El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es una herramienta concreta para apoyar los ingresos y mejorar la estabilidad económica de los jóvenes trabajadores. Estos beneficios están disponibles los 365 días del año en www.sence.cl.
¿Cómo y cuándo postular al SEJ?
Se puede postular los 365 días del año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica. Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio.
Requisitos para postular
Para ser beneficiario del SEJ, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Trabajar de manera dependiente o independiente.
- Tener, al momento de postular, una remuneración imponible igual o menor a $1.011.000.
- En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
Modalidades de Pago
Al momento de postular, el o la trabajadora debe escoger entre la modalidad de Pago Anual o Pago Mensual.
- Pago Anual: Por su fórmula de cálculo, no está sujeto a devolución de dinero. El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
- Pago Mensual: Por su fórmula de cálculo, podría estar sujeto a devolución de dinero. El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).
Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.
Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.
Importante: Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.
Duración del Subsidio
El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad. Puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio.
Extensión del SEJ
Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.
- Extensión por estudios: Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria. El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
- Extensión por Maternidad: Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.
Para solicitar la extensión del SEJ, revisa el instructivo de solicitudes de extensión. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
Subsidio al Empleo para Empleadores
Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio. Para el caso de las empresas pequeñas y medianas en la línea REGRESA tendrá una duración de 8 meses y en la línea CONTRATA tendrán una duración de 10 meses de beneficio.
- Para la línea CONTRATA el monto del subsidio es equivalente al 50% de la remuneración mensual imponible con tope de $250.000 por cada nueva contratación que realicen las empresas.
- Respecto de la duración del beneficio, para ambas líneas se bonificará un máximo de 4 meses. Esto es, si la empresa postula en septiembre de 2021, se bonificaran cuatro meses (hasta diciembre de 2021).
Requisitos para Empleadores
Para que la postulación sea aceptada por SENCE, el contrato del trabajador debe tener una vigencia de un mes. La aprobación de la postulación se realizará en un máximo de cinco días desde el momento de la postulación (la empresa tiene hasta 30 días desde la fecha de inicio de la relación laboral para postular a una persona).
El primero pago ocurrirá el último día hábil del mes siguiente al inicio de la relación laboral, o dentro de los primeros cinco días hábiles de aquel subsiguiente, siempre y cuando se verifique el pago de cotizaciones previsionales correspondientes al primer mes de trabajo (proporcional a los días trabajados).
Ejemplo: supongamos que un trabajador es contratado el día 22 de octubre. La empresa, puede postularlo hasta el 22 de noviembre, y la aceptación de la postulación se producirá el mismo 22 de noviembre. Dado que la aceptación de la postulación se produjo en la segunda quincena, entonces el primer pago se realizará el día 15 de diciembre.
Causales de Suspensión del Subsidio para Empleadores
SENCE suspenderá los pagos del subsidio durante el período en que el trabajador se mantenga con la suspensión en los siguientes casos:
- El trabajador se encuentre gozando de licencia médica. Una vez terminada la licencia, SENCE retomará los pagos restantes del subsidio, si es que los hubiere.
- Exista suspensión del contrato de trabajo por Acto de Autoridad (ej. Cuarentenas, cordones sanitarios).
Pérdida del Beneficio para Empleadores
La empresa dejará de percibir los beneficios restantes respecto de todos los trabajadores postulados en la línea Regresa si:
- La empresa no mantiene la afectación económica. Esto se medirá de la siguiente forma: 3 meses después de la primera postulación de la empresa, se calcularán las ventas de los últimos 12 meses. Si estas ventas son mayores a las ventas entre enero y diciembre de 2018, entonces se considera que la empresa ya no cuenta con la afectación económica. Esta revisión se realizará cada 3 meses, desde la primera postulación.
- La empresa no mantiene, al menos, el 80% de los trabajadores presentes en la planilla de contraste. La planilla de contraste contiene a aquellos trabajadores a los cuales se les pagó cotizaciones en el mes asociado a la primera postulación.
- La empresa pacte la reducción de la remuneración mensual imponible del trabajador que causa el beneficio.
- La empresa termina la relación laboral con el trabajador, ya sea por despido, renuncia o fallecimiento.
Consideraciones Adicionales para Empleadores
- Sí, la empresa puede reincorporar a sus trabajadores con reducción de jornada. En este caso, el subsidio será proporcional a la reducción.
- Ni la empresa ni el trabajador (pensionado por vejez) deben realizar trámite alguno para incorporarse a la línea Contrata del Subsidio al Empleo.
- Si el pago del subsidio es rechazado debido a que la cuenta es errónea o no está asociada a la empresa, se genera un vale vista al mes siguiente con vigencia de 90 días para ser retirado en BancoEstado.
- Tanto el primer pago como los sucesivos se realizarán entre los días finales del mes siguiente y los primeros cinco días de aquel subsiguiente al inicio de la relación laboral.
- Importante: si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.
- Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
- Para renunciar al Subsidio al Empleo, la empresa debe informarlo a SENCE.
La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación. En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.

