El Bono por Hijo es un beneficio estatal diseñado para aumentar la pensión de las mujeres de 65 años o más que han tenido hijos, ya sean nacidos vivos, adoptados o dados en adopción. Este beneficio se abona a tu cuenta individual y lo recibirás luego de cumplir los 65 años, cuando te pensiones como parte de tu jubilación.

¿Quiénes pueden acceder al Bono por Hijo?

Este beneficio se encuentra disponible para todas las mujeres afiliadas al sistema de AFP que cumplan con los requisitos y que se pensionen a contar del 1° de julio de 2009.

  • Madres afiliadas a una AFP.
  • Madres que reciben una pensión de una ex caja de previsión social, Capredena o Dipreca.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el Bono por Hijo?

Para acceder al Bono por Hijo, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Tener 65 años o más.
  2. Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumplió 20 años. Si fuiste exiliada, y estás registrada en la Oficina de Retorno y Oficina Diplomática, el período que viviste en el extranjero será considerado como residido en Chile.

¿Cómo se calcula el Bono por Hijo?

El Bono por hijo equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales más la rentabilidad generada desde el nacimiento del hijo hasta la solicitud. El bono comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento de tu hijo y/o hija, el que equivale al 10 % de 18 Ingresos Mínimos Mensuales (para quienes trabajen, y tengan entre 18 y 65 años).

¿Cómo y cuándo se paga el Bono por Hijo?

Puedes solicitar el bono desde los 65 años y, si cumples con los requisitos, el monto total se traspasará a tu cuenta en la AFP y se te irá pagando mensualmente junto con la Pensión hasta que el beneficio se agote.

Consideraciones importantes:

  • En caso de hijos adoptados, el beneficio se genera tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.
  • Si estuviste pensionada con Garantía Estatal, la AFP solicitará la suspensión de la Garantía Estatal a contar del mes siguiente en que ingresen los fondos en tu cuenta de capitalización individual. Una vez que tu cuenta quede en cero, cuando se acabe el monto del Bono por Hijo, podrás solicitar nuevamente la Garantía Estatal.
  • Si pierdes la PGU podrás continuar cobrando mensualmente el Bono por Hijo.
  • Si recibes una Pensión de Sobrevivencia, pero no cuentas con una PGU, puedes solicitar el Bono por Hijo afiliándote a una AFP.
  • Si pierdes la Pensión de Sobrevivencia o PGU, podrás continuar cobrando mensualmente el Bono por Hijo.

¿Dónde puedes solicitar el Bono por Hijo?

En cualquiera de nuestras sucursales a lo largo del país. ¡No dejes pasar este beneficio! Si nunca has cotizado en una AFP y cumples con los requisitos para obtener el bono, puedes afiliarte a una AFP y pagar tú misma al menos una cotización.

Puedes consultar si eres beneficiaria en el sitio web del IPS.

TAG:

Lea también: