En medio de la crisis económica provocada por el coronavirus, el Gobierno de Chile continúa buscando alternativas para que la población tenga bonos, subsidios y préstamos.
En dicha ayuda se enmarca el Bono Complementario AFP, también llamado Bono Cargo Fiscal, el que se entregará solo en una oportunidad, y en el cual sí es necesario hacer una solicitud para poder recibirlo.
¿Cómo inscribirse para el Bono complementario AFP?
Para optar a este beneficio deberá completar algunos formularios para que su administradora de fondos de pensión pueda presentar dicha declaración a Tesorería General de República, donde se aprobará si dicha ayuda le corresponde.
El mencionado trámite lo puede hacer ingresando a su AFP o directamente pinchando en este mismo link.
Requisitos para este beneficio
Para recibir este bono deberá haber tenido menos de 200 mil pesos en su fondo de pensión al 31 de marzo del 2021.
Este beneficio monetario mensual, te permitía aumentar tu pensión si cumplías con los requisitos establecidos en la Ley N° 20.255.
Sin embargo, con la Reforma de Pensiones, a partir de septiembre de 2025 el IPS realizará una reevaluación para calcular valor de los beneficios y entregarte la alternativa de mayor monto, según la edad que tengas.
Si eres una persona beneficiaria de APSV y no recibes una pensión vitalicia, solicita la asesoría durante todo el año en una sucursal ChileAtiende.
Una vez que el IPS haya comparado tu actual pensión final (pensión base más complemento solidario) y la suma de pensiones recibidas, la Pensión Garantizada Universal (PGU) y el bono compensatorio (este último si te corresponde), te notificará si es más favorable que renuncies al APSV y solicites la PGU.
El IPS tiene hasta el último día hábil de octubre de 2025, 2026 y 2027 (dependiendo de la edad que tengas) para notificarte que la PGU es más conveniente para que consideres la opción de renunciar al APSV.
Si el trabajador o trabajadora recibía el Subsidio al Empleo Joven (SEJ) o el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no podrá recibirlos junto con el subsidio para el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). En esos casos, solo recibirá el subsidio para el IMG.
Sin embargo, si por los otros subsidios habría recibido más, se le pagará la diferencia a favor en el proceso de liquidación del año siguiente.
La verificación de los requisitos para acceder al subsidio va a considerar la base de información histórica del subsidio, es decir, se considerará la información más actualizada, ingresada por el empleador y/o trabajador.
El cálculo del subsidio se realiza todos los meses, por lo tanto, puede variar si es que, por ejemplo, se modificó el monto de la remuneración pactada en tu contrato.
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