El Seguro de Cesantía (SC) es un instrumento de Seguridad Social del Gobierno de Chile, creado por la Ley 19.728, vigente desde octubre de 2002, y perfeccionado por la Ley N° 20.328, vigente desde mayo de 2009, cuyo objetivo es proteger a los trabajadores cuando éstos se encuentran cesantes.
¿Cómo funciona el Seguro de Cesantía?
El Seguro de Cesantía otorga beneficios monetarios, asistencia para la búsqueda de un nuevo trabajo y otros beneficios tales como protección de salud, asignaciones familiares y capacitación. El Seguro de Cesantía se financia con el 3% de las remuneraciones imponibles de cada afiliado(a). Si cumple con los requisitos, solicite su Seguro de Cesantía en la Sucursal Virtual de afiliados.
Cuentas Individuales de Cesantía (CIC)
Cada afiliado al Seguro de Cesantía posee una CIC que le pertenece para toda la vida. Los fondos que allí se mantienen provienen de las cotizaciones que realiza el empleador (si se trata de un contrato a plazo fijo, o por obra o faena), y de las que realiza el trabajador y el empleador (si se trata de un contrato indefinido).
Fondo de Cesantía Solidario
Se conforma de los aportes mensuales de los empleadores que tienen trabajadores afiliados al Seguro de Cesantía y un aporte del Estado que ascenderá anualmente a un total de 225.792 unidades tributarias mensuales (UTM), las que se enterarán en 12 cuotas mensuales de 18.816 UTM. El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) es un fondo de reparto, creado por la Ley No 19.728, financiado con aporte del Estado y del empleador para otorgar prestaciones por cesantía, en caso de que los recursos del trabajador en su cuenta individual sean insuficientes y, las demás que establece la ley. Es un fondo común, propiedad de todos(as) los(as) afiliados(as) de AFC Chile.
Es muy importante que, al momento de tramitar su Seguro de Cesantía, revise si cumple con los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario.
Beneficios adicionales y cómo acceder a ellos
Ante esta situación, el Estado ofrece beneficios como el Seguro de Cesantía, que permite retirar un porcentaje de dinero acumulado mensualmente, el Fondo de Cesantía Solidario para quienes no tienen seguro o este se agotó, el Subsidio de Cesantía para trabajadores independientes sin ahorros en la AFC, y la Cuenta de Ahorro de Indemnización por años de servicio, que se pacta entre empleador y trabajador.
- Bolsa Nacional de Empleo (BNE): Permite acceder gratuitamente a ofertas de trabajo, capacitación y orientación laboral en línea. En la bolsa están disponibles las alternativas publicadas por empresas y las Oficinas Municipales de Intermediación Laboral (OMIL).
- Oficinas Municipales de Información Laboral (OMIL): Son las encargadas de entregar información a las personas respeto de las opciones o posibilidades laborales de su comuna. Ellas forman parte de la Red Pública de Empleo y dentro de sus funciones principales apoyan a quienes buscan trabajo, acercándolos(as) a las ofertas de empleo.
Requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario
Registrar 10 cotizaciones mensuales en el FCS desde la afiliación al Seguro o desde el último giro a que hubiese tenido derechos conforme a esta ley, en los últimos 24 meses anteriores contados al término del contrato.
Trabajador o trabajadora cuyo contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o te desempeñas como trabajador o trabajadora de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, afíliate de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), completando tus datos en el formulario al que accedes a través de la consulta “Estado de afiliación”. Ingresa con tu ClaveÚnica. También podrás pedir la incorporación en tu trabajo (tu empleador o empleadora deberá realizar tu afiliación).
Pide el beneficio en la Sucursal Virtual de AFC, con tu RUN y clave de acceso AFC o ClaveÚnica. También puedes hacer tu solicitud de manera presencial.
Al acceder al Fondo de Cesantía Solidario, el beneficiario tiene derecho a cobrar 5 giros si su contrato es Indefinido y 3 giros si es a Plazo Fijo. Una persona puede acceder hasta 10 pagos del Fondo de Cesantía Solidario en cinco años.
Si luego de ese periodo sigues cesante, podrás recibir dos giros adicionales cuando la tasa de desempleo nacional informada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años. Se habla de alta cesantía cuando ocurre la siguiente situación: la Tasa Nacional de Desempleo supera en un 1% la tasa promedio de los últimos 4 años. En estos casos, si permanece cesante y ya recibió todos sus pagos del FCS, podría cobrar 2 pagos adicionales.
Causales de término de contrato que permiten acceder al Seguro de Cesantía
- Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art.
- Vencimiento del plazo de contrato (Art.
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art.
- Ajustes por necesidades de la empresa (Art.
- Caso fortuito o fuerza mayor (Art.
- Necesidades de la empresa (Art.
- Quiebra del empleador (Art.
IFE Laboral: Extensión de Postulación
Se extenderá la ventana de postulación del beneficio hasta junio de 2023, mes en que finaliza la postulación al subsidio. Los trabajadores y trabajadoras que postulen exitosamente al IFE Laboral en abril, mayo y junio de 2023, tendrán derecho a recibir hasta 3, 2 y 1 meses de pago, respectivamente, siempre que se mantengan empleados y cumplan con los requisitos del beneficio.
Para hacer uso de él, se debe contar con 10 cotizaciones pagadas.
Requisitos para el IFE Laboral
- Tener un nuevo contrato de trabajo (durante el mes en curso a la postulación).
- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.
Bolsa Nacional de Empleo (BNE)
Bolsa Nacional de Empleo (BNE): debe tener activa su cuenta en la BNE y aceptar oportunidades laborales y de capacitación. Una vez que reciba el correo de BNE, active su cuenta dentro de 96 horas. Recibirá ofertas laborales y de capacitación en su correo electrónico o SMS.
Beneficio Adicional: Seguro de Lagunas Previsionales
El beneficio del Seguro de Lagunas Previsionales que contempla el pago de cotizaciones mientras se esté recibiendo el Seguro de Cesantía, con financiamiento de la Cuenta Individual, está disponible desde el 1 de mayo de 2025, según la ley.
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