¿Sabes cómo funciona el finiquito por renuncia voluntaria en Chile? Cuando decides renunciar a tu trabajo, tienes derecho a ciertos pagos que el empleador debe incluir en el finiquito. Aquí te explicaremos detalladamente qué pagos te corresponden.

Derechos al renunciar a un trabajo en Chile

Cuando usted renuncia, le pagan las vacaciones y remuneraciones que le deban hasta el día de la renuncia. No se pagan indemnizaciones.

Estos incluyen:

  1. Remuneraciones pendientes: Corresponde al pago de los días trabajados en el mes en curso hasta la fecha efectiva de la renuncia.
  2. Vacaciones proporcionales y pendientes: Si tienes días de vacaciones acumulados y no utilizados, el empleador debe compensarlos económicamente.

El empleador está obligado a extender y firmar el finiquito, el cual debe incluir los siguientes conceptos:

  • Días trabajados pendientes.
  • Vacaciones proporcionales y progresivas no utilizadas.

Formalidades de la renuncia

Una vez que el trabajador ha decidido renunciar, debe notificar a la empresa de su decisión. La ley establece que el trabajador debe informar con 30 días de anticipación sobre su decisión de finalizar su relación laboral. Según el Código del Trabajo, el trabajador debe dar aviso con 30 días corridos de anticipación.

La notificación debe incluir la fecha de inicio y fin del contrato de trabajo, así como la razón por la que el trabajador está renunciando.

El finiquito, la renuncia y el mutuo acuerdo deberán constar por escrito.

En efecto, el artículo 177 del Código del Trabajo exige que tal acto jurídico conste por escrito; y, además, sea suscrito por el trabajador y el presidente del sindicato, el delegado del personal, o ratificado por el trabajador ante ministro de fe competente. El instrumento respectivo que no fuere firmado por el interesado y por el presidente del sindicato o el delegado del personal o sindical respectivos, o que no fuere ratificado por el trabajador ante el inspector del trabajo, no podrá ser invocado por el empleador.

La razón por la cual el legislador exige tales formalidades en la manifestación de voluntad del trabajador en el caso de renuncia dice relación con que dicha causal inhibe al trabajador de la indemnización por años de servicio, y por ello se busca proteger a éste último de coacciones por parte del empleador para obtener su manifestación de voluntad tendiente a tal renuncia o en la creación de una falsa renuncia.

Tanto el trabajador como el empleador tienen la responsabilidad de verificar que la carta de renuncia de finiquito laboral cumpla con los parámetros establecidos por el Estado chileno.

  1. Como empresa, puedes recibir la carta de renuncia impresa o en formato digital.
  2. Es fundamental que el empleado plasme correctamente sus datos, entre ellos el RUT.
  3. Como ya te lo mencionamos, un funcionario del Estado debe ratificar la renuncia.

Proceso de Finiquito

Una vez que la empresa ha recibido la notificación de renuncia, debe iniciar el proceso de finiquito. La empresa puede optar por realizar el proceso de finiquito en línea a través del sitio web de la Dirección del Trabajo. Este método es conveniente y permite agilizar el trámite.

Sobre el finiquito, refiere que debe ser otorgado por el empleador y puesto el pago a disposición del trabajador dentro de 10 días hábiles, contados desde la separación del trabajador, lo que implica que dentro de dicho término debe proceder a confeccionar tal documento, consignando en él todos los valores que corresponda pagarle a causa del término de la relación laboral, los cuales deben estar disponibles para su aceptación y recepción, dentro del mismo plazo.

El finiquito deberá ser otorgado por el empleador y puesto su pago a disposición del trabajador dentro de diez días hábiles, contados desde la separación del trabajador.

Otro detalle importantísimo que debes saber es que el empleador debe poner a disposición el finiquito dentro de 10 días hábiles desde la separación del trabajador.

El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.

En cuanto a los requisitos expuestos, señala que ellos han sido exigidos con el carácter de una mera formalidad del acto, el cual se perfecciona por la sola manifestación de voluntad del dependiente en orden a poner término a la relación laboral.

La Dirección del Trabajo ofrece una variedad de recursos en su sitio web para ayudar tanto a trabajadores como a empleadores a realizar el proceso de finiquito. Además, el sitio web de la Dirección del Trabajo proporciona formularios que pueden ser descargados y utilizados para facilitar el trámite. Ingresa al sitio web de la Dirección del Trabajo (DT). Necesitarás tu ClaveÚnica.

Así las cosas, también lo puedes firmar en la notaría a la que te cite tu empleador. En caso de que estés disconforme, no estés seguro o si no te avisaron dónde debes firmar el finiquito, puedes ir a las oficinas de la Dirección del Trabajo y solicitar un comparendo de conciliación.

El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple).

Plazo para el pago del finiquito

El empleador debe pagar el finiquito en un plazo de 10 días hábiles desde la fecha de renuncia. Si incumple, puede ser denunciado ante la Inspección del Trabajo y multado. Además, el trabajador puede demandar con ayuda de un abogado laboralista.

¿Cómo renunciar correctamente en Chile?

Para que tu renuncia sea válida, debes seguir este procedimiento:

  1. Redactar una carta de renuncia: Debe incluir tu declaración expresa de renuncia y la fecha efectiva del término de la relación laboral. El formato es libre, pero asegúrate de que sea clara y profesional.
  2. Entrega formal de la carta: Entrega la carta personalmente al empleador. Solicita que te timbren o firmen una copia como comprobante de recepción.

