El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) representa una de las principales ayudas estatales orientadas a apoyar económicamente a las trabajadoras, con un énfasis especial en beneficiar a mujeres de sectores vulnerables.

¿Qué es el Bono al Trabajo de la Mujer?

Es un aporte en dinero dirigido a mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.

Requisitos para ser beneficiaria

Para acceder al BTM, se requiere que la postulante:

  1. Tenga entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
  2. Esté trabajando de manera dependiente o independiente.
  3. Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según Registro Social de Hogares).

Además, para ser beneficiaria y recibir el pago, debes cumplir con lo siguiente:

  • Estar incorporada en el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono.
  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.

Requisitos de Renta

  • Pago anual: percibir una renta bruta anual (2025) inferior a $7.948.180.
  • Pago mensual: percibir una renta bruta mensual (2025) inferior a $662.348.

¿Cómo funciona el pago?

Existen 2 formas de pago; anual y mensual:

  • Pago Anual: Se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
  • Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.

Los pagos se realizan de la siguiente manera:

  1. Depósito en Cuenta Rut o tu cuenta bancaria.
  2. Retiro en efectivo en BancoEstado o ServiEstado, presentando tu cédula de identidad.

* Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.

Consideraciones importantes sobre el pago

  • Son anticipos del pago anual. Solo se paga hasta el 75% del beneficio, pero a partir del cuarto año el porcentaje disminuye al 50%.
  • Por su fórmula de cálculo, no estás sujeta a devolución de dinero.

El monto del bono varía según la renta:

  • A mayor renta, el monto aumenta.
  • El monto se mantiene constante.
  • A mayor renta, el monto disminuye.

¿Cómo Postular al Bono al Trabajo de la Mujer?

Postular al Bono al Trabajo de la Mujer es muy fácil. Se puede postular los 365 días del año.

  1. El primer paso para postular es contar con Clave Sence. Para solicitar este beneficio, las trabajadoras y sus empleadores deberán generar esta contraseña, recuperarla, modificarla, o bien, actualizar sus datos cuando sea necesario.
  2. Una vez generada, modificada o actualizada su Clave Sence, ya puede postular.
  3. Ingresa al sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
  4. Debe hacer click en “Postula Aquí” y a continuación, ingresará al Sistema de Postulación del Bono al Trabajo de la Mujer.
  5. Debe hacer click sobre la opción “Postular”.

Para ver el estado de sus solicitudes, debe ingresar al “Expediente Electrónico”.

¿Cómo cambiar tus datos para recibir el pago por depósito?

Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

¿Tienes un pago suspendido?

En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.

¡Evita problemas o retrasos con tu pago!

  1. Debes ingresar a buzonciudadano.sence.cl e ingresar tu RUT y Clave Sence.
  2. Completa los datos del formulario de solicitud y atención. Recuerda seleccionar la opción "Pregunta" en el campo "tipo de solicitud".
  3. En el campo "descripción", escribe el periodo (mes o año) en el que el pago ha sido suspendido.
  4. Adjunta la documentación requerida. En el campo "documento opcional", adjunta en un solo archivo todos los documentos timbrados y firmados.
  5. Finaliza tu solicitud. Después de ingresar el código de validación, el sistema entregará un número de solicitud.

Si ya tienes los documentos, ingresa al buzón ciudadano para hacer la solicitud.

Devolución de montos percibidos en exceso

Es la devolución de montos percibidos en exceso generada cuando la suma de pagos provisionales mensuales es superior al monto del subsidio anual.

Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.

Bono al Trabajo de la Mujer e Ingreso Mínimo Garantizado

En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido. Si un mes no cumples con lo establecido para recibir el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), se revisarán los requisitos de pago de BTM, procediendo a pagar si corresponde.

Bono al Trabajo de la Mujer y Ley de Protección al Empleo

En caso de que tu empleador se haya acogido a la Ley de Protección al Empleo, seguirás siendo beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM).

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