El fin de una relación laboral está marcada por el finiquito. Hablamos del procedimiento legal por medio del cual un trabajador y su empleador terminan la relación laboral, tanto en caso de despido como de renuncia o finalización del contrato. El finiquito es un documento legal esencial que formaliza y ratifica el término de una relación laboral entre un trabajador y un empleador.
En Chile, el finiquito debe ser firmado ante un ministro de fe (como un notario) y asegurar que ambas partes han cumplido con sus obligaciones. El finiquito es un acuerdo entre ambas partes. Si el trabajador no firma el finiquito, el empleador no puede proceder a pagar la indemnización y no se podrá dar por terminado el contrato laboral formalmente.
El finiquito es un documento crucial que garantiza que ambas partes, trabajador y empleador, han cerrado correctamente la relación laboral. Si tienes dudas sobre tu finiquito, es recomendable consultar con un abogado o con la Dirección del Trabajo para asegurarte de que tus derechos sean respetados.
Componentes Clave del Finiquito
El cálculo del finiquito depende de varios factores, entre ellos, las causales de término del contrato (despido, renuncia, etc.) y los haberes que se adeudan al trabajador.
1. Determinar la Causal de Término del Contrato
El finiquito varía según si el término fue por despido (con o sin justificación) o renuncia del trabajador.
2. Calcular las Remuneraciones Pendientes
El empleador tiene la obligación legal de pagar todas las remuneraciones adeudadas hasta la fecha de término del contrato. Esto incluye, por ejemplo, el sueldo correspondiente a la última quincena o mes trabajado si aún no ha sido pagado.
3. Calcular las Vacaciones Proporcionales
Los trabajadores tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones al año.
- Calcular el proporcional por meses: se asignan 1,25 días por cada mes trabajado (15 días / 12 meses del año = 1,25).
Estos dos casos son importantes sobre todo cuando las fechas de contrato no coinciden con el primer día del mes.
- Calcular el proporcional en función de años de 360 días: es una variante del método anterior, ya que al ser 12 meses de 30 días, se toma como un año de 360 días.
- Calcular el proporcional en función de años de 365 (ó 366 si es bisiesto) días: es el método que más se ajusta a la Ley, y por eso el que más nos gusta en Laudus.
La Ley habla de 15 días por año, y cada año tiene 365 días. Además este método elimina las injusticias de comenzar en un mes u otro, es totalmente neutral.
4. Determinar la Indemnización por Años de Servicio
Corresponde a 30 días de salario por cada año trabajado, o fracción superior a seis meses. Para calcularla, se debe tomar el último sueldo base mensual del trabajador y multiplicarlo por los años de servicio.
Según el Código del Trabajo, el empleador tiene la obligación de avisar al trabajador que será despedido, por lo menos, con 30 días de anticipación. Es otra indemnización que el empleador debe pagar en caso de despido.
Máximo de indemnización: la ley obliga a pagar un máximo de 11 meses, aun cuando el tiempo de servicio supere los 11 años. Suponiendo que el trabajador de nuestro ejemplo llevaba 3 años y 9 meses de servicio, se le debe indemnizar con 4 meses de sueldo iguales a la última remuneración recibida por 30 días de trabajo.
Primeramente, debemos mencionar al Artículo 161 del Código del Trabajo. En él, el empleador puede poner término al contrato de trabajo invocando como causal las “Necesidades de la Empresa”. Necesidades derivadas de la racionalización o modernización, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía.
En definitiva, cualquier factor que haga necesaria la separación de uno o más trabajadores. Al utilizar la causal aludida en el párrafo anterior, el empleador estará obligado a pagar una indemnización.
La indemnización será equivalente a treinta días de la última remuneración mensual devengada por cada año de servicio. Al calcular, también es necesario agregar fracción superior a seis meses prestados continuamente al empleador.
La indemnización tendrá un límite de trecientos treinta días de remuneración, según lo indicado en el párrafo segundo del Artículo 163 del Código del Trabajo.
Toda cantidad que estuviera percibiendo el trabajador por la prestación de sus servicios al momento de la terminación del contrato de trabajo. Se debe tener presente que la jurisprudencia administrativa de la Dirección del Trabajo ha señalado reiteradamente que en el caso que la gratificación legal o convencional es pagada mensualmente.
Por tanto, debe incluirse en el cálculo de la indemnización por años de servicios. El mismo criterio mencionado en el párrafo anterior se aplica respecto de las asignaciones de colación, movilización, de desgaste de herramientas e incluso los viáticos.
Se excluyen de la base de cálculo los siguientes ítems: la asignación familiar legal, pagos por sobretiempo.
La indemnización aludida se reajustará conforme a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor. Esta variación será entre el mes anterior a aquel en que se puso término al contrato y el que antecede al mes en que se realice efectivamente el pago de la misma.
Por último, el pago de las indemnizaciones por años de servicio, en conjunto con otras que fueran aplicables (como la Indemnización Sustitutiva de Aviso Previo), se deberán pagar en el respectivo finiquito. Este pago será en un plazo no superior a diez días hábiles contados desde el término de la relación laboral.
Además podrá pagarse en cuotas solo si las partes así lo acordaren.
Herramientas y Recursos Útiles
1. Simulador de Finiquito
Es una herramienta en línea que permite calcular el finiquito de manera rápida y sencilla.
2. Software de Remuneraciones
Un software de remuneraciones es una herramienta integral que permite gestionar y calcular las remuneraciones de los trabajadores, incluyendo el finiquito.
3. Consultas con Expertos
Consultar con expertos en derecho laboral o contabilidad es una excelente opción para obtener asesoramiento personalizado sobre el cálculo del finiquito.
Plazos Importantes
Si el trabajador renuncia a su empleo, el plazo para el pago del finiquito puede extenderse hasta el último día del mes siguiente al que el trabajador comunica su renuncia.
El cumplimiento de estos plazos es crucial para evitar sanciones o reclamaciones laborales.
Consideraciones Adicionales
Es importante destacar que el Servicio de Impuestos Internos verificará que las retenciones de Impuesto Único de Segunda Categoría que se están informando respecto de terceros, se encuentren debidamente pagadas.
Esta cuadratura se realiza con los Formularios N° 29 mensuales, declarados y pagados en el año 2020.
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