¿Solicitaste una visa sujeta a contrato y después te percataste que existían mejores opciones? ¿Quieres trabajar con dos empleadores a la vez o por cuenta propia? Si quieres cambiar tu visa sujeta a contrato por una visa de residencia temporaria, debes realizar el trámite de rectificación de visa o cambio de visa, según corresponda.

Rectificación de Visa (Antes del Estampado)

Si deseas rectificar tu solicitud de visa antes de que sea estampada, debes seguir estos pasos:

  1. Presentar la documentación especificada en el punto B.
  2. Carta solicitando la rectificación de la solicitud de visa. En la carta debe señalarse el nombre completo del titular y de sus dependientes (de ser el caso).

Desde el pasado 1 de mayo de 2021, toda la documentación exigida para solicitar el cambio de visa debe ser enviada por correo postal (ej: Correos de Chile) al CLASIFICADOR N° 8, CORREO CENTRAL, SANTIAGO.

Cambio de Visa (Después del Estampado)

Si ya tienes estampada tu visa sujeta a contrato y deseas cambiarla, el proceso es el siguiente:

  1. Además de la documentación especificada en el punto B.

Desde el pasado 1 de mayo de 2021, toda la documentación exigida para solicitar el cambio de visa debe ser enviada por correo postal (ej: Correos de Chile) al CLASIFICADOR N° 8, CORREO CENTRAL, SANTIAGO.

Documentación General Requerida

A continuación, se detalla la documentación general que se requiere para el trámite:

  1. 2 fotocopias del pasaporte vigente (hojas de identificación, número y fechas de otorgamiento y vencimiento de éste y hoja con timbre de ingreso, además, cuando corresponda, fotocopia del Visto de Turismo). Además debe exhibir el pasaporte original. En caso de ingreso al país con otro documento de identificación, adjuntar 2 fotocopias de la Cédula de Identidad, DNI, etc.
  2. 2 fotocopias de la última Tarjeta de Turismo. También debe presentar el original. Si la extravió, puede solicitar un duplicado en las oficinas de Policía Internacional.
  3. 2 fotografías recientes, tamaño carné (3x2 cm.), en colores, con nombre completo y número de pasaporte.

Documentación Específica Obligatoria

Dependiendo de tu nacionalidad, es posible que debas presentar documentación adicional:

  • Los nacionales de Colombia deben presentar además un Certificado de Antecedentes Judiciales vigente y totalmente tramitado.
  • Los nacionales de Perú deben presentar un Certificado Consular de Antecedentes Penales vigente solicitado en su consulado.
  • Los nacionales de Rep. Dominicana deberán presentar el certificado de NO Antecedentes Penales vigente, obtenido en el consulado de Rep.

EN EL CASO DE MENORES DE EDAD NO ACOMPAÑADOS POR SUS PADRES deberán presentar documentación que acredite la tutoría o custodia del menor y el certificado de nacimiento, debidamente apostillados o debidamente legalizados.

Trámites Adicionales y Consideraciones

Es importante tener en cuenta lo siguiente:

  • Debe enviar su solicitud de Permanencia Definitiva a partir de los 90 días previos al vencimiento de su Visa.
  • Puede revisar los requisitos y documentos que se deben presentar según cada caso. Mientras más completa se presente la solicitud, más rápida será su tramitación.
  • Es probable que tenga que acudir a otras instituciones públicas y el consulado de su país. Cada institución trabaja con sus propios plazos y es importante que los considere.

Permiso Especial para Tripulantes

Existe un permiso especial que se otorga a los extranjeros tripulantes de naves, aeronaves o vehículos de transporte terrestre o ferroviario de empresas que se dediquen al transporte internacional de pasajeros y carga. Este permiso también aplica al personal extranjero que integre las dotaciones de los medios de transporte internacional o especies navales referidas, no obstante la nacionalidad que tuvieren, siempre que estén incluidos en el respectivo rol de tripulantes o en la declaración general que se presenta a la Autoridad de control.

Requisitos para Tripulantes

  1. Solicitudes individuales firmadas por cada miembro de la dotación del personal.
  2. Solicitud o carta de la Agencia o empresa.
  3. Documentación idónea que acredite su identidad y su condición de tripulante, como pasaporte, libreta de tripulante, licencia profesional u otros documentos válidos que hayan sido otorgados por autoridad competente o de acuerdo con los convenios internacionales.
  4. Tarjeta de Tripulante.
  5. Rol o certificación de la dotación, suscrita (firmada y timbrada) por el capitán de la nave, nave especial o artefacto naval y empresa naviera o agencia consignataria.
  6. Documentación que respalde el tiempo que necesiten, por ejemplo, que necesitan reparación de la nave, que no hay espacio para desembarcar la mercadería, certificados médicos, etc.
  7. Documento donde conste la autorización de faenas, por la autoridad chilena competente. Para los barcos pesqueros, además se debe requerir la autorización del Ministerio de Economía.
  8. Otra documentación que se considere de importancia, como por ejemplo los contratos.

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