En Chile, existen diversos tipos de jornadas laborales que dependen del tipo de empresa. Para una correcta gestión de asistencia y turnos, es crucial conocer en detalle cada una de estas jornadas. La medición se realiza semanalmente, desde el día 1 hasta el día 7. La ley establece que todos los trabajadores tienen derecho a un día de descanso semanal como mínimo.
En Chile, se distinguen las jornadas activas y pasivas. En la jornada pasiva, el trabajador asiste a su lugar de trabajo, pero no realiza actividades correspondientes a sus funciones por alguna razón.
Jornadas Laborales Comunes en Chile
- 45 horas semanales: Esta jornada se distribuye en 5 o 6 días. Por lo tanto, un empleado que trabaje 6 días a la semana tendrá una jornada diaria de 7,5 horas.
- 60 horas semanales: Aplica al personal de hoteles, restaurantes o clubes, exceptuando al personal administrativo, de lencería, lavandería y cocina, que están sujetos a la jornada ordinaria de 45 horas semanales.
- 180 horas mensuales: Esta jornada es para choferes y auxiliares del transporte colectivo interurbano y de servicios interurbanos de transporte de pasajeros y carga terrestre.
Jornada Bisemanal: Trabajos de Dos Semanas Ininterrumpidas
La jornada bisemanal se aplica, por ejemplo, en faenas que se llevan a cabo en lugares apartados de centros urbanos, con vías de acceso limitadas, comunicaciones difíciles y servicios básicos restringidos o inexistentes. En estos casos, las partes pueden acordar jornadas de trabajo ordinarias de hasta dos semanas ininterrumpidas.
Jornada Parcial: Horarios Part-Time
Los horarios part-time no deben exceder las 30 horas semanales ni las 10 horas diarias, y deben incluir un descanso mínimo de media hora y máximo de una hora. La jornada parcial de trabajo tiene las siguientes particularidades:
- Se permite el pacto de horas extraordinarias en caso de necesidad o situación temporal.
- La jornada diaria debe ser continua y no puede exceder de 10 horas, debiendo interrumpirse por un lapso no inferior a media hora ni superior a una hora para la colación.
- Los trabajadores gozan de los demás derechos que contempla el Código del Trabajo para los trabajadores de tiempo completo.
- El límite máximo de 4,75 ingresos mínimos para los efectos de la gratificación que se establece en el artículo 50 del referido Código puede reducirse conforme al número de horas convenidas en el contrato de tiempo parcial y el de la jornada ordinaria de trabajo.
- Las partes pueden pactar alternativas de distribución de jornadas, caso en el cual el empleador, con una antelación mínima de una semana, está facultado para determinar entre una de las alternativas, la que regirá en la semana o período superior siguiente.
- Se establece un procedimiento especial para el cálculo de la indemnización por años de servicios, consistente en obtener un promedio de las remuneraciones percibidas por el trabajador durante la vigencia de su contrato o de los últimos once años, debiendo para estos efectos reajustarse cada una de las remuneraciones según la variación experimentada por el IPC entre el mes anterior al pago de la remuneración respectiva y el mes anterior al término del contrato.
Proyecto de Ley para Reducir la Jornada Laboral
Es importante recordar que el proyecto de ley que busca reducir la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales ya ha sido aprobado.
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