La Seguridad Social se define como el conjunto de normas y principios que regulan las prestaciones a las que tienen derecho los ciudadanos en el conjunto de una sociedad.

Asignación Familiar

Es uno de los beneficios que contempla el Sistema de Prestaciones Familiares. El monto mensual de cada carga se calcula sobre la base del ingreso que el trabajador genere.

Las trabajadoras tienen derecho a una Asignación Maternal cuyo monto es igual al de la asignación familiar.

Subsidios por Incapacidad Laboral

Se requiere tener, al menos, seis meses de afiliación en cualquier sistema previsional y tres meses cotizados en los últimos seis meses calendario, anteriores a la fecha de la licencia.

Estar al día en el pago de las cotizaciones.

El trabajador dependiente debe presentar al empleador la licencia médica debidamente firmada por el profesional respectivo, dentro del plazo de dos días hábiles desde la fecha de su inicio, si se trata de trabajadores del sector privado y de tres días hábiles, si son trabajadores del sector público.

El trabajador independiente debe presentar el Formulario de Licencia Médica para su autorización a la Isapre correspondiente o al Servicio de Salud más cercano a su domicilio, dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de emisión de la licencia, siempre que esté dentro del período de su vigencia.

En caso de rechazo de una licencia o rebaja en el número de días, el trabajador puede apelar al Compin, si es afiliado de una Isapre, y al Jefe del Servicio de Salud si es afiliado de Fonasa.

Consideraciones Adicionales

En dichas prestaciones y beneficios, la Isapre sustituye al Fondo Nacional de Salud, de modo que este sólo autorizará la atención de medicina curativa en casos de ausencias o insuficiencias en esa especialidad.

Los montos de las prestaciones de medicina preventiva y de Subsidios de Incapacidad Laboral, no pueden ser inferiores a los otorgados por la ley.

Desahucio

El concepto de desahucio es el aviso por escrito que la parte empleadora dirige a la parte trabajadora, dándole a conocer su voluntad de dar por terminado el contrato de trabajo.

El desahucio de los empleados de la Administración Civil del Estado es un derecho patrimonial consistente en una indemnización que, al término de sus funciones, por cualquier causa e independientemente de la pensión que pueda corresponderle, se le concede en relación con sus años de servicio en la administración pública.

Esta cotización es del 1,14% de las remuneraciones imponibles, la cual es de cargo exclusivo de los imponentes.

Artículo 1. En la actualidad, esta indemnización por años de servicio se financia exclusivamente con aporte fiscal, de acuerdo con el D.L.

Sí. Este puede ser desahuciado por el beneficiario con un aviso de 30 días de anticipación.

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