La presente escala comprende la suma mensual de las contraprestaciones en dinero que para cada grado (o contrato por jornadas) debe recibir un funcionario en razón de su empleo o función pagadas habitual y permanentemente, sin los descuentos legales que correspondan (remuneración bruta).

A partir del 01/12/2016, se reajusta la escala de sueldos en un 3.2% según la Ley N° 20.975 que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala y concede otros beneficios que indica.

Para los datos del mes de Enero 2018, la información sobre Escala de Remuneraciones no registra modificaciones.

Componentes de la Escala de Sueldos

La escala de sueldos del sector público chileno incluye diversos componentes que determinan la remuneración final de un funcionario. A continuación, se detallan algunos de estos componentes:

  • Sueldo Base (DL.3.551): Es el sueldo base establecido por el Decreto Ley 3.551.
  • Incremento Remuneración (Art.1 DL.3.501/80): Es el incremento en la remuneración según el Artículo 1 del Decreto Ley 3.501/80.
  • Aporte Fiscalización (DL.3551): Es el aporte por fiscalización según el Decreto Ley 3.551.
  • Bonificación Salud (Ley. 18.566): Es la bonificación por salud según la Ley 18.566.
  • Bonificación AFP (Art.10 L.18.675): Es la bonificación para la AFP según el Artículo 10 de la Ley 18.675.
  • Asignación Única (Art.4 L.18.717): Es la asignación única según el Artículo 4 de la Ley 18.717.
  • Asignación (LEY N°18.091): Es la asignación según la Ley N°18.091.
  • Asignación Especial (Art.): Asignación especial según el artículo correspondiente.

Contraprestaciones No Contempladas en la Escala

En la escala no se contemplan las contraprestaciones eventuales y accidentales y las afectas a fines determinados, tales como: la asignación familiar, los aguinaldos y las horas extraordinarias, cuando no tienen el carácter de permanentes, y ciertos derechos estatutarios que constituyen beneficios indemnizatorios, como los viáticos, asignación zona, asignación zona extrema, bono de escolaridad, asignaciones especiales.

No se contemplan las contraprestaciones eventuales y accidentales y las afectas a fines determinados, tales como: la asignación familiar, los aguinaldos y las horas extraordinarias, cuando no tienen el carácter de habituales y permanentes, y ciertos derechos estatutarios que constituyen beneficios indemnizatorios, como los viáticos y el bono de escolaridad. Esto de acuerdo a lo establecido por la CGR (entre otros, dictamen N°25.275 de 2005).

Asimismo, no se consignan aquellas contraprestaciones que correspondan en atención a la situación personal de cada funcionario, tales como los bienios (antigüedad). Éstas se informan, respecto de cada funcionario en particular, en la plantilla de personal que corresponda.

Incentivos y Bonificaciones por Desempeño

El sistema de remuneraciones del sector público chileno también incluye incentivos y bonificaciones ligados al desempeño, tanto individual como institucional.

  • El monto de la Asignación de Desempeño Institucional (Art. 9 Ley N° 20.212).
  • El monto del Bono Desempeño Individual (Art. 12 Ley N° 20.212).
  • El monto por la Bonificación Compensatoria del Bono Desempeño Institucional (Art. 12 Ley N° 20.212).

Para los datos del mes de Enero 2018, la información sobre Escala de incentivos y metas no registra modificaciones.

Detalles sobre Asignaciones e Incentivos

Las Asignaciones indicadas se cancelan trimestralmente en los meses de: marzo, junio, septiembre y diciembre respectivamente. La base de cálculo para la Asignación Desempeño Institucional es: Sueldo Base + Asignación de Fiscalización Art.6 DL 3.551 + Asignación única Art.4 Ley 18.717 + Asignación Art.

La base de cálculo para el Bono Desempeño Individual es: Sueldo Base + Asignación de Fiscalización Art.6 DL 3.551. El monto de la Bonificación Compensatoria Bono Desempeño Institucional es variable según requisitos.

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