Según la Dirección del Trabajo, un finiquito consiste en "un acto por el cual un trabajador y un empleador ratifican o aprueban ante un Ministro de Fe el término de la relación laboral y su acuerdo con lo estipulado en un documento escrito denominado finiquito", en el que la empresa debe otorgar un pago o remuneración final.

Es un proceso que trae muchas preguntas, ya que hay que incorporar varios factores a la hora de generarlo y pagarlo.

Una vez que se finaliza el contrato, se deben pagar los haberes por consecuencia del término del contrato que se estipulan en el finiquito.

Consideraciones Previas al Pago del Finiquito

Antes de pagarlo, se debe considerar si fue una renuncia o un despido, la causa del despido, si hubo o no aviso, entre otras.

El finiquito debe ser firmado bajo acuerdo de las dos partes.

El empleador debe estar al día con el pago de las cotizaciones previsionales, de salud y cesantía del colaborador.

El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.

El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.

Plazos para el Pago del Finiquito

Un finiquito debe pagarse dentro de los 10 días posteriores de cuando sucede la desvinculación sea el caso que sea.

Componentes del Finiquito

Para calcular el finiquito es necesario saber los montos de los haberes por pagar e incluir aquellos montos extras pactados con anterioridad entre el empleador y el trabajador.

Remuneraciones Pendientes

Se refiere a todos aquellos días que se prestó servicio y no han sido o fueron remunerados.

Para hacer este cálculo es importante considerar los días feriados otorgados legalmente por año de servicio, los días proporcionales trabajados y los días corridos.

Representa el salario de los días trabajados por un empleado que faltan por pagar. Se debe dividir el sueldo mensual entre 30 y multiplicar el resultado por la cantidad de días trabajados que aún no han sido cobrados.

En el ejemplo, si el trabajador trabajó 10 días desde su último pago y gana $20.000 diarios ($600.000/30), significa que las remuneraciones pendientes serán de $200.000.

Vacaciones Anuales

Es la compensación de los días feriados otorgados al colaborador por el servicio entregado durante sus años de trabajo bajo contrato.

En otras palabras, corresponde a una compensación de 15 días de vacaciones que se obtienen al año de trabajo.

Esto quiere decir que si una persona no se ha tomado vacaciones por dos años y es finiquitado, se le deben pagar 30 días de vacaciones.

La cifra obtenida será el número total de días hábiles feriados que le corresponden compensar al colaborador.

Un empleado con más de un año de trabajo tiene derecho de forma anual a 15 días hábiles de descanso pagados. Así, en el caso de acumular vacaciones pendientes durante su etapa laboral, se le debe devolver el monto de dinero equivalente a estos días.

En el ejemplo, se dirá que el trabajador no acumuló días de vacaciones pendientes, por lo que este concepto no se considerará en su finiquito.

Feriados Proporcionales

Corresponde a los días sábados y domingos, además de los festivos, que un colaborador obtenga durante su contrato de trabajo.

Si un empleado no alcanzó a completar un año de servicio, tiene derecho a recibir una indemnización proporcional respecto al tiempo que trabajó.

El monto de feriado proporcional se calcula inicialmente al dividir el número de días feriados a los que tiene derecho un trabajador durante el año (15) por el número de meses (12), resultando 1,25.

Esta cifra se debe multiplicar por el tiempo en meses que trabajó el empleado entre el momento en que completó un nuevo año de servicio y su fecha de despido (en el ejemplo, 2 meses) y por el monto diario de sus remuneraciones (en el caso del trabajador del ejemplo, $20.000).

Así, la indemnización por feriados proporcionales del trabajador será: 1,25x2x$20.000 = $50.000

Indemnización por Años de Servicio

Según la Dirección del Trabajo, el derecho de indemnización "se origina cuando el empleador pone término al contrato de trabajo invocando las causales de los incisos 1º y 2º del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio y desahucio".

Solo con estas causales es que es válido el derecho de una indemnización por parte de la empresa al colaborador.

De todas formas, es posible exigir una indemnización en el caso de que considere que el término del contrato sea injustificado o indebido.

La indemnización considera 30 días de la última remuneración mensual por cada año de servicio y fracción superior a 6 meses prestados continuamente al empleador.

El monto de la indemnización tiene un tope de 90 UF en base al sueldo del trabajador y un tope de 330 días, osea 11 meses.

Esto no aplica para aquellas personas contratadas antes del 14 de agosto de 1981.

Si bien estas indemnizaciones dependen de las causales del finiquito y de la industria en la que se desarrolle el colaborador.

Es importante considerar la Indemnización Pactada Contractualmente, la Indemnización Voluntaria y la Indemnización por meses de servicio, generalmente utilizada en el área de construcción con proyectos de obra o faena.

Esta última, es considerada transitoria y la indemnización se realiza por meses de servicio o trabajo, en vez de considerarse por años.

