El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es una ayuda económica que busca incentivar la contratación de jóvenes en Chile. A continuación, te presentamos los requisitos y detalles importantes sobre este beneficio.

¿Quiénes pueden optar al SEJ?

Tanto empleados dependientes como independientes pueden postular al Subsidio al Empleo Joven. Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual. Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio.

Requisitos para ser beneficiario

Para ser beneficiario del SEJ, es fundamental cumplir con ciertos requisitos. Además, puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio.

¿Cómo y cuándo postular al SEJ?

Se puede postular los 365 días del año. La postulación se realiza durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica. Postular al Subsidio al Empleo Joven es muy fácil.

Modalidades de Pago

El SEJ ofrece dos modalidades de pago:

  • Pago Mensual: Son anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).
  • Pago Anual: El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.

Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.

Consideraciones sobre el monto del subsidio

  • A mayor renta, el monto disminuye.

Extensión del SEJ por estudios o maternidad

Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.

Extensión por estudios

El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años. Para solicitar la extensión, se requiere un documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria).

Extensión por Maternidad

Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.

¿Dónde solicito la extensión del SEJ?

Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.

¿Qué hacer si ya eres beneficiario del SEJ y accedes a otros subsidios?

En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.

En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiario para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ quedará suspendido.

Renuncia al SEJ

En caso de ser trabajador/a, ¿qué debo hacer para renunciar al SEJ? Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.

En caso de ser empleador, ¿qué debo hacer para renunciar a SEJ y/o BTM por mis trabajadores/as? Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

¿Qué hacer en caso de montos adeudados a un beneficiario fallecido?

Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido, ingresa aquí).

Otros aspectos importantes

  • Si mi forma de pago es en efectivo, ¿cuánto tiempo tengo para retirar el monto del subsidio?
  • ¿Qué es la reliquidación?
  • ¿En base a qué se calcula el monto del subsidio que recibiré?
  • ¿En qué consisten los pagos mensuales del subsidio? Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.
  • ¿Por qué se notificó que debo devolver dineros pagados en exceso? La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
  • ¿Cómo puedo solicitar un pago caducado hace 5 años o menos? Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

¡Evita problemas o retrasos con tu pago! Importante: si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.

En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.

El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.

En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.

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