El Seguro de Cesantía es un derecho importante para los trabajadores en Chile. A continuación, te explicamos cómo funciona el sistema de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y cómo puedes acceder a sus servicios desde tu celular.

Afiliación al Seguro de Cesantía

La afiliación al Seguro de Cesantía es automática si cumples con los siguientes requisitos:

  • Haber sido contratado después del 2 de octubre de 2002.
  • Ser mayor de 18 años.
  • Tener un contrato regido por el Código del Trabajo, el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o ser trabajador(a) de casa particular.

En este caso, no debes realizar ningún trámite adicional.

Trámites para el Empleador

El empleador debe completar el formulario de “Aviso de Iniciación de Servicios” de manera electrónica en la Sucursal virtual de empleadores o a través de PreviRed.com.

En caso de no contar con cédula de identidad, el empleador utilizará el NIC (número de identificación para cotizar) del trabajador o trabajadora.

Su empleador(a) debe pagar las cotizaciones hasta el día 10 del mes siguiente al inicio del contrato o el día 13 si el pago es vía electrónica.

Cotizaciones al Seguro de Cesantía

La cotización que el empleador paga mes a mes corresponde al 3% de la remuneración imponible mensual del trabajador.

Si tienes contrato indefinido o eres trabajador/a de casa particular, en tu Cuenta Individual de Cesantía se acumularán los recursos correspondientes al 2,2% de tu renta imponible. De este porcentaje, 0,6% se descuenta mensualmente de tu sueldo y el 1,6% lo paga tu empleador.

En el caso de tener más de un empleador, puedes recibir el pago de cotizaciones de varios empleadores.

Indica la fecha de incorporación al sistema y las cotizaciones obligatorias a las que se está afecto.

Requisitos para Cobrar el Seguro de Cesantía

Para poder cobrar el Seguro de Cesantía, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar cesante.
  • Tener 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Estas cotizaciones pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato.

Causales de Despido que Permiten el Cobro

Las causales de despido que te permiten acceder al Seguro de Cesantía son:

  1. Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art. ).
  2. Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art. ).
  3. Ajustes por necesidades de la empresa (Art. ).
  4. Caso fortuito o fuerza mayor (Art. ).
  5. Necesidades de la empresa (Art. ).
  6. Quiebra del empleador (Art. ).

Trámites Adicionales

Debes completar tu perfil en www.bne.cl y aceptar oportunidades laborales y de capacitación.

Si no puedes tramitar tu Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a tu nombre.

El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web, oficinas, call center y correo postal de la SP.

Cómo Realizar Consultas y Reclamos

Para realizar consultas o reclamos sobre temas previsionales y Seguro de Cesantía, puedes enviar una carta dirigida a la Superintendencia de Pensiones (SP).

Si realizas la consulta online, puedes incluir un documento adjunto (PDF o Word) de no más de tres páginas y con un peso máximo de 2 megabytes (MB). Importante: la aplicación solo permite realizar consultas.

Una vez en el sitio web de la institución, complete los datos requeridos y haga clic en "Enviar".

También puedes llamar al call center de la Superintendencia de Pensiones al 600 831 2012, desde red fija.

Tabla Resumen de Cotizaciones

Tipo de Contrato Porcentaje de Cotización Descuento al Trabajador Pago del Empleador
Indefinido/Casa Particular 2,2% de la renta imponible 0,6% 1,6%
Otros Contratos 3% de la remuneración imponible mensual No Aplica (Pago íntegro del empleador) 3%

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