El aguinaldo siempre es un tema recurrente en las empresas, en especial cuando se acercan las festividades como navidad o fiestas patrias. Todos los colaboradores esperan ansiosos por ese beneficio que les permitirá recibir un extra en sus remuneraciones ordinarias y hacer frente a sus costos en esas fechas de tanto gasto. De todas formas, el concepto de aguinaldo se encuentra inmerso en nuestra sociedad y muchas empresas ya lo tienen adoptado.
¿Se acerca una festividad y no sabes cómo incorporar un aguinaldo para tu empresa? A diferencia de algunos países de Latino América, en Chile el aguinaldo no es obligatorio, de hecho no hay ninguna ley que lo establezca, pero si se ha hecho habitual y en algunas empresas se ha consolidado.
Aguinaldo en el Sector Público
Todo trabajador que se desarrolle profesionalmente en el marco de sector público y éste se encuentre contratado por la entidad pública, tiene derecho a recibir un aguinaldo. Es importante recordar que el aguinaldo dependerá del empleador y de la empresa en la que se trabaje.
Aguinaldo de Fiestas Patrias
El monto base del Aguinaldo de Fiestas Patrias 2025 es de $25.280.
El dinero del aguinaldo de Fiestas Patrias no tiene descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos (no es tributable) ni las cotizaciones previsionales y/o de salud (no es imponible).
Aguinaldo para Pensionados
Según Chile Atiende, el aguinaldo para pensionados es "un beneficio monetario que se paga junto con la respectiva pensión de diciembre, a los beneficiarios que cumplan los requisitos". El monto del aguinaldo se estipulará cada año, por lo que esta en constante cambio. Para el año 2019, el monto establecido fue de $22.452 pesos. Además se le suma $12.685 por cada persona que tenga en su carga familiar.
Importante: si eres una persona pensionada de orfandad, te considerarás carente de renta y podrás ser carga familiar de otra persona. En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido tu empleador (empresa) como un derecho.
Aguinaldo en el Sector Privado
En el mundo de las empresas privadas, no existe una ley u obligación de entregar aguinaldos, como sí lo son las gratificaciones legales. El monto dependerá del empleador y la situación económica en la que se encuentra la empresa.
Consideraciones Legales y Contractuales
El aguinaldo es un beneficio que el empleador otorga al trabajador. Según el ex Director del Trabajo, Christian Melis, el beneficio del aguinaldo "consiste en que si yo, empleador, doy un beneficio por un determinado tiempo, aunque no esté escrito en el contrato de trabajo, ese beneficio pasa a ser parte de los derechos adquiridos del trabajador. La entrega del aguinaldo no depende de la situación económica que este atravesando el país. Este se debe entregar de todas formas, a pesar de que muchas personas podrían entender que algunas empresas no lo dieran.
Según Melis, "el otorgamiento del beneficio, sea que esté pactado en un contrato individual o colectivo u opere como cláusula tácita constituye una obligación, por lo tanto no está supeditado a los ciclos económicos, por lo que cualquiera sea el ciclo económico, bueno o malo.
Al ser considerado el aguinaldo como una "remuneración", son imponibles y están sujetos al Impuesto de Segunda Categoría, así lo menciona la Circular 66 de 1977 establecida por el Servicio de Impuestos Internos.
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