El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un aporte en dinero dirigido a mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables. Este varía de acuerdo con la renta que recibes, y se paga si mantienes al día tus cotizaciones previsionales y de salud. También son beneficiarios los empleadores y empleadoras de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados. Postular al Subsidio al Empleo Joven es muy fácil.

¿Cómo Postular al SEJ?

Se puede postular los 365 días del año a través del sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence). Ingresa al sitio web del Sence con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.

Requisitos para Postular

  1. ¿Quieres verificar si cumples con los requisitos de postulación?
  2. Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono.

Beneficiarios del SEJ

Para ser beneficiario del SEJ (es decir, para recibir el pago), debes cumplir con ciertos requisitos. Puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio.

Modalidades de Pago del SEJ

Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual. Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.

Pago Mensual

  • Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.
  • Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.
  • El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).
  • En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
  • Características del pago mensual:
    1. Son anticipos del pago anual.
    2. A mayor renta, el monto disminuye.

Pago Anual

  • El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
  • Características del pago anual:
    1. A mayor renta, el monto disminuye.

Extensión del SEJ

Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.

Extensión por Estudios

  • Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria.
  • El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.

Extensión por Maternidad

  • Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.

¿Dónde Solicitar la Extensión?

Revisa el instructivo de solicitudes de extensión. En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.

Obligaciones del Empleador

Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.

  • Para los empleadores el subsidio siempre será mensual.
  • Importante: si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.
  • “Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

Problemas con el Pago

  • En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.

Reintegro de Montos Percibidos en Exceso

  • La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
  • ¡Evita problemas o retrasos con tu pago!

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