El Bono de Reconocimiento es un beneficio importante para aquellos afiliados al Sistema de AFP que previamente cotizaron en alguna ex Caja de Previsión Social.
¿Qué es el Bono de Reconocimiento?
El Bono de Reconocimiento lo entrega el IPS, Capredena o Dipreca, según la caja del antiguo sistema previsional en la que imponías antes de cambiarte al actual Sistema de Pensiones. El Bono de Reconocimiento debe emitirlo la institución de previsión donde el afiliado enteró su última cotización, antes de afiliarse al Sistema de las AFP. La institución emisora debe entregarlo a la AFP a la cual se encuentre afiliado el trabajador.
El valor del Bono de Reconocimiento se expresa en moneda de la fecha de afiliación al Sistema de Pensiones de las AFP. Dicho valor se reajusta de acuerdo con la variación experimentada por el IPC entre el último día del mes anterior a la fecha de incorporación del afiliado al nuevo sistema, y el último día del mes anterior a la fecha de su pago efectivo. El valor del bono se reajusta anualmente, según IPC, y obtienes un interés del 4 % al año, que se capitaliza desde la fecha en que ingresaste a una AFP.
Requisitos para Obtener el Bono de Reconocimiento
Importante: si no cumples con lo anterior, debes registrar, al menos, una cotización en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación al sistema de AFP.
Cuando el afiliado, de haberse mantenido en el antiguo régimen de previsión, hubiera podido pensionarse en él con edades inferiores a 60 o 65 años, según se trate de mujeres u hombres, respectivamente, en conformidad a la normativa.
Si al momento de incorporarse a una AFP, el trabajador se encuentra cotizando simultáneamente en dos o más Cajas de Previsión, puede solicitar a cualquiera de ellas que emita el bono.
Bono por Hijo
En caso de hijos adoptados, el beneficio se genera tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva. El bono comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento de tu hijo y/o hija, el que equivale al 10 % de 18 Ingresos Mínimos Mensuales (para quienes trabajen, y tengan entre 18 y 65 años).
Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumplió 20 años. Si fuiste exiliada, y estás registrada en la Oficina de Retorno y Oficina Diplomática, el período que viviste en el extranjero será considerado como residido en Chile.
Compatibilidad con Otros Beneficios
Si estuviste pensionada con Garantía Estatal, la AFP solicitará la suspensión de la Garantía Estatal a contar del mes siguiente en que ingresen los fondos en tu cuenta de capitalización individual. Una vez que tu cuenta quede en cero, cuando se acabe el monto del Bono por Hijo, podrás solicitar nuevamente la Garantía Estatal.
Si recibes una pensión de una ex caja de previsión social, Capredena o Dipreca. Si pierdes la PGU podrás continuar cobrando mensualmente el Bono por Hijo. Si recibes una Pensión de Sobrevivencia, pero no cuentas con una PGU, puedes solicitar el Bono por Hijo afiliándote a una AFP. Si pierdes la Pensión de Sobrevivencia o PGU, podrás continuar cobrando mensualmente el Bono por Hijo.
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