En tu sitio privado de AFP Modelo encuentras toda la información sobre tus ahorros, accedes a certificados y realizas trámites fácilmente. Te invitamos a descubrir sus últimas funcionalidades para aprovecharlo al máximo.
Acceso y Funcionalidades del Sitio Privado
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Una vez que ingresas tu Rut y Clave Web, la página de inicio te mostrará toda la información que necesitas de forma clara y accesible. Lo primero que verás es el total de tus ahorros y el resumen de cada una de las cuentas que tengas.
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Aunque puedes acceder a todas las funcionalidades de tu sitio privado desde la barra de menú lateral, también tienes accesos directos en la página principal para tus opciones de uso frecuente. Administrar tus fondos.
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¡No esperes a olvidar tu Clave Web para cambiarla! Los expertos recomiendan que actualices tus contraseñas periódicamente para protegerte de los ciberataques.
Cotizaciones en Línea y Normativa Vigente
Este artículo proporciona una guía detallada sobre el proceso de cotizaciones en línea, basándose en la normativa vigente en Chile. La Ley N°21.133 establece que el Servicio de Impuestos Internos (SII) debe calcular las cotizaciones previsionales en la Operación Renta 2022, utilizando la información proporcionada por las instituciones previsionales. Posteriormente, la Tesorería General de la República (TGR) realiza los pagos a las Instituciones de Seguridad Social donde la persona está afiliada al 31 de diciembre de 2021, utilizando el monto disponible para la devolución de impuestos. En caso de cambio de institución, la nueva entidad solicitará a la antigua el envío de la cotización correspondiente.
Plazos y Procedimientos para el Pago de Cotizaciones
Las cotizaciones y los depósitos de ahorro voluntario deben ser declarados y pagados dentro de los primeros 10 días del mes siguiente al que se devengaron las remuneraciones que las originan. Este plazo se extiende hasta el primer día hábil siguiente si el plazo original vence en sábado, domingo o festivo.
Planillas para Pagos Atrasados
Los empleadores que paguen cotizaciones o depósitos de ahorro voluntario atrasados no declarados deben completar una planilla por cada mes de atraso. Los montos en pesos deben registrarse sin decimales, aproximando al número superior si el primer decimal es igual o superior a cinco. Cuando el pago de cotizaciones corresponde a remuneraciones del mes y a gratificaciones, deben hacerse dos planillas separadas.
Datos Requeridos en la Planilla
Es crucial que los datos proporcionados sean exactos para la correcta identificación del empleador. El código 3 debe llenarse según el Clasificador de Actividades Económicas vigente para el año tributario, definido por el Servicio de Impuestos Internos. El código 8 debe marcarse con una cruz solo si ha habido un cambio en el Representante Legal de la empresa respecto al último mes pagado o declarado.
Columnas de la Planilla de Cotizaciones
- COLUMNA 1: Debe anotarse el número de R.U.T.
- COLUMNA 3: Debe anotarse el ingreso imponible del afiliado a los Fondos de Pensiones (Tope máximo de 60 U.F. reajustada, considerando la variación del índice de remuneraciones reales determinada por el Instituto Nacional de Estadísticas).
- COLUMNA 4: Debe anotarse el monto en pesos aportado por el trabajador correspondiente a la cotización obligatoria de capitalización (equivalente al 10% de la remuneración imponible), más el monto en pesos correspondiente a la comisión porcentual que fije la AFP para su financiamiento.
- COLUMNA 5: Debe anotarse el monto en pesos correspondiente al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia cuando éste sea de cargo del empleador y que corresponde a un porcentaje de la remuneración imponible del trabajador.
- COLUMNA 8: Deberá anotarse el monto en pesos de la Cotización al Seguro de Cesantía, aportado por el afiliado, que corresponde al 0,6% de la remuneración imponible (Tope máximo de 90 U.F.). Esta tasa solamente es aplicable para trabajadores con contrato indefinido.
