Las vacaciones son un derecho fundamental para los trabajadores, y en Chile existe un beneficio adicional conocido como feriado progresivo. Este derecho permite a los trabajadores dependientes adquirir días extra de vacaciones al cumplir ciertos requisitos de antigüedad laboral.
¿Qué es el Feriado Progresivo?
Según la Asociación de AFP de Chile, el feriado progresivo es un derecho establecido en el Código del Trabajo que otorga a los trabajadores que cumplen 10 años de trabajo, continuos o no, un día extra de vacaciones. Sin embargo, para acceder a este beneficio, es necesario haber sumado un mínimo de tres años con el empleador actual.
Los días de feriado progresivo aumentan cada tres años trabajados con el mismo empleador. Por ejemplo, si un trabajador acumula seis años con el mismo empleador, tendrá derecho a dos días adicionales de vacaciones.
Requisitos para Obtener el Feriado Progresivo
Para optar a este beneficio, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Acreditar 120 cotizaciones (equivalente a 10 años) como trabajador dependiente, ya sean continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
- Después de esos 10 años, acumular 36 cotizaciones (3 años) con el empleador actual para sumar un día de feriado legal.
- Por cada 36 cotizaciones adicionales con el mismo empleador, se sumará otro día adicional de vacaciones.
¿Qué Sucede al Cambiar de Empleador?
Si un trabajador cambia de empleador, no pierde la base de 10 años de cotizaciones. Sin embargo, deberá cumplir nuevamente el requisito de tres años con el nuevo empleador para acceder al día extra de vacaciones.
Certificado de Vacaciones Progresivas
Para validar este beneficio, las AFP de Chile emiten el Certificado de Vacaciones Progresivas, un documento que el trabajador debe presentar a su empleador al cumplir con los requisitos.
Tabla Resumen de Requisitos:
| Requisito | Descripción |
|---|---|
| Antigüedad Total | 120 cotizaciones (10 años) como trabajador dependiente. |
| Antigüedad con el Empleador Actual | 36 cotizaciones (3 años) con el empleador actual para el primer día adicional. |
| Aumento de Días | Un día adicional por cada 36 cotizaciones adicionales con el mismo empleador. |
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