El despido indirecto, también conocido como autodespido, es una figura legal que protege al trabajador frente a conductas graves del empleador que hacen insostenible la relación laboral. Se trata de una forma de terminar el contrato de trabajo cuando el empleador comete una falta grave especificada en la ley, permitiendo al trabajador reclamar las indemnizaciones correspondientes.

¿Qué es el Autodespido?

El despido indirecto o autodespido, constituye una modalidad del despido patronal que es ejercida por el trabajador cuando es el empleador quien realiza, o deja de realizar, algo que en el caso contrario, si fuera el trabajador quien realiza o deja de realizar ese algo, podría ser despedido por el empleador sin derecho a indemnizaciones.

El Despido Indirecto es la facultad que le otorga el legislador al trabajador para poner término a la relación de trabajo, despedirse a sí mismo, y luego demandar todo lo que se le deba más indemnizaciones.

El autodespido surge como una protección para el trabajador que está expuesto a comportamientos del empleador que, aprovechando el desequilibrio en la relación laboral, violan las obligaciones contractuales y legales impuestas. El trabajador, en esta situación, no tiene más opción que soportar tales comportamientos o renunciar a su trabajo.

Doctrina: El despido indirecto es definido como la instancia creada por la ley, que otorga al trabajador el derecho de poner término por sí mismo, al contrato de trabajo, por estimar que el empleador ha incurrido en alguna o alguna de las causales de los número 1, 5 o 7 del artículo 160 del Código del Trabajo.

Pero, si se autodespide y pierde el juicio, se entiende que renunció, no obtiene más que el pago de lo trabajado y los feriados/vacaciones acumuladas.

Causales de Autodespido

Las causales de despido indirecto están establecidas en el artículo 160 del Código del Trabajo, regulado por el artículo 171 del mismo código. Algunas de estas causales incluyen:

  • Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos. Es decir, conductas que ponen en peligro la seguridad del establecimiento o derechamente la de los trabajadores.
  • Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato. Se trata de incumplimientos reiterados del empleador o incumplimientos que te causen daños importantes.
  • Acoso sexual. Consiste en cualquier comportamiento de índole sexual por parte de tu jefe, compañeros o supervisores. Esto puede ser desde comentarios obscenos y sugerencias inapropiadas, hasta tocaciones sin tu consentimiento, siempre que ocurran en el contexto laboral.
  • Vías de hecho. Consiste en ser agredido físicamente por el empleador.
  • Injurias. Son acciones de tu empleador que ponen en peligro tu vida, repetidas en el tiempo o que te han causado daño.
  • Conducta inmoral. No toleres conductas inmorales. No te conformes con un ambiente laboral tóxico.

Ejemplos Específicos de Causales

A continuación, se presentan ejemplos específicos de algunas de las causales mencionadas:

1. Falta de Probidad

La jurisprudencia ha indicado que ante la falta de una conceptualización legal del término “falta de probidad”, ha de entenderse en su sentido natural y obvio como sinónimo de falta de integridad y honradez.

Ejemplos de conductas de acoso sexual por parte del empleador: (1) Solicitudes de favores sexuales por parte del empleador; (2) que no se cumplan los procedimientos internos y no se tomen las salvaguardas para proteger a la víctima de acoso sexual.

2. Vías de Hecho

Las vías de hecho dicen relación con toda acción de fuerza o violencia que una persona ejecuta o realiza en contra de otra sin estar amparada por alguna norma jurídica que la justifique o la legitime. Las vías de hecho se han entendido referida a "agresiones físicas", a reacciones violentas y groseras; en general, ofensas físicas entendidas como un injusto ataque de una persona a otra, materialmente, al hacerla objeto de una agresión que mortifique o lesione su integridad corporal.

Ejemplo de conductas del empleador que configuren vías de hecho: el empleador golpea al trabajador.

