Un Organismo Técnico de Capacitación (OTEC) puede ser tanto una pequeña empresa especializada en un área específica como una gran institución que ofrece una variedad de cursos y programas de formación. Estas entidades son muy importantes para mejorar las habilidades de la fuerza laboral en Chile, lo que a su vez impulsa el desarrollo económico y social del país.
Acreditación para Crear una OTEC
El proceso de acreditación en el SENCE es un tema aparte que incluye varios pasos y etapas. Una vez que preparas y entregas la documentación requerida, esta pasa primero por la Dirección Regional de Sence, luego por la Unidad de Organismos Sence Central, y finalmente por el Departamento Jurídico de Sence. Si los documentos o la empresa no cumplen con alguno de los requisitos en alguna de estas etapas, te los devolverán para que puedas corregirlos y volver a intentarlo.
Pasos para Establecer una OTEC en Chile
Para que te quede más claro, te dejamos una tabla de los pasos para establecer una OTEC en Chile:
| Pasos | Descripción |
|---|---|
| 1️⃣ Elección del Nombre y Desarrollo de la Identidad Corporativa | Escoge un nombre significativo y verifica su disponibilidad en el INAPI. |
| 2️⃣ Estructura Legal y Organizativa | Elige la forma jurídica de tu OTEC según tus necesidades y recursos. |
| 3️⃣ Planificación Financiera y Fuentes de Financiamiento | Determina el capital inicial y las fuentes de financiación. |
| 4️⃣ Plan de Negocios y Organización Interna | Define tus servicios, público objetivo, equipo y estrategia de marketing. |
| 5️⃣ Selección de Giros o Actividades Económicas | Elige y declara los giros adecuados para tu OTEC en el SII. |
| 6️⃣ Organización Contable y Trámites Administrativos | Administra la contabilidad y los trámites administrativos, incluyendo la inscripción en el SII y la obtención del RUT. |
Normativa y Regulaciones Relevantes
La operación de los OTEC en Chile está regulada por diversas leyes y decretos, que establecen los requisitos y procedimientos para la capacitación y el empleo. Algunas de las normativas más relevantes incluyen:
- Ley del año 2009, que establece incentivos tributarios transitorios, concede un bono extraordinario para las familias de menores ingresos y establece otras medidas de apoyo a la inversión y el empleo.
- Ley 19.880 del año 2003, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
- Decreto Nº122 de 1998, que aprueba Reglamento Especial de la Ley Nº 19.518, relativo a los Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación.
- Decreto Supremo del año 2002, que aprueba Reglamento Especial de la Ley Nº 19.518, relativo a los módulos de formación en competencias laborales conducentes a títulos técnicos impartidos por los Centros de Formación Técnica.
- Decreto Supremo del año 1997, aprueba reglamento general de la ley Nº19.518, que fija el nuevo estatuto de capacitación y empleo, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaria del Trabajo y Previsión Social. Publicada el 28 de octubre de 2016.
- Resolución exenta N° 5370: Modifica Resolución Exenta N° 2973 de 01 de julio de 2015, modificada a través de Resolución N° 1664 de 16 de abril de 2018, que "Aprueba Instructivo sobre uso de Sistema de Control E-learning" para las acciones de capacitación que sean impartidas por los organismos técnicos de capacitación, con cargo a la Franquicia Tributaria establecida en el artículo 36 de la Ley n°19.518, y establece obligatoriedad de porcentaje mínimo de conectividad para acreditación de curso e-learning, por las razones que indica.
Franquicia Tributaria: Un Incentivo Clave
La Franquicia Tributaria es un incentivo tributario que permite a las empresas clasificadas por el SII como contribuyentes de la Primera Categoría de la Ley del Impuesto a la Renta, descontar del impuesto a pagar, los montos invertidos en Programas de Capacitación para trabajadores de la propia empresa, potenciales trabajadores o ex trabajadores, con los alcances, límites y montos que dispone la ley N°19.518.
Duración Mínima de las Actividades de Capacitación
¿Cuál es el mínimo de duración de las actividades de capacitación? 8 horas cronológicas para cursos que se codifiquen a contar del 3 de noviembre de 2014. Se podrán comunicar sin problema aquellos cursos que hayan sido codificados con anterioridad, que cuenten con menos horas.
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