El bono por contratación de trabajadores es un incentivo diseñado para que trabajadores y trabajadoras, que previamente se encontraban cesantes, se empleen formalmente, otorgándoles un subsidio por la nueva relación laboral.
¿Qué es el IFE Laboral?
Es un beneficio cuyo fin es fomentar la contratación de jóvenes, junto con incrementar su cobertura y fondos previsionales e incentivar la formalización de su trabajo. Este beneficio está dirigido a empleadores que pueden postular a trabajadores contratados que cumplan los requisitos establecidos.
Plazos de Postulación y Pago
- Se extenderá la ventana de postulación del beneficio hasta junio de 2023, mes en que finaliza la postulación al subsidio.
- Los trabajadores y trabajadoras que postulen exitosamente al IFE Laboral en abril, mayo y junio de 2023, tendrán derecho a recibir hasta 3, 2 y 1 meses de pago, respectivamente, siempre que se mantengan empleados y cumplan con los requisitos del beneficio.
- Los trabajadores y trabajadoras que postulen exitosamente al IFE Laboral en enero, febrero y marzo de 2023, tendrán derecho a recibir hasta 3, 2 y 1 meses de pago, respectivamente, siempre que se mantengan empleados y cumplan con los requisitos del beneficio.
Requisitos para ser Beneficiario
Para ser beneficiario y recibir el pago, es fundamental cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener un nuevo contrato de trabajo (durante el mes en curso a la postulación).
- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.
Forma de Pago
- La forma de pago de este bono es mediante depósito bancario.
- El pago se realiza a través de la CuentaRUT del BancoEstado. Si no tienes esta cuenta, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia te abrirá una CuentaRUT en BancoEstado, sin costos para ti. Si no lo haces, se entiende que renuncias al beneficio.
- El reglamento establece un plazo de 18 meses para el cobro del beneficio, plazo que rige solo para quienes no han activado su CuentaRUT.
- Si tienes este beneficio, consulta la fecha de pago.
- * Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.
Subsidio al Empleo Joven (SEJ)
Postular al Subsidio al Empleo Joven es muy fácil. Se puede postular los 365 días del año.
- Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.
- El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).
- En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
Consideraciones Adicionales del SEJ
- El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.
- Puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio.
- En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
Pago Anual del SEJ
- El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
- Son anticipos del pago anual.
- Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.
Reintegro de Montos Percibidos en Exceso
- La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
Renuncia al SEJ y/o BTM por Trabajadores
- “Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
Información Adicional
- Puedes consultar si eres beneficiaria o beneficiario llamando al call center 800 104 777.
- ¡Evita problemas o retrasos con tu pago!
- Para los empleadores el subsidio siempre será mensual.
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