar minúscula.

La cartola no muestra el saldo actualizado a la fecha de emisión de la cartola. Puede revisar su saldo actualizado y últimos movimientos de su cuenta en la Sucursal virtual de afiliados, ingresando con su ClaveÚnica o clave AFC.

¿Qué hacer en caso de inconsistencias en tu cartola?

Para notificar a AFC que el empleador que aparece en su cartola no corresponde, debe realizar un reclamo ingresando a la Sucursal Virtual de afiliados con su RUT y ClaveÚnica o clave de AFC.

Ante cualquier otra inconsistencia, debe levantar el requerimiento ingresando a la Sucursal Virtual de afiliados con su RUT y ClaveÚnica o clave de AFC.

Certificados Disponibles en la Sucursal Virtual

Ya sea para realizar un trámite o para fines personales, usted como afiliado puede descargar 7 tipos de certificados desde la Sucursal Virtual, los cuales se encuentran de forma gratuita y en línea para los diferentes usos que usted requiera.

Para descargar los certificados: Ingrese a la Sucursal Virtual de afiliados, con su clave AFC o ClaveÚnica.

Rezagos por Aclarar o Devolver

Si tiene rezagos por aclarar o devolver, siga estos pasos:

  1. Ingrese a la Sucursal Virtual de afiliados, con su clave AFC o ClaveÚnica.
  2. Una vez dentro de la plataforma, acceda a la sección “Rezagos” y después “Rezagos por devolver/indebidos” o “Rezagos por devolver/excesos”, que corresponden a pagos indebidos o en exceso que el empleador realizó ante la AFC por un monto superior a lo establecido, o cotizaciones efectuadas a trabajadores no cubiertos por el Seguro de Cesantía.

Cobro del Seguro de Cesantía

En situación de desempleo, puede realizar en línea el cobro de su Seguro de Cesantía en la Sucursal Virtual de afiliados. Ahí podrá ingresar a la plataforma, subir su finiquito, revisar sus fechas de pago y confirmar la solicitud.

Es importante que usted, como afiliado, mantenga actualizados sus datos personales en nuestro sistema.

Importante: si la causal de término es el artículo 171 (autodespido) del Código del Trabajo, el primer pago se realizará al menos después de cumplir 60 días corridos desde la fecha de término de la relación laboral.

Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves.

La AFC calendariza el número de pagos que corresponda de manera mensual.

Afiliación al Seguro de Cesantía

Estás afiliado automáticamente si tu contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Debes estar afiliado a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.

Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.

Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.

Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.

Beneficios Adicionales

El beneficio del Seguro de Lagunas Previsionales que contempla el pago de cotizaciones mientras se esté recibiendo el Seguro de Cesantía, con financiamiento de la Cuenta Individual, está disponible desde el 1 de mayo de 2025, según la ley.

Usted puede acceder a sus fondos siempre que esté cesante y cumpla con los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía.

Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

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