En Provida, nos importa mantenerte informado sobre tu cuenta de pensión. Por eso, cada mes te enviaremos los movimientos de tu cuenta, que incluyen tanto los aumentos como las disminuciones en tus ahorros.
¿Cómo Consultar el Historial de Pagos de tu Pensión?
Para revisar tu historial de pagos, sigue estos pasos:
- Ingresa a tu Sucursal Virtual con tu RUT y Clave de Acceso.
- Allí verás el “Resumen de mi Pensión”.
- Selecciona un menú desplegable que dice “Quiero”.
- Se mostrarán dos opciones, elige “Historial de Pagos de Pensión”.
La fecha de pago de tu pensión dependerá del convenio internacional mediante el cual la recibes. A la fecha de pago informada en el calendario, deberás sumarle aproximadamente unos 10 días hábiles.
Movimientos en tu Cuenta
Es importante entender los tipos de movimientos que se reflejan en tu cuenta:
- Aumentos en tus Ahorros: Son todos los movimientos en tus cuentas que incrementan tus ahorros.
- Disminuciones en tus Ahorros: Son todos los movimientos en tus Cuentas que producen una resta en tus Ahorros.
Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
El SIS es un seguro que te protege frente al riesgo de Invalidez o fallecimiento. Se refleja como Prima Seguro Mujer u Hombre.
- Si eres trabajador dependiente, el seguro es financiado por tu empleador.
- Si eres independiente, debes pagarlo junto a tus cotizaciones obligatorias. Solo dale tu RUT.
Pensión de Sobrevivencia
La Pensión de Sobrevivencia es un derecho para tu familia. A continuación, se detallan los requisitos para acceder a ella:
Cónyuge
- Deben haberse casado al menos 6 meses antes de la fecha de muerte.
- Si el matrimonio se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, éste se debe haber contraído 3 años antes de su muerte.
Acuerdo de Unión Civil
- Debe existir un Acuerdo de Unión Civil vigente de al menos un año previo a la muerte.
- Si éste se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, se debe haber contraído 3 años antes de su muerte.
- Sólo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento de la afiliada ocurre a contar del 1 de octubre de 2008.
Conviviente Civil
Persona con la que el afiliado tuvo hijos sin haber tenido un vínculo matrimonial o de Acuerdo de Unión Civil. Además, solo si es soltero o viudo y vivía a expensas del afiliado a la fecha de su muerte.
Padres
Los padres solo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento ocurre a contar del 1° de octubre de 2008.
¿Necesitas Ayuda?
Puedes comunicarte con nuestro Contact Center llamando al 600 201 0150 de lunes a jueves de 8:30 a 17:00 hrs. y los viernes de 8:30 a 16:30 hrs.
TAG: #Pension

