El Ministerio de Salud y la Superintendencia del ramo están desarrollando nuevos requisitos para el próximo proceso de acreditación de calidad al que deberán someterse los hospitales y las clínicas del país.
Nuevos Estándares de Calidad Asistencial
El ministro de Salud, Emilio Santelices, anunció en el Congreso de la Sociedad Chilena de Calidad Asistencial que ya no basta con saber cuántos diabéticos tratamos. Debemos exigirnos, como instituciones de salud, saber cuántos de ellos están controlados en cada institución, porque eso habla de que los procesos continuos de toda la cadena de atención están adecuadamente implementados.
A su vez, el superintendente de Prestadores de la Superintendencia de Salud, Enrique Ayarza, explicó que estamos llamando a una mesa de trabajo para confeccionar nuevos estándares, partiendo con prestadores de mayor complejidad, hospitales y clínicas, de manera que se incorporen en la evaluación para lograr la reacreditación (después de tres años de acreditación).
Santelices explicó que los criterios que se indexarán permitirán a las personas cotejar los resultados que obtengan los distintos centros de salud. Se trabajará en una métrica que permita hacer comparables las instituciones de salud, bajo el alero de esta nueva línea de indicadores.
La exdirectora del Hospital Exequiel González Cortés, Begoña Yarza, dijo que los cambios son valiosos, porque lo que es relevante para las personas que atendemos son los resultados sanitarios y para que estos sean evaluables, tenía que haber una sistematización previa de los procesos.
Sistema de Acreditación y Normativas
El reglamento del Sistema de Acreditación para los prestadores institucionales de salud tiene como última versión el 30 de julio de 2020. Existen diversas instrucciones y circulares que informan y dictan sobre los deberes específicos que asisten a los prestadores individuales e institucionales de salud, que otorguen prestaciones a las que son aplicables las normas del Arancel del Régimen de Prestaciones de Salud.
Algunas de estas instrucciones incluyen:
- Instrucciones a las Entidades Acreditadoras sobre la elaboración y formato del informe de acreditación.
- Instrucciones sobre la excepción de garantías de oportunidad.
- Instrucciones sobre el sentido y alcance que deben dar, en los procedimientos de evaluación que ejecuten, a las normas del Sistema de Acreditación de Prestadores Institucionales de Salud.
Derechos del Paciente y Ley de Urgencia
Es fundamental conocer los derechos al ingresar a un centro de salud, especialmente en situaciones de urgencia. El trámite está disponible durante todo el año.
- Asegurado de Fonasa: El ingreso debiera ser en un establecimiento de la red pública de salud. No obstante, si ingresas a un centro de salud privado que cuenta con una unidad de emergencia, y el médico certifica esta condición, serás atendido en el contexto de la Ley de Urgencia hasta que el profesional indique tu traslado a la red correspondiente (de acuerdo con el domicilio que tienes registrado en el verificador de Fonasa).
- Afiliado a una ISAPRE: El prestador por excelencia es el indicado por tu plan de salud.
Consideraciones sobre la Ley de Urgencia
La Ley de Urgencia no es gratis. El copago (monto que debes pagar) varía según la cobertura de tu plan de salud. Si a los 30 días no has pagado el monto correspondiente a tu asegurador, se generará un préstamo automático de cuotas iguales y sucesivas con vencimiento mensual (incluyendo el reajuste por IPC). Estas cuotas no pueden sobrepasar el 5% de tu remuneración o renta imponible en el caso de los afiliados y las afiliadas dependientes e independientes, y de los pensionados y las pensionadas, ni una suma equivalente al precio del plan de salud contratado voluntariamente.
Importante: Si necesitas más información, llama al 600 360 7777.
Acreditaciones y Resoluciones
Existen diversas resoluciones que ordenan mantener la inscripción en el Registro Público de Prestadores Institucionales de Salud Acreditados a diferentes hospitales y centros de salud a lo largo del país.
Ejemplos de resoluciones:
- Resolución que ordena mantener la inscripción N°403 en el Registro Público de Prestadores Institucionales de Salud Acreditados, al Prestador Institucional Hospital Psiquiátrico Dr.
- Resolución que ordena mantener la inscripción N°345 en el Registro Público de Prestadores Institucionales de Salud Acreditados, al Prestador Institucional Hospital Dr.
- Resolución que ordena Mantener la inscripción N°110 en el Registro Público de Prestadores Institucionales de Salud Acreditados, al Prestador Institucional Hospital Dr.
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