Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) cobran a las y los afiliados una comisión por la gestión de administración que realizan de la cuenta de capitalización individual obligatoria que tiene esa persona en la AFP.
Es importante saber que las personas son libres de elegir la AFP en la que depositarán sus ahorros previsionales, pero en el caso de las y los trabajadores que se afilian al sistema por primera vez deben ingresar a la administradora que cobra la menor comisión y permanecer en ella por un período de 24 meses.
Cotizaciones Obligatorias y Adicionales
La cotización obligatoria corresponde al 10% de las remuneraciones y rentas imponibles mensuales con un tope de 87,8 Unidades de Fomento (UF). Además, existe una cotización adicional o comisión por depósito de cotizaciones, la que es destinada al financiamiento de la AFP, incluido el pago de la prima del seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS).
También se considera una cotización de cargo del empleador, creada por la Ley N° 21.735 de Reforma Previsional, que comienza con una tasa inicial de 1% que aumentará cada año, por un periodo de nueve años, hasta llegar a 7% de la remuneración de la o el trabajador. Esta nueva cotización se sumará al actual aporte que hace el empleador para financiar el seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS).
¿Quiénes Deben Cotizar?
Trabajadoras y trabajadores dependientes que se encuentren cotizando en la AFP deben cumplir con este requisito. Se presume que la afiliada o el afiliado se encontraba cotizando si su muerte o la declaración de invalidez se produce en el tiempo que prestaba servicios.
Trabajadoras y trabajadores independientes que coticen en el proceso de declaración de impuesto anual a la renta quedarán cubiertos por el período de un año.
Pago de Cotizaciones
Para las trabajadoras y los trabajadores dependientes, las cotizaciones previsionales deben pagarse por parte de la o el empleador dentro de los 10 primeros días del mes siguiente del que se devengaron las remuneraciones. Si la o el empleador está atrasado en el pago de las cotizaciones de sus trabajadoras o trabajadores, tiene la obligación de declarar las cotizaciones no pagadas dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente.
En caso de que la relación laboral haya terminado y, por tanto, no corresponda el pago de las cotizaciones, la o el empleador tiene hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar esa situación. Las y los empleadores que tengan deudas previsionales no podrán percibir pagos provenientes de instituciones públicas o con cargo a recursos fiscales de fomento productivo.
Alternativas de Ahorro Voluntario
Existe la Cuenta de Ahorro Previsional Voluntario (APV) en una AFP, una compañía de seguros de vida (CSV), banco, una administradora de fondos mutuos, una administradora de fondos de inversión, una administradora de fondos para la vivienda, una administradora general de fondos e intermediarios de valores, cuyos planes hayan sido aprobados por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
También está disponible la Cuenta de Ahorro Voluntario o también llamada Cuenta 2: es una cuenta de ahorro que se puede abrir en la AFP en que una persona se encuentra afiliada y cuyos recursos pueden ser retirados en cualquier momento (hasta 24 giros en un año).
Asesoría Previsional
Al solicitar asesoría, se debe:
- Informar a la afiliada o el afiliado el monto de los honorarios o de la comisión que cobrará por la asesoría a efectuar.
- Entregar a afiliada o afiliado un informe final escrito que contenga de manera clara y explícita la recomendación o sugerencia entregada.
Restricciones por Edad en la Elección de Fondos
De acuerdo con la edad que tienen, la ley establece ciertas restricciones para afiliadas y afiliados del sistema a la hora de elegir el tipo de fondo de pensiones en que quieren depositar sus ahorros previsionales. Por esa razón, señala que a partir de los 51 años en el caso de las mujeres y de los 56 años en el caso de los hombres no podrán elegir el Fondo A (más riesgoso) para depositar su ahorro previsional obligatorio, sino que pueden optar por destinar ese ahorro entre los fondos B (riesgoso), C (intermedio), D (conservador) y E (más conservador).
Licitación de Nuevos Afiliados
Para proteger a las personas, cada dos años la Superintendencia de Pensiones realiza una licitación pública de la cartera de nuevas y nuevos afiliados que ingresan al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP). Sin embargo, si la licitación de cartera de nuevas y nuevos afiliados es declarada desierta, las nuevas y los nuevos afiliados serán asignados por la Superintendencia de Pensiones a la AFP que cobre la menor comisión a la fecha de ingreso al sistema.
Servicios en Línea de AFP Habitat
En AFP Habitat están comprometidos con entregar continuamente un mejor servicio. En su sitio web tienen disponibles más del 86% de los servicios de sucursales para que puedas gestionar tus ahorros. Además, podrás realizar tus trámites a través de tu Habitat App.
Recuerda que han reforzado y ampliado sus servicios en su Contact Center. Conoce Video Asesores, el nuevo servicio de AFP Habitat para clientes de 55 años o más, para agendar atención por Videollamada con uno de sus ejecutivos.
Con tus claves Habitat y clave de seguridad puedes hacer todos los trámites que necesites. La clave Habitat te sirve para ingresar a tu sitio privado, ver tus ahorros, pedir certificados en línea, realizar depósitos directos a tu APV o Cuenta 2, etc. Con tu clave de seguridad podrás realizar cambio de fondos, solicitud de giros y mucho más. Si tienes tu clave de seguridad, administra tus ahorros en forma rápida, fácil y segura.
Es fundamental actualizar tus datos para recibir información importante de tus ahorros. Cada vez que realices una solicitud de Cambio de Fondo o Distribución de Saldos, podrás revisar las distintas etapas y conocer el estado en que se encuentran.
AFP Habitat ofrece nuevos servicios de cotización para independientes y afiliados voluntarios, que se pueden realizar en su sitio privado de forma rápida y fácil.
Garantía Estatal
La garantía estatal es un beneficio otorgado por el Estado para aquellas personas pensionadas que, habiendo cotizado gran parte de sus años laborales, registren en su cuenta obligatoria un saldo menor a 0,5 UF. Si el saldo de tu cuenta en la AFP no alcanza para financiar una pensión mínima, recuerda que podrías acceder al beneficio de Garantías Estatal. Solicita ese beneficio, si cumples los requisitos. Esta garantía es un aporte del Estado que complementa tus ahorros para mejorar tu pensión.
Trámites en Línea para la Pensión
Puedes iniciar tu trámite de pensión en la web de AFP Habitat sin tener que ir a una sucursal. Elige la forma que prefieras para el pago de tu pensión: Depósito a Cuenta Bancaria o Pago en efectivo en Caja los Héroes o Banco Estado. Recibe tu liquidación de pensión en tu correo electrónico y así mantente siempre informado sobre tu pensión, ayudando juntos a cuidar el medioambiente.
Certificados Disponibles
Puedes descargar el certificado de afiliación, antecedentes, vacaciones progresivas, no pensionado y certificado de Soltería. Obtén tus certificados de ahorro con rut empleador, informe gestión cobranza histórico periodos cotizados, entre otros. Accede a certificados como: pensión suspendida, trámite de invalidez transitoria, certificado de saldo para cambio de modalidad de pensión, etc.
Revisa los saldos de ahorro en tus cuentas obligatorias y voluntarias, en los periodos que necesites. Accede a certificados, tales como: Ahorro previsional voluntario, 57 bis, 54 bis, excedente de libre disposición, etc. Con tu Habitat App podrás descargar certificados de manera rápida, fácil y segura.
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