El Seguro de Cesantía es un beneficio que te apoya económicamente si pierdes tu empleo. Pero ¿Qué pasa con estos fondos al momento de pensionarte? A continuación, exploraremos las opciones y requisitos relacionados con el Seguro de Cesantía al pensionarse, especialmente si eres afiliado a AFP Modelo.
¿Qué Sucede con el Seguro de Cesantía al Pensionarse?
Una vez que te pensionas, ya no podrás acceder al Seguro de Cesantía por desempleo, incluso si continúas trabajando, a menos de que tengas una pensión de invalidez parcial o trabajes en casa particular. De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.
Si usted se encuentra afiliado(a) al Seguro de Cesantía y además es pensionado(a), puede solicitar el retiro total de los fondos acumulados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
Opciones para los Fondos del Seguro de Cesantía al Pensionarse
Los(as) afiliados(as) pensionados(as) también tienen la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de ahorro previsional en su AFP. Aquí te presentamos las opciones disponibles:
- Traspaso a tu AFP: Puedes elegir que una parte o todos los ahorros que tienes en tu cuenta de cesantía pasen a tu AFP (donde tienes tu cuenta obligatoria). Así, tu pensión podría ser un poco más alta.
- Herencia: Los fondos del Seguro de Cesantía son heredables, por lo tanto, los beneficiarios de sobrevivencia como los herederos pueden solicitar estos ahorros.
Trámite para Afiliados a AFP Modelo
Si eres un pensionado de AFP Modelo, puedes realizar el trámite en línea directamente desde su sitio web.
¿Cómo realizar el trámite?
Ya estando pensionado, a través de tu AFP. El trámite es el mismo que cualquier pensión por AFP. No debe presentar ninguna documentación para realizar el trámite.
- Si usted es pensionado por una AFP, no debe presentar ninguna documentación para realizar el trámite.
- Si recibe una pensión de una institución previsional extranjera, debe presentar un certificado de dicha institución, indicando claramente su calidad de pensionado y la fecha de inicio.
Si no puede realizar el trámite personalmente, puede hacerlo a través de un tercero con un mandato autorizado. Puede presentar su solicitud en nuestra Sucursal Virtual de AFC o en cualquiera de nuestras sucursales a lo largo del país.
Cuenta Individual de Cesantía (CIC)
Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.
Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Información Adicional
- Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.
- Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.
- Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela. Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.
Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.
Contacto y Reclamos
El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web, oficinas, call center y correo postal de la SP. Contáctanos a través de cualquiera de nuestros canales de atención.
Carta dirigida a la Superintendencia de Pensiones (SP) para realizar una consulta o reclamo sobre temas previsionales y Seguro de Cesantía.
Importante: si realiza la consulta online, puede incluir un documento adjunto (PDF o Word) de no más de tres páginas y con un peso máximo de 2 megabytes (MB). La aplicación solo permite realizar consultas. Una vez en el sitio web de la institución, complete los datos requeridos y haga clic en "Enviar".
Llame al call center de la Superintendencia de Pensiones al 600 831 2012, desde red fija.
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