El simulador de pensiones de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA) es una herramienta que permite a los funcionarios y sus beneficiarios obtener información relevante sobre sus derechos y beneficios previsionales. A continuación, se detalla su funcionamiento y aspectos importantes.
¿Cómo acceder al simulador?
Una vez en el sitio web de Dipreca, ingresa tu RUN y ClaveÚnica.
Importante: si requieres mayor información, llama al Call Center de Dipreca: 600 6135 600 (desde celulares y red fija).
Oficinas regionales de Dipreca.
Beneficios y Pensiones
Pensión de Montepío
Es la pensión que se otorga a los beneficiarios del personal de la Policía de Investigaciones que fallece en servicio activo o pasivo, con derecho a pensión de retiro. La pensión de montepío se pagará a contar de la fecha de fallecimiento del causante, una vez totalmente tramitada la resolución de pensión de montepío.
Beneficiarios en 1° Grado:
- La viuda o el viudo, que hubiere contraído matrimonio con él o la causante, con al menos tres años de anterioridad al fallecimiento.
- Ser solteros menores de 18 años de edad, o mayores de 18 y menores de 24 si son estudiantes de cursos regulares de enseñanza básica, media, técnica o superior.
- Ser soltero inválido o incapaz absoluto, cualquiera sea su edad.
- *Asignataria especial del artículo 24 de la Ley N° 15.386 (Madre de hijos no matrimoniales).
- Vivir a expensas del causante.
Devolución de Imposiciones del Fondo de Desahucio
En caso de retirarse sin derecho a pensión, el funcionario podrá solicitar la devolución de imposiciones del fondo de desahucio, acercándose a la División de Gestión y Modernización de las Policías, cumpliendo los requisitos establecidos en la legislación vigente.
- Haber cotizado, al menos, 3 años al fondo de Desahucio.
Solicitud de Beneficios
La solicitud debe ser presentada en la División de Gestión y Modernización de las Policías, ubicada en calle Agustinas N°1235, piso 8, Santiago, personalmente o remitirla por carta certificada. Si la envía mediante carta certificada, la remite a la División de Gestión y Modernización de las Policías, ubicada en calle Agustinas N°1235, piso 8, Santiago.
Legislación Aplicable
- DFL Nº 1, de 1980, del Ministerio de Defensa, Estatuto del Personal de la PDI.
- Decreto Nº 412, de 1992, del Ministerio de Defensa, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile.
- Ley Nº 15.386.
- Ley Nº 18.263.
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