- COLUMNA 9: Deberá anotarse el monto en pesos de la Cotización al Seguro de Cesantía, aportado por el empleador, que corresponde al 2,4% de la remuneración imponible (Tope máximo de 90 U.F.). Esta tasa es aplicable solamente para los trabajadores con contrato indefinido.
Códigos de Movimiento del Afiliado
Si el afiliado está afecto a algún tipo de movimiento en el mes que se informa, se debe indicar el código correspondiente. Por ejemplo, "b) Haberse incorporado en el mes a AFP XXXXXX S.A.". Indicar el día, mes y año en que se produce el término del movimiento. En casos de múltiples contrataciones en el mes, indicar la fecha de la primera contratación como fecha de inicio. Si la última contratación no finaliza en el mes, no indicar el retiro; de lo contrario, indicar la fecha del último retiro.
Corresponde al R.U.T. de la entidad pagadora del subsidio.
Códigos Específicos de Cotización
- Código 01: Cotización Obligatoria y Comisión AFP. Comprende el total de Cotizaciones Obligatorias, Cotizaciones de Capitalización Individual y Comisiones A.F.P.
- Código 16: Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.
- Código 02: Depósitos en Cuenta de Ahorro Voluntario. Comprende el total de Depósitos de Ahorro Voluntario para la Cuenta de Ahorro Voluntario del afiliado.
- Código 03: Subtotal a Pagar Fondos. Corresponde al subtotal a pagar a los Fondos de Pensiones.
- Códigos 04 y 05: Corresponden a los Reajustes e Intereses de los Fondos de Pensiones a ser calculados por la A.F.P. en caso de mora.
- Código 10: Total a Pagar Fondos de Pensiones.
- Código 60: Total Costas de cobranzas a Pagar AFP.
- Código 11: Cotización Afiliado. Comprende el total de Cotizaciones de Cesantía aportado por el afiliado para su Cuenta Individual de Cesantía.
- Código 12: Cotización Empleador. Comprende el total de Cotizaciones de Cesantía aportado por el empleador para la Cuenta Individual de Cesantía del afiliado y/o Fondo Solidario.
- Código 13: Subtotal a Pagar Fondo. Corresponde al subtotal a pagar al Fondo de Cesantía.
- Código 20: Total a Pagar Fondo de Cesantía. Corresponde al total de cotizaciones a pagar al Fondo de Cesantía, incluidos los reajustes e intereses, calculados por la AFC, cuando corresponda.
- Código 70: Total a Pagar AFC. Corresponde al total de costas de cobranzas determinadas por la AFC, cuando corresponda.
Total Remuneraciones o Gratificaciones Fondos de Pensiones: Corresponde a la suma total de la(s) columna(s) 4, del "Detalle de Cotizaciones y Depósitos de Ahorro Voluntario" (Sección II).
Modalidades de Pago
- Código 1: NORMAL.
- Código 2: ATRASADA.
- Código 3: ADELANTADA.
Señalar con una "X" la modalidad de pago (efectivo o cheque). Si el pago se efectúa con cheque, se debe registrar el número del cheque. Los cheques deben ser nominativos a Fondo de Pensiones XXXXX y AFP XXXXX S. A., según corresponda. Los cheques deben ser nominativos a Fondos de Cesantía y AFC CHILE S.A., según corresponda.
Comisiones por Depósitos de Cotizaciones (Vigentes a Junio de 2025)
| AFP | Comisión |
|---|---|
| Capital | 1,44% |
| Cuprum | 1,44% |
| Habitat | 1,27% |
| Modelo | 0,58% |
| Planvital | 1,16% |
| Provida | 1,45% |
| Uno | 0,49% |
Estas comisiones aplican para afiliados dependientes, independientes y voluntarios.
"La rentabilidad es variable, por lo que nada garantiza que las rentabilidades pasadas se repitan en el futuro. En Chile, tanto chilenos como extranjeros se encuentran obligados a cotizar por concepto de pensión en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). Ley 18.156"
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