En Chile, el costo de la vida ha aumentado significativamente en los últimos años, lo que ha llevado a algunas personas a buscar más de un empleo para cubrir sus gastos. Si bien la ley permite tener múltiples contratos de trabajo, existen ciertas restricciones y consideraciones importantes.

¿Es Legal Tener Dos Contratos de Trabajo en Chile?

La ley chilena permite que un trabajador tenga varios contratos de trabajo con diferentes empleadores sin que esto constituya una falta o ilegalidad. Sin embargo, es crucial tener en cuenta algunas limitaciones establecidas en el Código del Trabajo.

Se puede tener cuantos contratos se quiera, sin embargo, hay que tener claro que el límite de tiempo de una jornada diaria es de 10 horas, por lo que si se excede aquello, el empleador será sancionado por el Código de Trabajo.

En estos casos, los límites son más bien horarios entre un empleo y otro, ya que el trabajador tiene la obligación de cumplir las horas que se establecen en el pacto laboral, por lo que se deben respetar ambos contratos, de lo contrario se puede llegar a ser despedido.

Restricciones y Limitaciones

Es de carácter obligatorio en cualquier empresa y debe ser firmado por ambas partes antes de iniciar cualquier tipo de relación laboral, conforme señala el artículo 7 del Código del Trabajo.

La coexistencia de contratos es bastante común cuando una persona trabaja medio tiempo o cuando uno de los empleos se da en modalidad teletrabajo.

La celebración de más de un contrato de trabajo se conoce como coexistencia de contratos. Es decir, si no hay un acuerdo de exclusividad con ninguno de ellos, es factible trabajar para dos o más empleadores.

Cláusula de Exclusividad

No se puede tener más de un contrato de trabajo si tienes firmada una cláusula de exclusividad con solo con un empleador, es decir, que cuando firmas un primer contrato se establece que no puedes pactar ninguno otro mientras sea empleado de esa institución.

Por ejemplo, esto se ve en el caso de algunos rostros de televisión, periodistas y abogados que no pueden ser parte de diferentes causas judiciales para evitar conflictos de interés. Todo esto depende exclusivamente de lo que se firme en el contrato, por lo que varía en cada caso.

Teletrabajo y Múltiples Contratos

En la actualidad, cada vez es más común que se permita tener más de un contrato de trabajo, sobre todo considerando la expansión del teletrabajo.

Ley de Protección del Empleo y Suspensiones Laborales

La Ley de Protección del Empleo permite que las empresas afectadas por un mandato sanitario que determine su paralización total o parcial, o por mutuo acuerdo, puedan suspender temporalmente sus actividades pagando los salarios a través del Seguro de Desempleo, pero manteniendo el contrato y todos los derechos laborales de sus trabajadores.

Las modificaciones de la “ley corta” decretan también la prohibición del reparto de utilidades en firmas -incluyendo las que son parte de un grupo empresarial- que hubieren suspendido contratos de trabajo de sus trabajadores, y establece un límite a las dietas de los directores de sociedades anónimas abiertas, ajustando los porcentajes establecidos para el pago de prestaciones con cargo al Seguro de Cesantía, durante el período de la suspensión.

“Esta es una ley que ha demostrado ser positiva para los trabajadores en los tiempos difíciles que estamos viviendo y por ello, desde un comienzo, se establecieron fuertes sanciones para quienes intentasen hacer un mal uso de esta normativa.

La “Ley corta” también aumenta el porcentaje para el cálculo y pago de cotización obligatoria de AFP y Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, tomando como base de cálculo para el pago el 100% de la prestación que esté recibiendo el trabajador a través del Seguro de Cesantía.

Sobre las pensiones de alimenticias, precisa que, durante la suspensión del contrato de trabajo, las prestaciones que se entreguen a trabajadores con cargo al Seguro de Cesantía serán embargables o estarán sujetas a retención hasta en un 50% por ese concepto.

Tabla Resumen de Consideraciones Importantes

Aspecto Consideración
Límite de Jornada Diaria Máximo 10 horas combinando todos los empleos
Cláusula de Exclusividad Impide tener otros contratos si está presente
Cumplimiento de Horarios Obligatorio respetar los horarios de cada contrato
Seguro de Cesantía Puede ser embargable hasta en un 50% por pensiones alimenticias durante la suspensión del contrato

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