Por cada año trabajado, el empleador deberá pagar al trabajador un monto equivalente al último sueldo mensual que recibió.

En el caso de los meses sobrantes, estos se considerarán como un año extra solo en caso de superar los 6 meses, de lo contrario, no se tomarán como un año adicional para el cálculo de esta indemnización.

Se supondrá que el trabajador del ejemplo permaneció en su empresa durante 5 años y 2 meses antes de ser despedido. Entonces, significa que se considerarán 5 años de servicio, que implica el pago de $3.000.000.

Indemnización de Aviso Previo

Este tipo de descuento solo ocurre en el caso que el empleador despida a un trabajador bajo "necesidades de la empresa", artículo 161 del Código del Trabajo.

La ley obliga al empleador a avisar con 30 días de anticipación a un trabajador que será despedido, de lo contrario, deberá pagar una indemnización equivalente a un mes de sueldo, siempre y cuando, el empleado no haya incumplido con su contrato.

De este modo, en el ejemplo de cálculo de finiquito, se supondrá que el empleador no avisó al trabajador de su despido, por lo tanto, deberá cancelar $600.000 de indemnización.

Ejemplo Práctico de Cálculo de Finiquito

El cálculo de finiquito implica la suma de diferentes elementos. Como ejemplo ilustrativo, se utilizará a un trabajador con un sueldo mensual de $600.000:

  • Remuneraciones pendientes: $200.000
  • Indemnización de aviso previo: $600.000
  • Indemnización por años de prestaciones: $3.000.000
  • Vacaciones anuales: $0
  • Feriados proporcionales: $50.000

De esta forma, al calcular finiquito total del trabajador, el resultado corresponde a $3.850.000. ($200.000+$600.000+$3.000.000+$50.000)

Herramientas para el Cálculo del Finiquito

Antes, el cálculo se hacía de manera manual, pero hoy la tecnología ha avanzado tanto que existen páginas con muy buenos motores de cálculo que te permiten obtener el resultado de inmediato.

Un aspecto clave en cualquier empresa es cumplir con las normativas que establece la ley en materias laborales. En este sentido, calcular finiquito de forma correcta resulta esencial en el buen funcionamiento de tu negocio.

Al conocer cómo se calcula el finiquito de un trabajador, habrás notado la gran cantidad de datos que demanda este proceso. Por ello, la apuesta por plataformas tecnológicas te ayudará a procesar esta información.

Trámite de Finiquito Laboral Electrónico

El trámite se puede realizar durante todo el año.

El trámite de finiquito laboral electrónico permite al trabajador o trabajadora recibir, por regla general, el pago directamente en su cuenta bancaria.

Requisitos para el Trámite Electrónico:

  • RUT del empleador o empleadora, y cédula de identidad vigente del trabajador o trabajadora.
  • Ser titular de una cuenta bancaria vigente en Chile (cuenta corriente, cuenta vista o CuentaRUT del BancoEstado). Las cuentas de ahorro y bipersonales no podrán ser utilizadas para este trámite.
  • Haber hecho el pago íntegro y oportuno, a través de Previred, de las cotizaciones previsionales del trabajador o trabajadora del cual se otorga el finiquito.

Opciones del Trabajador:

  • Aceptar con reserva de derechos (aspectos sobre los cuales las partes tienen diferencias y que serán materia de reclamo posterior) y manifestar sus observaciones, las que deben realizarse de forma específica y no genérica.
  • Rechazar la propuesta y manifestar sus observaciones, concluyéndose el proceso.

Pasos a seguir en el portal Mi DT:

  1. Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Ingresa”.
  2. Para validar la propuesta de finiquito, haga clic en “Firmar y enviar finiquito a revisión”.
  3. Para el pago del finiquito, ingrese al portal Mi DT, seleccione la opción de finiquito laboral, y haga clic en el botón "Ir a portal de pago".

Opciones al recibir la propuesta:

  • “Rechazar propuesta”. Ingrese los motivos en el campo “Describir motivo del rechazo”, y haga clic en “Rechazar”.
  • “Aceptar propuesta con reserva de derechos”. Complete la información requerida, señalando específicamente el o los motivos asociados a la reserva de derechos, y haga clic en “Ver para firmar”.
  • “Aceptar propuesta”. Haga clic en “Aceptar y firmar”.

Después de que el empleador o empleadora pague, recibirá una notificación en su correo electrónico.

Como resultado del trámite, habrá ratificado el finiquito de trabajo.

Importante: el pago (si corresponde) debe realizarse en el mismo acto de ratificación del finiquito.

Información Adicional

Importante: para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe. Además, el trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo.

Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).

Ingresa al sitio web de la Dirección del Trabajo (DT). Necesitarás tu ClaveÚnica.

El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple).

Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora.

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