Sabemos que está por iniciar uno de los momentos más importantes para su futuro. El sábado 3 de septiembre de 2016 fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 20.948 de Incentivo al Retiro de los funcionarios y funcionarias públicas.

Esta publicación da inicio formal al proceso de postulación a los beneficios que contempla dicha normativa y que permitirá el retiro de los funcionarios públicos, que entre el 1 de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2024 hayan cumplido o cumplan 60 años de edad si son mujeres, o 65 años en caso de los hombres, además de otros requisitos que establece la ley, en particular de antigüedad desempeñándose en el servicio público.

A todos quienes cumplan los requisitos pueden acceder a estos beneficios: Un monto en UF de acuerdo al estamento y a los años de servicios, cumpliendo ciertos requisitos y plazos de postulación.

Beneficios del Bono de Incentivo al Retiro

  • Beneficio equivalente a un mes de remuneraciones imponibles por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, con un máximo de once meses. (Ley 20.374)
  • Beneficio consistente en la suma mensual de $50.000.- reajustable anualmente según la variación del índice de precios al consumidor en los 12 meses anteriores.
  • Beneficio consistente en la suma mensual de $50.000.- reajustable anualmente según la variación del índice de precios al consumidor en los 12 meses anteriores.
  • Beneficio consistente en la suma mensual de $50.000.- reajustable anualmente según la variación del índice de precios al consumidor en los 12 meses anteriores.
  • Beneficio consistente en la suma mensual de $50.000.- reajustable anualmente según la variación del índice de precios al consumidor en los 12 meses anteriores.

Requisitos para Postular al Bono

  • Tener a lo menos 20 años de servicio en alguna de las instituciones afectas a la bonificación a la fecha de publicación de la ley.
  • Tener a lo menos 20 años de servicio en alguna de las instituciones afectas a la bonificación a la fecha de publicación de la ley.
  • Tener a lo menos 20 años de servicio en alguna de las instituciones afectas a la bonificación a la fecha de publicación de la ley.
  • Tener a lo menos 20 años de servicio en alguna de las instituciones afectas a la bonificación a la fecha de publicación de la ley.

Por este motivo, la bonificación adicional se entregará por una sola vez, a los funcionarios de carrera y a contrata. Además, la ley vigente menciona que “a la fecha de postulación tengan veinte o más años de servicio, continuos o discontinuos, en la Administración Central del Estado o en sus antecesores legales”.

También podrán beneficiarse de la legislación, quienes al 30 de junio de 2014 cumplan las edades mencionadas.

Según la ley, los funcionarios deberán renunciar voluntariamente a todos los cargos y al total de horas que sirvan dentro de los plazos.

Para 2016, habrán 3.000 cupos para quienes cumplan los requisitos y deseen acogerse a este beneficio, mientras que para 2017 y 2018 estarán disponibles 2.800 y 3.300 cupos para cada año, respectivamente.

La información acerca de cómo postular será difundida por los Servicios y deberá ser realizada en el Servicio al que pertenezca el funcionario/a.

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