El Finiquito es el reflejo de las condiciones en que termina un contrato de trabajo. Cada vez que termina un contrato, es obligación del empleador que exista un finiquito que dé cuenta de ese término de contrato.

La importancia del finiquito es que libera a las partes (trabajador y empleador) de todas las responsabilidades que pudieran emanar del contrato de trabajado que originalmente los vinculó. El finiquito es un documento legal esencial que formaliza y ratifica el término de una relación laboral entre un trabajador y un empleador.

¿Qué es el Finiquito?

Es el documento que pone término formal al contrato de trabajo. En él se detalla todo lo que el empleador debe pagarle al trabajador tras la desvinculación: vacaciones no tomadas, indemnizaciones, días trabajados, entre otros.

En Chile, el finiquito debe ser firmado ante un ministro de fe (como un notario) y asegurar que ambas partes han cumplido con sus obligaciones.

El finiquito es un acuerdo entre ambas partes. Si el trabajador no firma el finiquito, el empleador no puede proceder a pagar la indemnización y no se podrá dar por terminado el contrato laboral formalmente.

El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple).

Cálculo del Finiquito

El cálculo del finiquito depende de varios factores, entre ellos, las causales de término del contrato (despido, renuncia, etc.) y los haberes que se adeudan al trabajador.

1. Determina la Causal de Término del Contrato

El finiquito varía según si el término fue por despido (con o sin justificación) o renuncia del trabajador. Además el contrato solo puede terminar por una causa legal (artículos 159, 160 y 161 del código del trabajo). No hay otras causales.

Sí. Puedes seleccionar la causal que aplique según el Código del Trabajo y el cálculo se ajustará automáticamente a lo que corresponde pagar según la ley.

2. Calcula las Remuneraciones Pendientes

El empleador tiene la obligación legal de pagar todas las remuneraciones adeudadas hasta la fecha de término del contrato. Esto incluye, por ejemplo, el sueldo correspondiente a la última quincena o mes trabajado si aún no ha sido pagado.

Este punto es obligatorio en el calculo del finiquito y cualquiera sea la causal de despido es obligación por parte del empleador pagar al trabajador lo adeudado por concepto de remuneración. En este caso lo que se hace es dividir el sueldo bruto (total haberes) del trabajador en 30 y multiplicarlo por los días trabajados.

3. Calcula las Vacaciones Proporcionales

Los trabajadores tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones al año. Sí. Si el trabajador tiene días de vacaciones acumuladas y no utilizadas, deben pagarse como parte del finiquito.

Para poder obtener las vacaciones o feriado proporcional en el cálculo del finiquito es necesario contar con las vacaciones que le corresponden al trabajador durante el periodo trabajado. Si consideramos los 15 días de vacaciones al año que tiene un trabajador por ley, podemos dividir estos 15 días en 12 meses y obtenemos 1,25 días de vacaciones por mes trabajado o 1,25/30 días por día trabajado.

Luego a esta cantidad de vacaciones obtenidas le restamos la cantidad de días de vacaciones que el trabajador ha hecho válidas. Entonces hasta ahora tendríamos vacaciones obtenidas - vacaciones gastadas.

Ahora, para el cálculo del feriado proporcional del finiquito debemos tomar las vacaciones pendientes del trabajador y desde el siguiente día hábil de la fecha del finiquito contar todos los días hábiles, es decir contar los días saltándonos todos los sábados, domingo y festivos. Si tenemos que un trabajador tiene 3 días de vacaciones pendientes y se finiquita un día jueves. Se contará: Viernes (día hábil 1), Sábado (día inhábil), Domingo (día inhábil), Lunes (día hábil 2), Martes (día hábil 3).

Para calcular en el finiquito el monto a pagar por concepto de feriado proporcional se suma el sueldo base + comisiones (o promedio de últimos 3 meses de comisiones en el caso de sueldo variable) por la cantidad de días de feriado proporcional.

4. Determina la Indemnización por Años de Servicio

Corresponde a 30 días de salario por cada año trabajado, o fracción superior a seis meses. Para calcularla, se debe tomar el último sueldo base mensual del trabajador y multiplicarlo por los años de servicio.

En el calculo de finiquito, muchas veces este el punto mas apreciado por los trabajadores ya que normalmente es el punto donde mas dinero se percibe si es que se cumple con la causal correspondiente. Por ejemplo si el trabajador trabajó 5 años y 4 meses: se consideran 5 años.

Ten en cuenta que existen topes legales: la ley establece un máximo de hasta 11 mensualidades, con un tope en UF que varía año a año.

5. Indemnización Sustitutiva del Aviso Previo

Corresponde a la indemnización que debe pagar el empleador si no dio aviso del término del contrato con al menos 30 días de anticipación. Es equivalente a la última remuneración completa, con tope de 90 UF.

Es un monto que se paga cuando el empleador no avisó con 30 días de anticipación el término del contrato. Corresponde a una mensualidad del último sueldo del trabajador.

En el cálculo del finiquito este punto podría no considerarse dependiendo de la causal. Revisa el detalle de causales de finiquito. En el caso de que si se considera solo aplica si no se cumple con un aviso de 30 días. En el caso que se cumpla se debe pagar sueldo base + comisiones + gratificación + colación + movilización.

Si se tiene sueldo variable el calculo de la comisión es el promedio de las comisiones de los últimos 3 meses.

6. Indemnización de Tiempo Servido

La indemnización de tiempo servido es un derecho a un pago en dinero para los contratos que terminan por la causal del artículo 159 N° 5 - Conclusión del trabajo que dio origen al contrato (obra o faena). Este pago es equivalente a 2.5 días de la última remuneración por cada mes y fracción superior a 15 días trabajado.

Herramientas y Recursos

Desde Buk creamos una calculadora de finiquitos para agilizar el proceso, es gratuita por lo que puedes acceder todas las veces que quieras. Si estás buscando una herramienta más tecnológica y eficiente, te recomendamos Buk.

A continuación presentamos una calculadora de finiquito online para calcular tu finiquito automáticamente. Para saber más información de cada campo toca sobre el icono de información info_outline.

Ingresa al sitio web de la Dirección del Trabajo (DT). Necesitarás tu ClaveÚnica.

Consideraciones Adicionales

  • Remuneraciones Pendientes: Es el sueldo pendiente por los días trabajados.
  • El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.
  • El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.
  • Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora.

Si tienes dudas sobre tu finiquito, es recomendable consultar con un abogado o con la Dirección del Trabajo para asegurarte de que tus derechos sean respetados.

Recuerda: para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe. Además, el trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo. Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).

Los cálculos del simulador de finiquito son realizados con los datos aportados por el consultante, los resultados son aproximados y no tienen valor vinculante para www.miderechochile.cl. Para obtener mayor precisión en la información es necesario realizar la consulta personal. www.miderechochile.cl no se responsabiliza por el uso del simulador, por los resultados de sus cálculos, ni por el uso que haga el consultante de los mismos.

Ten en cuenta: Los resultados del simulador pueden incrementarse o disminuir en caso de existir remuneraciones variables, pactos de indemnizaciones convencionales, descuentos pendientes por préstamos del empleador al trabajador, uso del empleador de su facultad de descontar aportes al Seguro de Cesantía (cuando proceda), entre otros factores.

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