Postular al Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es muy fácil y se puede realizar durante todo el año a través del sitio web del Sence.

¿Cómo y cuándo postular al SEJ?

Durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica. Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio.

Requisitos para ser beneficiario

¿Quieres verificar si cumples con los requisitos de postulación?

Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.

Pago Mensual

  • Son anticipos del pago anual.
  • En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
  • El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).

Pago Anual

  • El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.

Consideraciones importantes

¡Evita problemas o retrasos con tu pago! Importante: si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.

Extensión del SEJ

Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.

Extensión por estudios

  • Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria.
  • El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.

Extensión por Maternidad

  • Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.

¿Dónde solicito la extensión del SEJ?

Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.

En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.

Renuncia al Subsidio

“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

Información Adicional

La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.

El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.

Puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio.

Para los empleadores el subsidio siempre será mensual.

* Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.

TAG: #Empleo #Subsidio

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