La Pensión de Gracia es un beneficio pecuniario otorgado por el Presidente de la República, cuyo monto es variable y fijado en ingresos mínimos no remuneracionales. Es un beneficio que tiene como objetivo mejorar la calidad de vida de las personas que se encuentran viviendo una situación de vulnerabilidad social.
¿Qué es la Pensión de Gracia?
Las pensiones de gracia son una práctica antigua, que data del año 1836. Su aparición es inmediatamente posterior a las primeras legislaciones chilenas sobre las pensiones de montepíos para los militares. Estas pensiones fueron otorgadas principalmente a viudas, hijos, nietas y hermanas de autoridades públicas civiles y militares. Actualmente, las pensiones de gracias se dan por diferentes motivos y son de exclusiva potestad del presidente de la República.
La pensión puede ser otorgada por período definido de tiempo o de manera vitalicia según corresponda.
Marco Legal e Histórico
- En 1887 se aprueba una Ley que regula la tramitación de las solicitudes de Gracia que se elevan al Congreso.
- En la Constitución de 1980 se establece una modificación sustancial en el otorgamiento del beneficio, ya que se establece como una facultad privativa del Presidente de la República, dictándose en Octubre de 1981 la Ley N° 18.056 que establece quienes podrán solicitar Pensiones de Gracia y, dispone también, la formación de una Comisión Especial que asesorará al Presidente en el estudio de las solicitudes.
- Eso sí, el Artículo N.º 6 señala que el Presidente de la República podrá otorgar pensiones de gracia, aun cuando no se reúnan las exigencias previstas en la ley para optar a ellas.
¿Quiénes pueden recibir la Pensión de Gracia?
Este beneficio llega a las siguientes personas:
- Que estén afectadas por algún accidente o catástrofe, respecto de circunstancias extraordinarias que justifiquen el otorgamiento del subsidio.
- Que se encuentren incapacitadas o con graves dificultades para ejercer labores remuneradas que le permitan subsistir, a ella o su grupo familiar, ya sea por enfermedad, invalidez, vejez u otra justificación.
- Estén afectados por situaciones especiales, debidamente fundamentadas.
- Hayan prestado servicios distinguidos o realizado actos especialmente meritorios en beneficio importante del país.
Cabe mencionar que este bono no es compatible con la Pensión Asistencial.
¿Cómo se determina la entrega de la Pensión de Gracia?
Para determinar la entrega de una pensión de gracia, el monto y período de tiempo, S.E. el Presidente de la República es asesorado por la Comisión Especial creada para estos fines (D.S. N°1928 de 1981). Dicha Comisión evalúa caso a caso las solicitudes certificando que no existen otras instancias de resolución para el peticionario.
¿Cómo postular a la Pensión de Gracia?
Para postular a una pensión de gracia, el peticionario debe enviar una carta a S.E. el Presidente de la República indicando sus datos completos (nombre, cédula de identidad, domicilio, teléfono, etc.) y el motivo invocado para solicitar este beneficio.
Documentos Necesarios
Según Chile Atiende, los documentos requeridos para la gestión son los siguientes:
- Una carta de solicitud dirigida al Presidente de la República, que debe incluir nombre, RUT, teléfono, correo electrónico y dirección el postulante.
- Fotocopia de la cédula de identidad.
- Certificado de salud, otorgado por un médico de hospital o consultorio municipal.
- Comprobante de arriendo.
- Colilla de pago de dividendos, pago de luz, agua, receta cotizada, entre otros.
¿Dónde se realiza el trámite?
La solicitud es de forma presencial, debes dirigirte a una oficina de la Unidad de Pensiones de Gracia de la Subsecretaría del interior o una delegación regional o provincial y entregar los antecedentes requeridos. La pensión se puede solicitar durante todo el año en la Unidad de Pensiones de Gracia del Departamento de Acción Social de la Subsecretaría de Interior, en las delegaciones presidenciales regionales y provinciales.
La Unidad de Departamento de Pensiones de Gracia de la Subsecretaría de Interior, se encuentra ubicado en Agustinas 1235, piso 5, Santiago.
Si accede a la pensión, la persona recibirá su pago en las oficinas de la Tesorería General de la República. En caso que su postulación sea rechazada, será informado por medio de una carta en un plazo aproximado de 30 días.
Información Adicional
Es la Solicitud que efectúa ante el Consulado de Chile correspondiente, un(a) connacional que requiere enviar a S.E. la Presidenta de la República, los antecedentes asociados a su solicitud de Pensión de Gracia. O a Solicitud del Ministerio del Interior -Departamento de Acción Social- en relación a un(a) connacional postulante a Pensión de Gracia, residente en el exterior, que deba ser localizado para los efectos de requerir Informe Social y otros antecedentes probatorios de su situación.
Los costos asociados a la Legalización de Firma de un documento, en este caso el Informe Social, se encuentra establecido en el Arancel Consular de Chile, Ley Nº 18.340, de 1984 como.
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