3. Injurias

La injuria laboral consiste en insultos y ofensas mediante palabras, gestos, publicaciones y otros comportamientos similares efectuados en el ámbito laboral contra la persona que proporciona el empleo o personal jerárquico del centro de trabajo.

Ejemplos de injurias por parte del empleador al trabajador: (1) decirle al trabajador frente a sus compañeros de trabajo que se robó bienes de la empresa sin que eso sea verdad, (2) que lo trate de inútil frente a más trabajadores.

4. Conducta Inmoral

Se entiende por conducta inmoral que afecta a la empresa, aquellos comportamientos que desconocen los parámetros conductuales generalmente aceptados y cuya observación es necesaria para la relación del vínculo laboral.

Ejemplos de acoso laboral por parte del empleador: (1) Aislar o ignorar al trabajador, (2) No otorgar funciones al trabajador.

5. Incumplimiento Grave de las Obligaciones que Impone el Contrato

El incumplimiento de la obligación debe ser grave, esto es, de peso, grande, de mucha entidad o importancia, conforme lo exige la ley laboral.

Procedimiento para el Autodespido

Si un trabajador decide poner término a su contrato de trabajo bajo la figura del autodespido, debe seguir los siguientes pasos:

  1. Redactar una carta al empleador señalando que se autodespidió.
  2. Enviar la carta dentro de los 3 días hábiles siguientes al empleador y a la inspección del trabajo. Enviar una carta de autodespido al domicilio de tu empleador por Correos de Chile.
  3. Presentar una demanda en el Juzgado del Trabajo dentro de los 60 días hábiles desde la fecha del autodespido.

Es crucial que el trabajador pueda acreditar en el juicio que se dieron las causales que señaló en la carta de autodespido. De lo contrario, se entenderá que el contrato terminó por renuncia y no habrá indemnización alguna.

Indemnizaciones y Recargos

Si el autodespido es justificado, el trabajador tiene derecho a las siguientes indemnizaciones:

  1. Indemnización sustitutiva del aviso previo.
  2. Indemnización por años de servicio.
  3. Recargo sobre la indemnización por años de servicio.

Para calcular la indemnización por años de servicio, se considera:

  1. Remuneración fija: Se calcula con el sueldo del mes anterior al autodespido.
  2. Remuneración variable: Se calcula con el promedio de los sueldos de los últimos 3 meses antes del autodespido.

En ambos casos, la indemnización por años de servicio se obtiene multiplicando este promedio por los años trabajados. Si trabajaste más de un año, cualquier fracción superior a 6 meses se cuenta como un año completo.

Rol de la Inspección del Trabajo

La Inspección del Trabajo es un organismo público encargado de supervisar el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad social. Su rol en los casos de autodespido varía según el monto de la indemnización demandada:

  • Si el monto es menor a 15 ingresos mínimos mensuales, es obligatorio presentar primero un reclamo ante la Inspección del Trabajo.
  • Si el monto es mayor, la Inspección solo recibirá la carta de autodespido y ejercerá su función desupervisión.

En general, la Inspección del Trabajo actúa como mediador entre el empleador y el trabajador para intentar llegar a un acuerdo conciliatorio.

¿Qué hacer si el tribunal rechaza la demanda?

Si el trabajador no logra acreditar en el juicio que se dieron las causales que señaló en la carta de autodespido, se entiende que el contrato terminó por renuncia y no habrá indemnización alguna.

Consideraciones Adicionales

Es importante tener en cuenta lo siguiente:

  • El plazo para presentar una demanda por autodespido es de 60 días hábiles desde la fecha del autodespido.
  • Los trabajadores contratados a honorarios también pueden ejercer el autodespido, siempre y cuando puedan probar en juicio que su trabajo es bajo subordinación y dependencia.
  • Un juicio laboral por autodespido puede tardar entre 1 y 2 años y medio.

Tabla Resumen de Indemnizaciones

Tipo de Indemnización Cálculo
Sustitutiva del aviso previo Remuneración mensual
Por años de servicio Remuneración mensual * años trabajados

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