Si eres un apasionado del deporte y sientes vocación por enseñar, seguramente te has planteado ser profesor de educación física. No obstante, si estás en el punto de decidir qué hacer con tu carrera profesional, quizá no sepas muy bien por dónde empezar a estudiar para ser profesor de deporte o qué requisitos para ser profesor de deporte existen.
Formación y Requisitos para ser Profesor de Deporte
En el sentido más estricto, un docente de Educación Física da clases de deporte a alumnos de Secundaria. Mientras que ser profesor de deporte significa acercar los valores de la práctica del ejercicio a los estudiantes de Primaria.
- Un grado en Magisterio o Educación Primaria: esta formación te acredita para ser profesor de deporte de niños de escuela. Te encargarás de transmitirles los valores como el compañerismo o el trabajo en equipo.
- Una carrera de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte y un máster de profesorado: estas son las formaciones más comunes cuando se habla de requisitos para ser profesor de deporte en Secundaria, Bachillerato e incluso en universidades. Además de especializarte en actividad física, necesitarás aprender a enseñar.
- Oposiciones: si quieres dar clases de deporte como docente funcionario, deberás superar las oposiciones de la Comunidad Autónoma a la que te presentes.
Opciones de Empleo para Profesores de Deporte
No saber qué salidas profesionales existen para dar clases de deporte puede resultar confuso.
- Enseñar en la educación privada: acceder al empleo para profesores en este tipo de instituciones es muy similar al proceso para dar clases de deporte en la escuela pública.
- Ser profesor particular de deporte: también puedes ser profesor para personas que quieren aprender a desenvolverse en cierta disciplina. Por ejemplo, puedes enseñar tenis, kárate o natación.
- Ser profesor de deporte online: aunque la mayoría de profesores de deporte acuden presencialmente a la cita con el alumno en unas instalaciones o al aire libre, hay deportes que se pueden enseñar de manera online.
- Trabajar en centros deportivos: otro empleo para profesores de deporte es enseñar una especialización en un centro dedicado a ello. ¿Quizá quieras ser un entrenador personal en un gimnasio y cuidar la salud de tus alumnos?
Salarios de Profesores de Deporte
Otra de las dudas más comunes cuando se busca empleo de profesor suele ser el salario.
- Docentes de la educación pública: los profesores que enseñan en las escuelas suelen ganar sobre los 1800 € mensuales. En los empleos para profesores de instituto el sueldo oscila los 2300 €.
- Profesores particulares: si aspiras a trabajar por cuenta propia y dar clases particulares de deporte, deberás pensar en la modalidad y tus necesidades para establecer tu precio. Así, el sueldo por hora de un profesor que da clases de deporte online suele empezar sobre los 15 €. Si quieres ser profesor de deporte en modo presencial, tu precio hora podría empezar en los 20 €.
- Entrenadores en centros deportivos: si te decantas por esta vertiente profesional lo más probable es que dependas del centro que te contrate.
La Importancia de la Educación Física
Ser profesor de deporte también supone transmitir conocimientos a los alumnos. Para ello, debes ser consciente de qué es la Educación Física, qué implica y por qué es relevante.
Enseñar Educación Física consiste en ofrecer un aprendizaje completo sobre el cuerpo humano para dar pautas del propio uso. La importancia principal de la Educación Física reside en el conocimiento del cuerpo y en saber desenvolverse en las distintas actividades físicas que impliquen un esfuerzo. Además, ser profesor de deporte significa aportar pautas de estilo saludable para que los alumnos puedan aprender a tener un cuerpo sano.
Oferta de Empleo: Profesor/a de Escuelas de Natación en la Universidad de Chile
La Universidad de Chile, principal institución de educación superior del país, invita a participar del proceso de selección para entregar el servicio de Profesor/a de Escuelas de Natación en la Dirección de Deportes y Actividad Física.
Se busca un profesor/a capaz de dirigir a los/as usuarios/as desde los 6 años en adelante que participan en las escuelas de natación de la piscina del Campo Deportivo Juan Gómez Millas de la Universidad de Chile, preparándolos a nivel formativo, físico. Es deseable un año de experiencia en funciones similares.
La vacante es una contrata por 22 horas semanales en horario PM y tiene autorizada una remuneración con un total haberes (monto bruto) de 563.636.
Requisitos del Cargo
Título Profesional otorgado por una Universidad o Instituto Profesional reconocido por el Estado, o bien grado académico otorgado por una Universidad reconocida por el Estado.
Funciones Principales del Puesto
- Dirigir, planificar y realizar las clases de la escuela de natación.
- Establecer objetivos para las clases y actividades.
- Explicar y demostrar técnicas de natación y entrenamiento.
- Educar en el ámbito formativo, en valores institucionales y habilidades tales como el trabajo en equipo, respeto a la diversidad, tolerancia a la frustración, trabajo en equipo, etc.
Perfil Deseado
REQUISITOS EXIGIDOS PARA INGRESAR A LA ADMINISTRACION PÚBLICA Señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
- Ser ciudadano(a) o extranjero(a) poseedor de un permiso de residencia.
- Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
- Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley.
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria.
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal. (Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
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