Luego del revés que sufrió el martes el Gobierno en el Tribunal Constitucional, finalmente el Presidente Sebastián Piñera promulgó tal cual la proyecto reforma constitucional que establece el tercer retiro de los fondos previsionales de las AFP. Este tercer retiro es universal, lo que significa que todas las personas que hayan ahorrado en una AFP pueden acceder a retirar sus fondos. No, el tercer retiro es independiente de los dos anteriores. No es requisito haber realizado los retiros anteriores para acceder a este.

¿Quiénes pueden acceder al Tercer Retiro?

Podrán hacer el retiro todos los afiliados al sistema privado de pensiones, incluidos los beneficiarios de pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia. Además, los pensionados que reciben una renta temporal o un retiro programado también pueden efectuar el retiro. También pueden efectuar el retiro de fondos los menores de 18 años que tengan una cuenta obligatoria o de afiliado voluntario. Sí, todos los pensionados de Vejez, Invalidez definitiva o transitoria y los beneficiarios que reciban pensión de Sobrevivencia, bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado podrán solicitar el retiro.

Montos del Retiro

El monto mínimo y máximo que se podrá retirar son los mismos que se definieron para los procesos de 2020. El máximo a retirar es de 150 UF, equivalentes a poco más de $4.200.000. Es decir, el monto mínimo será de 35 UF ($1.030.000 aprox.) o todo el saldo de la cuenta individual si es que el saldo es menor. El máximo de retiro es equivalente a 150 UF (alrededor de $4.422.000) y como mínimo 35 UF ($1.031.800).

Proceso de Solicitud

Se podrá realizar la solicitud del retiro a través de la página web de cada AFP, llamada telefónica o presencialmente. Para esto lo más probable es que la Superintendencia de Pensiones establezca instrucciones que deberán cumplir las administradoras. Las AFP comenzarán a recibir las solicitudes de retiro del 10% a partir de este lunes 3 de mayo, a las 9:00 am. En caso del tercer retiro: desde las 9 AM del miércoles 28 de abril del 2021 se podrá hacer la solicitud en el sitio web tu10conmodelo.cl. Puedes realizar un seguimiento de tu solicitud en el siguiente link : tu10conmodelo.cl. Para realizar una corrección deberás cancelar o anular la solicitud para luego ingresar una nueva solicitud. Si estás cerca de un consulado chileno: los afiliados también, pueden presentar su solicitud de retiro en un Consulado chileno.

¿Cómo se realiza el pago?

La AFP tiene un plazo máximo de 15 días hábiles para realizar el pago del retiro, en el medio de pago que hayas indicado al momento de tu solicitud. En el caso del retiro 2 los pagos se realizan de la siguiente manera, si el retiro es menor o igual a 35 UF, se pagará en una sola cuota hasta 10 días hábiles de ingresada la solicitud, en caso de que el retiro sea mayor a 35 UF este monto se divide en dos cuotas de 50% cada una, pagadas la primera 10 hábiles posteriores al ingreso de la solicitud y la segunda 10 días hábiles posteriores al primer pago. Una vez que realices la solicitud, recibirás el pago en un plazo de 15 días hábiles.

Opciones para recibir el pago:

  • Cuenta bancaria en Chile.
  • Si seleccionas Cuenta 2 para recibir tu pago esta se abrirá de manera automática, desde esta cuenta podrás transferir a tu cuenta bancaria sin costo. La Cuenta 2 es una Cuenta de Ahorro Voluntario, muy parecida a la de capitalización individual. Es independiente a la cuenta obligatoria y ofrece la rentabilidad de los multifondos, explican desde AFP Capital.

Consideraciones Importantes

A diferencia del segundo retiro de las AFP, en esta ocasión no se deberá pagar impuestos por hacer el retiro. Tampoco será necesario reintegrar los dineros retirados. Los montos que se obtengan del retiro no constituyen renta o remuneración para ningún efecto legal. A diferencia de los retiros anteriores, este tercer retiro del 10% está libre de impuestos. Sí, esta vez también será retenido el 10% de los padres con deuda por pensión alimenticia. Debes comunicarte directamente con el Poder Judicial. Puedes acudir directamente al Poder Judicial para solicitar que aclaren tu situación de deuda.

Impacto en beneficios internacionales:

El retiro de ahorros previsionales puede tener un impacto en la obtención de beneficios que se otorgan a través de convenios internacionales de seguridad social, dado que existen países suscritos a estos convenios que contemplan en el acceso a beneficios, un mínimo de meses con aportes previsionales. En ciertos casos estos periodos de cotización pueden ser complementados con los aportes previsionales realizados en Chile.

Reposición de Fondos:

La ley que autoriza el 3° retiro de fondos cuenta con un mecanismo voluntario en el que podrás solicitar imponer un 1% adicional, al menos por 12 meses en la AFP. En el caso de los Retiros 1 y 2 no hay mecanismos para la reposición de fondos.

Solicitudes a través de mandatarios:

Los afiliados que presenten la solicitud a través de mandatarios, deberán otorgar los mandatos mediante escritura pública o privada, y en este último caso, con la firma autorizada ante Notario u Oficial del Registro Civil en los lugares donde no hubiese Notaría.

Trabajadores dependientes e independientes:

Existen dos formularios de solicitud que dependen del tipo de trabajador que la presente.

  • Trabajadores dependientes, al ser el empleador quien debe realizar el pago de las cotizaciones previsionales.
  • Trabajadores independientes obligados a cotizar, en este caso quien realizará el cálculo será hecho por Servicio de Impuestos Internos, al momento de determinar las cotizaciones previsionales.

¿Qué hacer con los fondos?

Es importante tener en cuenta que cada caso es único, y la decisión de qué hacer con tus fondos dependerá de tu edad, situación personal, profesional y familiar. Asesórate con profesionales para tomar la mejor decisión. La respuesta a esta pregunta dependerá de varios factores, como tus ingresos, los impuestos que pagas, el saldo de tu cuenta de ahorro obligatorio, si tienes deudas y tu edad.

Ejemplo del valor de los fondos de pensiones:

El valor de los fondos de pensiones se expresa en cuotas y en valor cuota. La cantidad de cuotas representa cuántas partes del fondo eres dueño. Mientras que el valor cuota es un valor de referencia que permite medir la rentabilidad que va generando el fondo, en el día a día. Por ejemplo: si un afiliado tiene acumulado $100.000 y el valor de la cuota es de $1.000, entonces el capital de este afiliado se expresa en 100 cuotas.

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