Llega la hora de jubilarse, y aún así, hay muchas personas que deciden seguir con su vida laboral. Aquí estudiamos la posibilidad de continuar trabajando después de jubilar, lo que implica que la jubilación no necesariamente significa el fin de la vida laboral. Si bien para algunos representa el inicio de una etapa de descanso y disfrute, para otros se convierte en una prolongación de la vida laboral.

Con el aumento de la expectativa de vida hoy las personas están plenamente capacitadas y probablemente se encuentran en la mejor época de sus vidas para seguir trabajando plenamente a la edad legal para jubilarse.

Compatibilidad entre jubilación y trabajo

Efectivamente, en la mayoría de los casos, la jubilación no impide continuar trabajando si así se desea, como seguir trabajando en la misma empresa de acuerdo a lo que quiera la gerencia o lo indique el contrato, salvo estando afecto al estatuto administrativo si es empleado público, que lo obliga a pensionarse si se jubila.

En Chile, si te jubilas pero deseas seguir trabajando, generalmente puedes hacerlo en el sector privado. Sin embargo, hay algunas excepciones que se aplican a los trabajadores de la Administración Pública.

Excepciones especiales:

  1. Los trabajadores de la Administración Pública afectos al Estatuto Administrativo.
  2. Los trabajadores municipales afectos a la Ley No.18.883
  3. Los profesionales de la Educación del Sector Municipal afectos a la Ley No.19.070
  4. Los Trabajadores afectos al Estatuto de Atención Primaria de la Salud Municipal.
  5. Los funcionarios del Poder Judicial afectos al artículo 332 No.6 del Código Orgánico de Tribunales.

Todos los anteriormente citados deben cesar en su cargo al obtener su pensión.

Un jubilado puede seguir trabajando en la misma empresa, si lo desea, salvo que sea empleado público y/o su contrato se lo prohiba.

No es posible despedir a un trabajador por el solo hecho de haberse pensionado, salvo que su contrato de trabajo lo indique, o este en el estilo de la empresa, tengan derecho o no a una Indemnización por término de contrato.

Si se jubila trabajando en una empresa privada no hay impedimento para que pueda seguir trabajando y si es empleado público tiene que revisar su contrato de trabajo.

Cotizaciones después de la jubilación

Una persona que ya se encuentra pensionada en el sistema de AFP y que continúa trabajando, puede seguir cotizando. Sin embargo, tiene la opción de eximirse de cotizar para pensión y, para eso, debe manifestarlo por escrito tanto a su empleador como a la administradora en la que está afiliada. Al optar por esta forma, sólo debe cotizar el porcentaje correspondiente a Fonasa o Isapre.

Las personas pensionadas que siguen activas laboralmente no están obligadas a cotizar en la AFP. En este caso deben solicitar por escrito al empleador que el 10% de imposición legal sea depositado como parte de su sueldo. Ahora, quienes desean mantener el aporte previsional pueden hacerlo en forma voluntaria y dicho monto puede ser percibido como parte de la pensión cada año.

Si el pensionado opta por la segunda opción y deja de cotizar para pensión, ya no seguirá aumentando el monto de su pensión futura con nuevos aportes. La decisión de cotizar o no para pensión puede cambiarse cada 12 meses.

Si decides seguir trabajando después de pensionarte, puedes elegir si continuar cotizando para tu AFP o no. Cotizar puede ser beneficioso si deseas aumentar el monto de tu pensión, pero también puedes optar por no hacerlo si así lo prefieres.

Ventajas de seguir cotizando:

  • Ahorro libre de impuesto.
  • Posibilidad de aumentar el monto de renta vitalicia o mejorar la pensión en la AFP.
  • Acceso al pago por licencia médica.

Desventajas de seguir cotizando:

  • Pago de comisión para la AFP por la cotización.

