El Certificado Aclaratorio, otorgado por la Administradora de Fondos de Cesantía de Chile (AFC), es un documento crucial para los afiliados al Seguro de Cesantía. Este certificado permite reanudar el pago del Seguro de Cesantía en caso de que este haya sido suspendido incorrectamente.
¿Qué es el Certificado Aclaratorio del Seguro de Cesantía?
El Certificado Aclaratorio es un documento que se debe entregar a AFC Chile, si los pagos del afiliado se suspenden por envío de cotizaciones posteriores al fin del contrato. El término del beneficio se puede producir debido a que la AFC recibió un aviso de inicio laboral, porque recibió la cotización a haberes adecuados como horas extra, comisiones y bonos o por pagos erróneos e indebidos. Por lo tanto, el comprobante debe ser completado y enviado.
¿Para qué sirve el Certificado Aclaratorio?
Este documento es esencial para reactivar el pago del Seguro de Cesantía cuando ha sido suspendido. El pago del beneficio también se suspende en caso de no cumplir con la certificación de la Bolsa Nacional de Empleo (BNE), que es una condición obligatoria al optar por el Fondo de Cesantía Solidario para el financiamiento del Seguro de Cesantía. Esta entidad, que depende directamente de la Subsecretaría del Trabajo, informa mensualmente a AFC Chile si el(la) trabajador(a) cumplió o no con los requisitos de certificación.
Requisitos y Proceso para el Certificado Aclaratorio
Para solucionar esta situación usted debe presentar un documento llamado Certificado Aclaratorio. El formulario se puede descargar en www.afc.cl o en el siguiente enlace:
Documentación y Proceso
- Este documento debe ser emitido por su ex empleador para aclarar el pago de cotizaciones posteriores a la fecha de término de la relación laboral.
- Este certificado aclaratorio será evaluado para reactivar el pago de su Seguro cuando corresponda.
- Documentación que dé cuenta del pacto de pagos posteriores entre el empleador y el trabajador, en caso de aclarar desde 2 periodos para beneficios financiados por el FCS o desde 3 periodos para beneficios financiados por la CIC.
Información Adicional sobre el Seguro de Cesantía
Si usted fue contratado antes del 2 de octubre de 2002, puede afiliarse voluntariamente al Seguro de Cesantía. El trámite se realiza llenando el formulario de afiliación al que puede acceder con su Clave Única. En 5 días hábiles, AFC le responderá si su solicitud fue aceptada o rechazada.
Como afiliado(a), usted tiene derecho a cobrar el Seguro de Cesantía con cargo a su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y/o al Fondo de Cesantía Solidario (FCS). En ambos casos, debe cumplir con los respectivos requisitos. Además AFC traspasará su cotización previsional correspondiente al porcentaje del monto de sus pagos del Seguro de Cesantía.
Es muy importante que, al momento de tramitar su Seguro de Cesantía, revise si cumple con los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario. La certificación en la Bolsa Nacional de Empleo es obligatoria y su incumplimiento es causal de no pago del beneficio.
En el caso de estar recibiendo el Seguro de Cesantía con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, se activará un 6° y 7° giro cuando la tasa de desempleo reportada por el INE supera en un punto porcentual a la tasa de desempleo promedio de los últimos 4 años. Si usted se encuentra acogido(a) al Fondo de Cesantía Solidario, AFC pagará automáticamente la AFP considerando la cotización previsional correspondiente al 10% del monto de los pagos del Seguro de Cesantía.
Los fondos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) son propiedad de cada afiliado(a). También tiene la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de pensión de AFP. Si usted cumple con los requisitos puede realizar el trámite de manera fácil y sin documentación en la Sucursal Virtual de afiliados o de manera presencial.
Pagos y Trámites
Una vez que el(la) afiliado(a) envía la solicitud a través del sitio web, recibirá la respuesta de aprobación o rechazo de parte de AFC Chile en un plazo de 4 días hábiles. Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. Se puede optar por una transferencia bancaria a una Cuenta Corriente, Cuenta RUT o Cuenta Vista.
Cartola del Seguro de Cesantía
La cartola del Seguro de Cesantía muestra los movimientos de su Cuenta Individual y el saldo disponible en caso de cesantía y de cumplir los requisitos. La cartola anual muestra su saldo y movimientos entre el 1 de enero y 31 de diciembre del año anterior. El saldo de su Cuenta Individual indicado en su cartola solo puede ser cobrado si está cesante y cumple los requisitos de acceso. Si está pensionado, también puede retirar el saldo disponible en su cuenta tramitando en línea o en las sucursales de AFC.
Como cada año, y de acuerdo a lo informado por la Superintendencia de Pensiones, si es beneficiario del Fondo de Cesantía Solidario y tiene pagos a partir del 1 de marzo de 2025, tendrá un reajuste en sus montos. Es importante recordar que el Fondo de Cesantía Solidario es un beneficio del Seguro de Cesantía, que complementa los recursos de quienes cumplen con los requisitos y han agotado su saldo en la Cuenta Individual. Los beneficiarios pueden recibir 5 pagos, siempre que estén cesantes, los que se calculan de acuerdo con porcentajes tomando como base los últimos 10 meses de remuneraciones.
Consulta de Rezagos y Regularización
- Consulta de rezagos por aclarar: en caso que se hayan generado rezagos por diferencias entre el RUT y el nombre del trabajador o por el pago de cotizaciones no correspondientes al tipo de contrato registrado, deberá rectificarlo en el menú “Rezagos”.
- Regularización de mora presunta o reconocimiento de la deuda: puede revisar el detalle de la deuda y aclararla informando las fechas que correspondan si es por movimiento de personal u otro motivo. También puede regularizar una cotización que ya fue pagada, indicando la fecha y canal por el cual se realizó el pago.
- Solicitud para aclarar boletín: en caso que tenga una deuda que haya sido informada al boletín laboral, podrá ingresar una solicitud adjuntando los documentos que acrediten el pago en la entidad respectiva.
- Planilla de saldo de remuneraciones: usted puede cargar los datos de aquellos trabajadores a los cuales les debe saldos o en el caso del pago de cotizaciones especiales de trabajadores temporeros. Una vez registrada la información puede pagar en BancoEstado.
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