Renuncia Voluntaria Digital

La Renuncia Voluntaria Digital es un trámite que permite a los trabajadores/as formalizar y ratificar su decisión de renunciar a un contrato de trabajo, utilizando el Portal Mi DT de la Dirección del Trabajo, quien actúa como Ministro de Fe en el proceso.

¿Qué es la Renuncia Voluntaria Digital?

Es un proceso que permite a los trabajadores emitir y ratificar su renuncia laboral a través del Portal Mi DT, sin necesidad de acudir presencialmente a las oficinas de la Dirección del Trabajo. Este trámite gratuito ofrece la ventaja de ahorrar tiempo y simplificar los pasos para formalizar el término de la relación laboral.

¿Ratificar la renuncia en el Portal Mi DT es suficiente para informar al empleador?

No. Aunque la ratificación digital es válida ante la Dirección del Trabajo, no exime al trabajador de su obligación de notificar formalmente al empleador. El trabajador debe entregar una copia impresa de la carta de renuncia ratificada de una de las siguientes formas:

  • Entrega presencial: Personalmente al empleador, quien debe firmar o timbrar una copia como constancia de recepción.
  • Correo certificado: Enviando la carta a la dirección del empleador, lo que garantiza el cumplimiento del aviso legal.

¿Por qué es importante notificar al empleador?

El artículo 159 número 2 del Código del Trabajo establece que es responsabilidad del trabajador informar al empleador sobre su decisión de renunciar. Si no se entrega la carta de renuncia de manera presencial o mediante correo certificado, el empleador podría alegar desconocimiento del término de la relación laboral, lo que puede generar problemas administrativos y legales.

Beneficios del trámite digital

La Renuncia Voluntaria Digital presenta varias ventajas:

  • Ahorro de tiempo: No es necesario acudir a las oficinas de la Inspección del Trabajo para ratificar la renuncia.
  • Gratuito: El trámite no tiene costo.
  • Accesibilidad: Puede realizarse desde cualquier lugar con acceso a internet, a través del Portal Mi DT.

¿Qué sucede si no notifico al empleador mi renuncia digital?

Si no entregas al empleador la carta de Renuncia Voluntaria Digital ratificada, ya sea presencialmente o por correo certificado, estarás incumpliendo con tu obligación legal.

Mitos y Realidades sobre la Renuncia en Chile

Renunciar a un empleo en Chile es una decisión que, además de ser personal, está regulada por normas específicas del Código del Trabajo. Sin embargo, existen muchas ideas equivocadas en torno al proceso de renuncia, lo que puede generar dudas o temores en los trabajadores.

Mito 1: Si renuncio, pierdo todos mis derechos laborales.

Realidad: Renunciar no implica perder los derechos laborales adquiridos. Además, si corresponde, el empleador debe incluir otros beneficios económicos estipulados en tu contrato o convenio colectivo.

Mito 3: El empleador puede rechazar mi renuncia.

Realidad: El empleador no puede negarse a aceptar una renuncia. La renuncia es un acto unilateral del trabajador que solo requiere ser presentada por escrito. Para que sea válida, debes entregar una carta de renuncia con al menos 30 días de anticipación, salvo que el contrato estipule un plazo distinto. Es recomendable que la carta se entregue en dos copias, asegurándote de que una sea firmada o timbrada como comprobante de recepción.

Mito 4: Si renuncio, el empleador no está obligado a hacer un finiquito.

Realidad: El finiquito es obligatorio en cualquier término de contrato, incluyendo la renuncia. Este documento formaliza la relación laboral y detalla los pagos correspondientes al trabajador. Si el empleador no lo extiende dentro del plazo legal, se expone a sanciones de la Inspección del Trabajo y posibles demandas laborales.

Reserva de Derechos

No. Bajo ninguna circunstancia estás obligado a firmar el finiquito. Sin perjuicio de lo anterior, existe una solución en caso de que necesites el dinero o quieras cobrarlo sin perder la posibilidad de ejercer acciones judiciales.

La Reserva de Derecho es una herramienta que pueden ejercer los trabajadores al momento de firmar el finiquito. La mejor opción en caso de cualquier disconformidad y/o duda, es escribir la Reserva de Derechos en el finiquito. Esta debe ser precisa respecto los derechos que se reservará el extrabajador para demandar posteriormente.

Sin perjuicio de lo expuesto, me reservo todas las acciones y derechos que me corresponden para impugnar la causal invocada por el empleador debido al carácter de injustificada, indebida y/o improcedente. También hago reserva de acciones y derechos para impugnar la base de cálculo, la fecha de inicio y despido de la relación laboral y todas las prestaciones laborales o cualquier otra prestación laboral que se adeuda. Asimismo, me reservo las acciones de tutela laboral, nulidad del despido y las otras acciones que me asistan. Las cuales deduciré en su debida oportunidad ante los tribunales laborales que correspondan, conforme a las disposiciones legales vigentes aplicables a la materia.

Existen reservas mucho más abreviadas, pero eso dependerá del conocimiento que tenga el trabajador y si recibió una asesoría previa a la firma del finiquito.

No, porque la Reserva de Derechos se encuentra regulada en el Código del Trabajo. Sin perjuicio de esto, el único momento en el cual te podrían impedir firmar con reserva es en una notaría de manera presencial.

Consideraciones Finales

El finiquito, en principio, se debe saldar en un solo pago.

Para el cálculo del finiquito se debe distinguir si la remuneración del trabajador es fija o variable. La remuneración será fija cuando reciba un sueldo base todos los meses y no dependa de ventas u otros factores para aumentar o disminuir su sueldo. En cambio, la remuneración será variable cuando el salario del trabajador dependa de ventas y/o comisiones para aumentar o disminuir su sueldo.

El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.

Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora.

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