Cotización de salud

Si la persona está pensionada y sigue trabajando le descontarán el 7% tanto de su pensión como de su sueldo para salud. Todos los pensionados, al igual que los activos que trabajan, están obligados a cotizar por los ingresos laborales el 7% de estos para salud, ya sea en Fonasa o las isapres.

Los pensionados con pensión autofinanciada menor a $255.000, pertenecientes a un grupo familiar de los tres primeros quintiles, estarán exentos total o parcialmente de la cotización de salud del 7%, incluso sin haber cotizado antes.

Beneficios adicionales

Es importante tener en cuenta que, si continúas trabajando después de jubilarte, sigues siendo elegible para recibir beneficios como la Pensión Garantizada Universal PGU y/o la Garantía Estatal por pensión mínima. Además, tendrás los mismos requisitos para acceder a estos beneficios y también podrás ajustar tu pensión en el retiro programado.

¿Qué hacer con mi AFP después de Jubilarme en Chile?

Esta pregunta encapsula una de las decisiones financieras más cruciales que enfrentan los chilenos al llegar a la jubilación. Refleja la incertidumbre y la necesidad de orientación sobre cómo gestionar los ahorros previsionales acumulados en la AFP, ya sea para maximizar la pensión mensual, asegurar un ingreso estable o dejar un legado a los seres queridos.

Asesoría Previsional

Contar con un Asesor Previsional puede hacer que este proceso sea más fluido y le ayude a obtener la mejor pensión de jubilación.

Los asesores previsionales registrados de Más Pensión están listos para acompañarte en este importante proceso. Contáctanos hoy mismo y descubre cómo podemos ayudarte a planificar un futuro tranquilo y próspero.

Pasos a seguir:

  1. Encontrar un asesor previsional:
    • Registro de Asesores Previsionales: De la Superintendencia de Pensiones.
    • AGAP: Sitio Web de la Asociación de Asesores Previsionales de Chile.
    • Más Pensión: El sitio Web más antiguo y con más datos en jubilaciones y pensiones en Chile.
    • Pida referencias: Consulte con amigos, familiares o colegas si conocen algún Asesor Previsional de confianza.
    • Compare opciones: Investigue diferentes asesores, compare sus servicios, experiencia y honorarios.
  2. Reunirse con el Asesor Previsional:
    • Prepare su información: Reúna información relevante como su historial laboral, estado de salud, expectativas de pensión y situación familiar.
    • Haga preguntas: No dude en preguntar sobre la experiencia del asesor, sus honorarios, el proceso de asesoría y cualquier duda que tenga.
    • Evalúe la compatibilidad: Asegúrese de que se sienta cómodo con el asesor y que confía en su capacidad para ayudarle.
  3. Iniciar el trámite de pensión:
    • Recopilación de antecedentes: Su asesor le ayudará a reunir la documentación necesaria para iniciar el trámite de pensión (Cédula de Identidad, Certificado de Afiliación a la AFP, etc.).
    • Elecci...

Resumen

Pensionarse por vejez no obliga a dejar de trabajar, excepto en casos específicos de leyes especiales. Los trabajadores del sector privado tienen mayor libertad para decidir si continúan trabajando o no. Los trabajadores del sector público deben verificar la normativa aplicable a su institución. Puedes elegir si seguir cotizando en tu AFP después de pensionarte.

Si tienes dudas sobre tu situación particular, te recomendamos consultar con tu AFP o un Asesor Previsional para recibir orientación personalizada.

Tabla Resumen: Cotizaciones para Pensionados que Siguen Trabajando

Situación Cotización para Pensión (AFP) Cotización para Salud (Fonasa/Isapre)
Pensionado por Vejez que Sigue Trabajando Opcional: Puede elegir cotizar o no Obligatoria: 7% de los ingresos laborales
Pensionado por Invalidez Parcial que Sigue Trabajando Obligatoria Obligatoria: 7% de los ingresos laborales
Pensionado por Invalidez Total o Gran Invalidez que Sigue Trabajando Eximido de cotizar Obligatoria: 7% de los ingresos laborales

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