El finiquito es un documento legal esencial que formaliza y ratifica el término de una relación laboral entre un trabajador y un empleador. El finiquito es un acuerdo entre ambas partes. El finiquito es un documento crucial que garantiza que ambas partes, trabajador y empleador, han cerrado correctamente la relación laboral. En Chile, el finiquito debe ser firmado ante un ministro de fe (como un notario) y asegurar que ambas partes han cumplido con sus obligaciones.
El finiquito es "el instrumento emanado y suscrito por las partes del contrato de trabajo, empleador y trabajador, con motivo de la terminación de la relación de trabajo, en el que dejan constancia del cabal cumplimiento que cada una de ellas ha dado a las obligaciones emanadas del contrato, sin perjuicio de las acciones o reservas con que alguna de las partes lo hubiere suscrito, con conocimiento de la otra. El finiquito en cuanto acto jurídico representa una convención y, frecuentemente, es de carácter transaccional". (Manual de Derecho del Trabajo, William Thayer Arteaga y Patricio Novoa Fuenzalida, Tomo IV, quinta edición actualizada, pág.
La naturaleza jurídica del finiquito, es la de una convención, es decir, un acto jurídico que genera o extingue derechos y obligaciones, que nace de la voluntad de las partes que lo suscriben, y es por lo tanto es vinculante para quienes concurrieron a otorgarlo para dar por terminada una relación laboral y consintieron en finalizarla en determinadas condiciones. Sexto: Que sin embargo esta Corte ha expresado que al finiquito se le conceptualiza formalmente como "el instrumento emanado y suscrito por las partes del contrato de trabajo, empleador y trabajador, con motivo de la terminación de la relación de trabajo, en el que dejan constancia del cabal cumplimiento que cada una de ellas ha dado a las obligaciones emanadas del contrato, sin perjuicio de las acciones o reservas con que alguna de las partes lo hubiere suscrito, con conocimiento de la otra. El finiquito en cuanto acto jurídico representa una convención y, frecuentemente, es de carácter transaccional". (Manual de Derecho del Trabajo, William Thayer Arteaga y Patricio Novoa Fuenzalida, Tomo IV, quinta edición actualizada, p.
Asimismo, ha señalado que el finiquito legalmente celebrado constituye un equivalente jurisdiccional que tiene la misma fuerza que una sentencia firme o ejecutoriada y da cuenta del término de la relación en las condiciones que consigna. En un sentido forense expresa la liberación de una deuda o parte de ella que hace el acreedor al deudor. Según el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, el finiquito es el remate de las cuentas; el certificado que se da para que conste estar ajustadas y satisfecho el alcance de ellas; dar finiquito es acabar con el caudal o con otra cosa.
Se sostiene que el finiquito laboral constituye una institución propia del Derecho del Trabajo que puede conceptualizarse como una convención entre las partes del contrato de trabajo por medio de la cual llegan a un acuerdo relativo al cumplimiento de las obligaciones recíprocas con el objeto principal de impedir que la controversia deba plantearse necesariamente ante los Tribunales de Justicia. En ese sentido, el finiquito es una transacción -en la especie, contrato por el que las partes precaven un eventual litigio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2446 del Código Civil- en la que se ajustan cuentas pendientes, por lo que es dable exigirle la especificidad necesaria, en atención no sólo a los bienes jurídicos en juego, esto es, derechos laborales de orden público, sino también porque se trata de evitar o eludir un pleito, una controversia, entre quienes comparecen a dicho ajuste de cuentas, de ahí que es necesario requerir la máxima nitidez en cuanto a las materias, derechos, obligaciones, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales se ha formado el consentimiento, con el objeto precisamente de impedir discusiones como la presente en que una parte entiende que no ha transado y la otra, supone el acuerdo.
De ese modo -con la nitidez sobre los temas que versa el acuerdo- podrá exigírsele a cada parte que cumpla con lo acordado, desde que constituye una ley para los contratantes y en el que debe concurrir la buena fe. El finiquito deberá ser otorgado por el empleador y puesto su pago a disposición del trabajador dentro de diez días hábiles, contados desde la separación del trabajador. En el despido de un trabajador por alguna de las causales a que se refiere el inciso quinto del artículo 162, los ministros de fe, previo a la ratificación del finiquito por parte del trabajador, deberán requerir al empleador que les acredite, mediante certificados de los organismos competentes o con las copias de las respectivas planillas de pago, que se ha dado cumplimiento íntegro al pago de todas las cotizaciones para fondos de pensiones, de salud y de seguro de desempleo si correspondiera, hasta el último día del mes anterior al del despido.
Requisitos para la validez del finiquito
Tal instrumento, de acuerdo a la norma transcrita precedentemente, debe reunir ciertos requisitos, a saber, debe constar por escrito y, para ser invocado por el empleador, debe haber sido firmado por el interesado y alguno de los ministros de fe que indica.
En efecto, la validez del finiquito exige la concurrencia copulativa de las siguientes condiciones: a) Requisitos objetivos de validez o formalidades, esto es, i. Debe constar por escrito, ii. Debe haber sido firmado por el interesado y alguno de los ministros de fe que indica el artículo 177 del Código del Trabajo, iii. El ministro de fe actuante debe dejar constancia de alguna manera, de la aprobación que el trabajador presta al acuerdo de voluntades que se contiene en el respectivo instrumento.
Asimismo este instrumento debe cumplir con: b) Requisitos subjetivos, es decir, iv. 2.- Debe haber sido firmado por el interesado y alguno de los ministros de fe citados en esa disposición, esto es: Un Inspector del Trabajo, un Notario Público de la localidad, el Oficial del Registro Civil de la respectiva comuna o sección de comuna o el Secretario Municipal correspondiente.. Teniendo la naturaleza de contrato debe cumplir con los elementos de todo contrato y algunos que son específicos para la transacción que son: a) Que exista un derecho dudoso o incierto y b) Que las partes hagan mutuas concesiones.
Siendo el finiquito un contrato de transacción, el acuerdo de las voluntades es esencial. "Que, así, el finiquito corresponde a una convención, en cuanto acto jurídico voluntario que genera o extingue derechos y obligaciones, y que da cuenta del término del vínculo laboral de la manera que señala, y como tal, es posible que una de ellas manifieste discordancia en algún rubro, en cuyo extremo el finiquito no tiene poder liberatorio, situación que puede consignarse mediante la formulación de la reserva correspondiente".
Tipos de Finiquitos
El finiquito es un acto legal mediante el cual empleador y trabajador firman el documento de cese de la relación laboral, en el que se estipula su causa, la forma de pago y el monto correspondiente. Para realizarlo de la mejor manera, es importante saber cuántos tipos de finiquitos existen, según lo estipulado en el Código del Trabajo.
Teniendo en cuenta lo que es el finiquito, podríamos decir que hay siete tipos principales, que se pagan dentro de los 10 días hábiles siguientes y, al momento de firmarlo, es crucial estar al día con las cotizaciones previsionales y de salud.
- Renuncia voluntaria del trabajador: Se configura cuando el trabajador termina relación laboral, dando aviso a la empresa con treinta días mínimo de anticipación, según lo dispuesto en el artículo 159 del Código del Trabajo. El monto económico a recibir corresponde a la suma de las remuneraciones adeudadas y una compensación monetaria por sus vacaciones proporcionales.
- Término anticipado del contrato por necesidades de la empresa: Se da cuando nos vemos en la obligación de terminar la relación laboral antes de que el contrato culmine, por razones ajenas al trabajador. Si no le avisamos al empleado con 30 días de anticipación, debemos indemnizarlo con una suma equivalente a la última remuneración mensual percibida, además de un mes de sueldo por año de servicio.
- Despido justificado: Podemos terminar el contrato laboral sin derecho a indemnización alguna cuando el trabajador incurra en una o más de las causales establecidas en el artículo 160 del Código de Trabajo, tales como: falta de probidad, ausencias injustificadas, abandono del trabajo, entre otros. No obstante, al calcular un finiquito de este tipo, debemos considerar pagar las vacaciones y días laborados.
- No renovación de contrato a plazo fijo: Esto ocurre cuando decidimos no renovar un contrato, implica el pago del último mes de remuneraciones y las vacaciones proporcionales. Hay que tener presente que si se vuelve a firmar un contrato a plazo fijo por más de dos periodos o tenemos pleno conocimiento de que la persona continúa ejerciendo sus funciones, procede que pase a contrato indefinido.
- Conclusión del trabajo o servicio: En este caso, invocamos la “conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato” (artículo 159 del C.T). Al hacerlo, tenemos que pagar la indemnización por el tiempo servido, que equivale a dos días y medio por cada mes trabajado.
- Fallecimiento del trabajador: En este caso no es necesario suscribir un finiquito. Sin embargo, debemos pagar el sueldo adeudado, con vacaciones proporcionales, a quien acredite haberse hecho cargo del funeral. Si sobra algo de dinero después, debemos desembolsarlo al cónyuge, hijos o padres, esto de facilita con un ERP contable.
- Fuerza mayor o caso fortuito: Aquí la relación laboral termina por motivos ajenos al empleador. Por esta razón, no proceden indemnizaciones por años de servicio ni de ningún tipo, sin prejuicio del pago que figura en el programa de remuneraciones y cualquier bono o reconocimiento voluntario.
Cálculo del Finiquito
El cálculo del finiquito depende de varios factores, entre ellos, las causales de término del contrato (despido, renuncia, etc.) y los haberes que se adeudan al trabajador.
- Determina la causal de término del contrato: El finiquito varía según si el término fue por despido (con o sin justificación) o renuncia del trabajador.
- Calcula las remuneraciones pendientes: El empleador tiene la obligación legal de pagar todas las remuneraciones adeudadas hasta la fecha de término del contrato. Esto incluye, por ejemplo, el sueldo correspondiente a la última quincena o mes trabajado si aún no ha sido pagado.
- Calcula las vacaciones proporcionales: Los trabajadores tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones al año.
- Determina la indemnización por años de servicio: Corresponde a 30 días de salario por cada año trabajado, o fracción superior a seis meses. Para calcularla, se debe tomar el último sueldo base mensual del trabajador y multiplicarlo por los años de servicio. Ten en cuenta que existen topes legales: la ley establece un máximo de hasta 11 mensualidades, con un tope en UF que varía año a año.
Trámite de Finiquito Laboral Electrónico
El trámite de finiquito laboral electrónico permite al trabajador o trabajadora recibir, por regla general, el pago directamente en su cuenta bancaria.
Requisitos:
- RUT del empleador o empleadora, y cédula de identidad vigente del trabajador o trabajadora.
- Ser titular de una cuenta bancaria vigente en Chile (cuenta corriente, cuenta vista o CuentaRUT del BancoEstado). Las cuentas de ahorro y bipersonales no podrán ser utilizadas para este trámite.
- Haber hecho el pago íntegro y oportuno, a través de Previred, de las cotizaciones previsionales del trabajador o trabajadora del cual se otorga el finiquito.
Pasos a seguir:
- Ingresa al sitio web de la Dirección del Trabajo (DT). Necesitarás tu ClaveÚnica.
- Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Ingresa”.
- Para validar la propuesta de finiquito, haga clic en “Firmar y enviar finiquito a revisión”.
Opciones disponibles para el trabajador:
- “Aceptar propuesta”: Haga clic en “Aceptar y firmar”. Después de que el empleador o empleadora pague, recibirá una notificación en su correo electrónico. Como resultado del trámite, habrá ratificado el finiquito de trabajo. Importante: el pago (si corresponde) debe realizarse en el mismo acto de ratificación del finiquito.
- “Aceptar propuesta con reserva de derechos”: Complete la información requerida, señalando específicamente el o los motivos asociados a la reserva de derechos, y haga clic en “Ver para firmar”.
- “Rechazar propuesta”: En este caso se finaliza el trámite. El trabajador o trabajadora puede registrar los motivos de su rechazo. Ingrese los motivos en el campo “Describir motivo del rechazo”, y haga clic en “Rechazar”.
Para el pago del finiquito, ingrese al portal Mi DT, seleccione la opción de finiquito laboral, y haga clic en el botón "Ir a portal de pago".
Es crucial estar al día con las cotizaciones previsionales y de salud. El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido. El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.
Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).
Reserva de Derechos
Sabemos que el momento de un despido puede sentirse como un golpe fuerte 💥. Incertidumbre, angustia, preguntas sin respuesta... y de pronto, un documento: el finiquito 📄. Le dirán que debe firmarlo, quizás en una notaría o incluso en línea con su Clave Única. Pero, ¡alto! Firmar el finiquito sin la asesoría adecuada puede significar renunciar a defenderse.
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