El proceso de jubilación puede parecer complejo, pero con la información adecuada, puedes prepararte de la mejor manera. En AFP Capital, existen diversas opciones para iniciar el proceso de solicitud de pensión, brindando flexibilidad y comodidad en todo momento.

¿Cómo iniciar el proceso de solicitud de pensión?

  1. Comienza tu proceso de solicitud de la manera que más te convenga. Puedes acercarte a nuestras sucursales con tu carnet de identidad para recibir atención personalizada. Nuestras sucursales están disponibles para brindarte atención presencial si así lo prefieres.
  2. Emisión del certificado de ahorros. Emitiremos un certificado con el resumen de tus ahorros acumulados durante tu vida laboral. Este certificado tiene una vigencia de 35 días y será requerido para solicitar el Certificado de Ofertas SCOMP.
  3. Certificado de Ofertas SCOMP. Este documento contiene las opciones de pensión ofrecidas por distintas AFP y Compañías de Seguros. La AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).
  4. Selección de la modalidad de pensión. Selecciona una de las modalidades presentadas en el Certificado de Ofertas SCOMP para el pago de tu pensión.
  5. Notificación y primer pago. Pasados 10 días desde que elijas tu modalidad de pensión, te notificaremos que tu primer pago está listo para ser retirado.

Es importante tener en cuenta que los plazos e instancias descritas son parte de la pensión por cumplimiento de edad legal (65 años hombres y 60 mujeres). Estas pueden variar dependiendo del tipo de trámite de pensión que estés iniciando.

Pensión de Invalidez

Los trabajadores pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados. El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y oficinas ChileAtiende.

Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión de invalidez. Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago.

La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se otorga por un período de tres años. Cuando se trate de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario tendrá que ser reevaluado luego de tres años. La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años.

Importante: las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez, total o absoluta, no requieren ser reevaluados por la comisión.

Las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la pensión la paga la AFP, con cargo a la compañía de seguros que contrató con este fin.

Bono por Hijo

El bono comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento de tu hijo, el que equivale al 10 % de 18 Ingresos Mínimos Mensuales (para quienes trabajen, y tengan entre 18 y 65 años).

En caso de hijos adoptados, el beneficio se genera tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.

¿Qué ocurre si pierdes la PGU o la Pensión de Sobrevivencia? Si pierdes la PGU podrás continuar cobrando mensualmente el Bono por Hijo. Si pierdes la Pensión de Sobrevivencia o PGU, podrás continuar cobrando mensualmente el Bono por Hijo.

Si recibes una Pensión de Sobrevivencia, pero no cuentas con una PGU, puedes solicitar el Bono por Hijo afiliándote a una AFP.

Requisitos de Residencia para el Bono por Hijo

  • Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumplió 20 años.
  • Si fuiste exiliada, y estás registrada en la Oficina de Retorno y Oficina Diplomática, el período que viviste en el extranjero será considerado como residido en Chile.

Garantía Estatal

Si estuviste pensionada con Garantía Estatal, la AFP solicitará la suspensión de la Garantía Estatal a contar del mes siguiente en que ingresen los fondos en tu cuenta de capitalización individual. Una vez que tu cuenta quede en cero, cuando se acabe el monto del Bono por Hijo, podrás solicitar nuevamente la Garantía Estatal.

Si recibes una pensión de una ex caja de previsión social, Capredena o Dipreca, también puedes optar a estos beneficios.

TAG:

Lea también: