Desde fines del siglo XIX el desarrollo del capitalismo en Chile transform贸 profundamente el mundo del trabajo. Surgi贸 un proletariado vinculado a la actividad minera, la incipiente industrializaci贸n y las actividades urbanas propias del crecimiento de las ciudades y puertos.
Estas transformaciones del mundo laboral estuvieron marcadas por permanentes conflictos que dieron lugar a sostenidos movimientos sociales. Poco a poco, los trabajadores fueron logrando una legislaci贸n social que permiti贸 mejorar sus paup茅rrimas condiciones de trabajo.
Es as铆 como, desde 1907 en adelante, lentamente se va promulgando una legislaci贸n social: el descanso dominical, los d铆as feriados, la silla para empleados y obreros del comercio, salas cunas en los establecimientos industriales.
Al comenzar la d茅cada de 1920, la candidatura de Arturo Alessandri Palma alent贸 las esperanzas de los trabajadores al manifestarse, en su campa帽a, a favor de promulgar una legislaci贸n social que armonizara las relaciones entre el capital y el trabajo como estaba sucediendo en Europa y Estados Unidos.
Sin embargo, durante su gobierno los parlamentarios se mostraron m谩s preocupados de legislar una ley que aumentaba su dieta parlamentaria que las leyes laborales.
Despu茅s de los convulsionados sucesos pol铆ticos que llevaron al poder al general Carlos Ib谩帽ez del Campo en 1927, comenz贸 la aplicaci贸n de la nueva legislaci贸n laboral.
La gran diversidad de leyes laborales, reglamentos y decretos relacionados con su aplicaci贸n, hizo necesaria la dictaci贸n de un solo cuerpo legal para facilitar su estudio, divulgaci贸n y aplicaci贸n.
Son a帽os de efervescencia social. Las organizaciones de trabajadores crecen y hacen o铆r sus reivindicaciones. La prosperidad econ贸mica de las primeras dos d茅cadas del siglo XX no ha alcanzado a obreros y empleados.
Hay avances, es cierto; por ejemplo, se han dictado las normas que establecen el descanso dominical, que tienden a mejorar las viviendas obreras y que aseguran silla a los empleados del comercio, pero los trabajadores aspiran a una legislaci贸n global que regule sus contratos y su protecci贸n en caso de accidentes, que reconozca su derecho a sindicalizarse y a ir a huelga.
As铆 surge, en septiembre de 1924, la Direcci贸n General del Trabajo, dependiente del Ministerio del Interior. El mismo mes se crea la Caja del Seguro Obligatorio, se regula el contrato de trabajo y se dicta la ley sobre organizaci贸n sindical industrial.
La edici贸n del 30 de septiembre de 1924 de El Mercurio publicaba la trascendental noticia.
Fue reci茅n en 1931 que el Congreso Nacional aprob贸 el C贸digo del Trabajo, en el que se refundieron en un solo texto catorce leyes y decretos leyes de corte laboral.
La instituci贸n encargada de cautelar su cumplimiento se llamaba, desde 1928, Inspecci贸n General del Trabajo, y depend铆a del Ministerio de Bienestar Social.
TAG: #Trabajo

