El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un beneficio en dinero que entrega el Estado a empleadores y trabajadores jóvenes, con el objetivo de promover la contratación y mejorar los ingresos de los grupos más vulnerables. A continuación, te presentamos una guía completa sobre este subsidio.

¿Qué es el Subsidio al Empleo Joven (SEJ)?

Es un aporte en dinero dirigido a mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo. También son beneficiarios los empleadores y empleadoras de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados.

¿Quiénes pueden postular?

Existen requisitos tanto para trabajadores como para empleadores:

Para trabajadores:

  • Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
  • Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
  • Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según Registro Social de Hogares).

Para empleadores:

  • Contratar trabajadores que cumplan con los requisitos mencionados.

Requisitos para ser beneficiario y recibir el pago

Para ser beneficiario del SEJ y recibir el pago, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Percibir una renta bruta anual inferior a $7.948.180.
  • En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta brutal mensual inferior a $662.348.
  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.

¿Cómo y cuándo postular al SEJ?

Se puede postular los 365 días del año a través del sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence). Ingresa con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala. Durante todo el año a través del sitio web del Sence. Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio.

Formas de pago del SEJ

Existen dos formas de pago:

  • Pago Anual: Se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
  • Pago Mensual: Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).

Se recomienda optar por depósito bancario que pago en efectivo. Se recomienda: Por su fórmula de cálculo, no estás sujeta a devolución de dinero. Depósito en Cuenta Rut o tu cuenta bancaria. Retiro en efectivo en BancoEstado o ServiEstado, presentando tu cédula de identidad.

¿Cómo funciona el pago?

  1. Son anticipos del pago anual.
  2. A mayor renta, el monto disminuye.

El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.

Extensión del SEJ

Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre. Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria. El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años. Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ. En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.

¿Dónde solicito la extensión del SEJ?

Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.

¿Qué hacer en caso de problemas con el pago?

En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

¿Cómo renunciar al SEJ por tus trabajadores?

“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

Importante

¡Evita problemas o retrasos con tu pago! Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.

Importante: si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.

La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.

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