El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un beneficio estatal diseñado para incentivar la contratación de jóvenes en Chile. A continuación, se detallan los requisitos, el proceso de inscripción y otra información relevante para acceder a este subsidio.

¿Cómo Postular al SEJ?

La postulación al SEJ se puede realizar durante todo el año a través del sitio web del Sence. Tanto empleadores como empleados pueden acceder al beneficio.

Pasos para postular:

  1. Ingresa al sitio web del Sence.
  2. Escribe tu RUN y ClaveÚnica, y haz clic en “Continuar”.
  3. Sigue las instrucciones del sitio para completar la postulación.

Requisitos para Ser Beneficiario

Para ser beneficiario del SEJ, es necesario cumplir con ciertos requisitos. Puedes verificar si cumples con estos requisitos a través del sitio web del Sence.

Tipos de Pago del Subsidio

El SEJ ofrece dos modalidades de pago:

  • Pago Mensual: Son anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.
  • Pago Anual: Se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.

Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.

Consideraciones sobre el Monto del Subsidio

El monto del subsidio varía según la renta del beneficiario:

  • A mayor renta, el monto disminuye.

Extensión del SEJ

Puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio.

Extensión por Estudios

El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años. Para solicitar la extensión, necesitarás un documento que certifique los semestres cursados. El documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria. Sence utiliza el sistema de consulta correspondiente al Ministerio de Educación para verificar estos datos. Sin embargo, pueden ocurrir algunas inconsistencias que dificultan la entrega de esta información actualizada.

Extensión por Maternidad

Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.

¿Dónde Solicitar la Extensión?

Revisa el instructivo de solicitudes de extensión para conocer el proceso detallado.

En caso de que tu solicitud de extensión sea aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.

¿Qué Hacer en Caso de Problemas o Retrasos con el Pago?

Si experimentas problemas o retrasos con tu pago, solicita la reincorporación durante todo el año a través del Buzón Ciudadano y oficinas de Sence.

Como resultado del trámite, habrás solicitado la reincorporación al Subsidio al Empleo Joven. La respuesta a tu reclamo llegará directamente al correo electrónico ingresado en la solicitud. Tendrás respuesta a tu requerimiento en un plazo máximo de 120 días.

Renuncia al SEJ

En caso de ser trabajador/a, para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.

En caso de ser empleador, para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

Pagos Caducados y Montos de Beneficiarios Fallecidos

Para solicitar un pago caducado hace 5 años o menos, debes realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

Para solicitar montos de un familiar fallecido que fue beneficiario/a del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido).

Subsidio al Empleo Joven e Ingreso Mínimo Garantizado

En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.

Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas

En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiario para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ quedará suspendido.

Otras Consideraciones Importantes

  • Si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.
  • La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.

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