La "complejísima situación" para los jubilados con contrato es un tema que requiere un análisis profundo. Este punto es realmente tremendo, porque legalmente no hay margen para interpretar algo distinto respecto a la situación de los jubilados que trabajan.
Para despejar dudas, el académico de la PUC explica que además de las cotizaciones previsionales y de salud que paga cada trabajador formal, mes a mes también hay un porcentaje de la remuneración imponible que se destina a ese seguro con el fin de que sea utilizado en caso de despido. Así, en el caso de los contratos indefinidos, el trabajador pone mes a mes un 0,6% de su remuneración imponible y empleador aporta un 2,4%.
De ese 3% total, un 2,2% va a la cuenta individual del seguro del trabajador y un 0,8% al fondo de cesantía solidario. "Cuando una persona se jubila, se acaba su vínculo con el Seguro de Cesantía. "Hoy hay personas que efectivamente tienen jubilación y tienen contrato de trabajo que puede ser a plazo o indefinido, pero esos trabajadores no tienen seguro de cesantía.
Sobre este punto, Luis Lizama, abogado y director del Departamento de Derecho del Trabajo de la Universidad de Chile, recalca que "lo que la ley transitoria pretende es que el trabajador que tiene como única fuente de ingreso su trabajo, tenga la posibilidad de contar con ingresos adicionales". "El que está jubilado tiene una fuente de ingreso que es su pensión, entonces no es que quede desamparado por completo.
Cifuentes, por su parte, dice suscribir a lo que plantea Lizama, pero hace el punto de que más allá de que ese pensionado siga contando con su pensión una vez desvinculado, "hay que revisar si las personas que han tenido que trabajar una vez jubiladas lo han hecho porque se sienten plenamente hábiles, o porque lo que reciben no les alcanza.
La respuesta del Ministerio del Trabajo
Ante la situación a la que se enfrentarán los jubilados con contrato, desde el Ministerio del Trabajo dijeron a Emol que "se están analizando qué otras medidas pudieran tomarse para los pensionados. Asimismo, desde la cartera liderada por María José Zaldívar, recalcaron que "el Gobierno asumió el compromiso de analizar la situación de los restantes trabajadores, a fin de otorgarles una protección, ya sean estos trabajadores formales o informales.
En este sentido, se está trabajando en un proyecto para los trabajadores independientes formales, esto es, que tributan sobre la base de sus ingresos. ¿Y cómo se puede abordar la situación de los pensionados? Para Soto, lo primero que hay que despejar es "ver si es que al Gobierno y al Parlamento esto se les pasó, lo cual puede ser porque estamos en una situación crítica y había que actuar rápido, o abordaron el punto y lo descartaron.
Así, tal como decía antes, para él la única forma de que los jubilados accedan a este beneficio es formulando una ley corta, "pero ahí vendría la discusión de con qué fondos se les paga y así como se ve, no hay otra forma que recurrir a los fondos de cesantía solidarios". Por su parte, Cifuentes argumenta que "debe pensarse una medida, pero no tiene que ser a través del seguro, en ese caso habría que extender la excepción a muchos otros.
Entonces, más bien hay que pensar qué se va a hacer para apoyar a los pensionados y eso podría verse en lo que está pensando el Gobierno con una ley corta de pensiones. En ese sentido, sin la posibilidad de que la normativa se preste para segundas interpretaciones, Soto afirma que la única solución viable para que los pensionados puedan acceder al plan del Gobierno es a través de una ley corta.
Sin embargo, agrega, "todo depende de si el espíritu final de la ley original busca realmente que estas personas accedan o no a este beneficio, porque alguien perfectamente podría argumentar que no corresponde dado que ellos ya sacaron sus fondos del seguro y no están cotizando en él.
En un análisis más general y "un poco más frío", Karl Sievers, abogado laboralista y académico de la Universidad San Sebastián y de la Universidad del Desarrollo, comenta que lo que hay que revisar realmente son las medidas que ya se han adoptado en materia de despidos, incluida la nueva ley, ya que "harán que después de la emergencia, la crisis económica sea aún peor".
"Hoy por ley se prohibió despedir a trabajadores invocando la causal 'caso fortuito o fuerza mayor' -bajo la cual no se pagan indemnizaciones- y la situación que tenemos del coronavirus es el ejemplo magistral de esos casos. En el fondo, dice Sievers, "el coronavirus vino a patearlos en el suelo, entonces el problema que se produce es que ese empleador, las pymes que son la inmensa mayoría de las empresas del país, no tienen ni siquiera para pagar las cotizaciones previsionales que exige la ley de protección del empleo.
Esto es lo que hay que revisar, porque no se está previendo que después de esta crisis muchos no podrán salir del hoyo y los despidos vendrán igual...
TAG: #Pension #Indemnizacion

