Este artículo proporciona información detallada sobre el cobro de la pensión en el mes de fallecimiento, la normativa aplicable y quiénes son considerados beneficiarios.
¿Quiénes son los Beneficiarios de la Pensión de Sobrevivencia?
Los siguientes individuos pueden tener derecho a la Pensión de Sobrevivencia, dependiendo de ciertas condiciones y requisitos:
- Cónyuge: Es un derecho para tu familia. Deben haberse casado al menos 6 meses antes de la fecha de muerte. Si el matrimonio se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, éste se debe haber contraído 3 años antes de su muerte. El cónyuge debe estar en situación de discapacidad.
- Persona con Acuerdo de Unión Civil: Debe existir un Acuerdo de Unión Civil vigente de al menos un año previo a la muerte. Si éste se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, se debe haber contraído 3 años antes de su muerte.
- Persona con la que el afiliado tuvo hijos: Persona con la que el afiliado tuvo hijos sin haber tenido un vínculo matrimonial o de Acuerdo de Unión Civil. Además, solo si es soltero o viudo y vivía a expensas del afiliado a la fecha de su muerte.
- Hijos: Personas con discapacidad de cualquier edad. La invalidez debe estar declarada por la Comisión Médica Regional (COMERE) y debe haberse producido antes de que el hijo cumpla 18 o 24 años (según corresponda). Sólo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento de la afiliada ocurre a contar del 1 de octubre de 2008.
- Padres: Los padres solo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento ocurre a contar del 1° de octubre de 2008.
¿Dónde y Cómo Solicitar el Beneficio?
La persona trabajadora puede ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que está afiliada. El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y en las oficinas ChileAtiende.
- Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Autenticar”.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio.
Información Adicional Importante
- Ex Servicio del Seguro Social (SSS) y ex cajas del antiguo Sistema de Reparto: El ex Servicio del Seguro Social (SSS) y cada ex caja del antiguo Sistema de Reparto define a sus beneficiarios y requisitos. Importante: obtenga más información sobre los documentos específicos que deben entregar los beneficiarios en el campo Descripción (haga clic en la respectiva excaja).
- Estado del trámite: Importante: puede consultar el estado de su trámite llamando al 101 en estos horarios. Importante: consulte el estado del trámite llamando al 101, en estos horarios.
- Cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: Las personas afiliadas tenían cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la AFP enterará el aporte adicional que corresponda, con cargo a la compañía de seguros.
- Certificado de saldo: Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al pensionado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago.
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