En Chile, muchas personas se preguntan sobre la posibilidad de trabajar mientras reciben una pensión, especialmente una pensión por invalidez. Este artículo explorará esta cuestión, teniendo en cuenta también la Pensión Garantizada Universal (PGU) y los convenios internacionales de seguridad social.
La Pensión Garantizada Universal (PGU) y el Trabajo
Sí, puedes optar a la PGU porque cumples uno de los requisitos que es tener más de 65 años y no hay un impedimento respecto a trabajar, tampoco es requisito estar pensionado. La PGU reconoce y complementa los ingresos de actuales y futuros pensionados. Efectivamente, si además del beneficio de la PGU tienes una parte de tu pensión autofinanciada con tus propios ahorros o por cualquier otro concepto, entonces recibirás dos pagos.
Además, si eres beneficiario de la PGU, continuarás recibiendo la Bonificación de Salud. El monto que recibirás de PGU dependerá de la pensión autofinanciada que recibas. Tiene reajustes automáticos el 1° de febrero de cada año. Este reajuste se basa en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.
Convenios Internacionales de Seguridad Social
Chile tiene Convenios Internacionales de Seguridad Social con 24 países. Chile cuenta con 27 convenios de Seguridad Social vigentes y uno multilateral iberoamericano. Cada país establece disposiciones, requerimientos y beneficios distintos.
Estos convenios establecen disposiciones para los denominados “trabajadores desplazados”, aquellos que el empleador envía a trabajar por un período limitado al territorio del otro Estado. Continuidad Previsional: Por regla general el asegurado sólo cotiza para la Seguridad Social en el país donde trabaja.
Si eres trabajador o trabajadora dependiente y te trasladas desde Chile a un país que mantiene vigente un convenio para realizar un trabajo temporal, tienes derecho a quedar liberado del pago de cotización. En el sitio web de la Superintendencia de Pensiones (SP), al menos un mes antes de la fecha del viaje. Importante: si no haces el trámite, tendrás que regirte por la ley previsional del país donde vayas a trabajar. Considera que cada uno tiene sus propios plazos de desplazamiento y prórroga, según el convenio.
Trámites y Consideraciones Importantes
Para solicitar la pensión, ingresa al sitio web de la Superintendencia de Pensiones (SP), con tu ClaveÚnica. Importante: si estás afiliado o afiliada a una AFP, debes hacer el trámite en dicha institución. En el sitio web de la Superintendencia de Pensiones (SP). Hay personas que consultan por el trámite un poco antes, para ver en qué situación están. El Consulado sólo puede ver consultas. No. Deben hacerlo en el organismo de enlace en el país de residencia.
Es importante tener en cuenta que si diste datos o antecedentes falsos, incompletos o erróneos intencionadamente, serás sancionado con la pena establecida en el artículo 467 del Código Penal. Además, deberás restituir al IPS las sumas indebidamente percibidas. El beneficiario no cobra la PGU durante 6 meses continuos.
Instituto de Previsión Social (IPS)
En Chile, el Instituto de Previsión Social (IPS) es la entidad encargada de la administración del sistema de pensiones solidarias y de los regímenes previsionales administrados anteriormente por el INP. Este organismo entrega pensiones de vejez, que se rigen bajo los convenios internacionales, a cerca de 28.856 chilenos. Para las pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia ante el Instituto de Previsión Social (Ex INP-afiliados a las Cajas de Previsión administradas por ese organismo). Podrás revisarlo directamente en el sitio web del Instituto de Previsión Social (IPS).
Otros Beneficios y Aportes
No, la PGU es para mayores de 65 años. Sin embargo, existe el Aporte Previsional Solidario por Invalidez (APSI), el cual está destinado para menores de 18 años con discapacidad mental, física y/o sensorial severa que pertenezcan al 60% de la población más vulnerable.
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